Fue homicidio culposo

El tribunal escogió la calificación más leve dentro de las dos que había para Pablo Assin, condenado por la muerte del taxista Primo Alberto Nai en Trelew. La pena será más baja de la estimada. Mañana discutirán la pena.

23 FEB 2016 - 22:49 | Actualizado

El tribunal declaró nula la pericia sobre la presencia de alcohol en sangre al momento de chocar el auto de la víctima y causarle la muerte.

En la tarde de ayer, los jueces Fabio Andrés Monti, Marcelo Nieto Di Biase y José Alberto García declararon culpable del delito de homicidio culposo al joven Juan Pablo Assin, acusado de haber causado la muerte del taxista Alberto Primo Nai (68), en un siniestro vehicular sucedido en Trelew en agosto de 2014.

A las 17 se constituyó el tribunal ante las partes donde dejó sin efecto la pretensión de la Fiscalía en torno al delito de homicidio simple con dolo eventual. Los jueces entendieron que como Assin trató de esquivar el auto, eso fue suficiente para entender que no hubo dolo, es decir que no hubo “ni saber ni querer” en la acción de dar muerte. Así lo definió el juez Di Biase, presidente del tribunal.

Por cuanto, la condena será mucho menor a lo que esperaba la Fiscalía, encabezada por el fiscal Osvaldo Heiber y el querellante, Matías Cimadevilla.

“El imputado refiere que ve un auto al llegar a la intersección de las calles Yrigoyen y Michael D. Jones, entonces pisa el freno y pega un volantazo a la izquierda para esquivarlo pero no lo logra. Que el imputado intenta una maniobra para evitar la colisión está acreditado”, subrayó el juez.

Dichas circunstancias fueron ventiladas durante el juicio donde además, se exhibieron filmaciones desprendidas de las cámaras de seguridad de los comercios aledaños.

“El encartado se condujo con un alto grado de imprudencia. Aunque descartamos que haya querido dañarse a si mismo o a terceros”, dice otra parte de la resolución.

Dolor infinito

A todo esto, la familia de la víctima, permaneció en silencio. Con un evidente dolor a flor de piel, escucharon los argumentos de los magistrados, con paciencia. Una vez terminada la lectura, se retiraron solemnemente del palacio tribunalicio.

Ahora, queda aguardar la próxima audiencia que será el jueves próximo a las 9 de la mañana. Allí se desarrollará la audiencia de cesura de pena, donde las partes discutirán el monto de la pena a imponer por el trágico hecho. El defensor de Assin, Fabián Gabalachis, adelantó que ofrecerá nuevas pruebas a los efectos de pedir el mínimo de la pena a ser ejecutada.

Ni la querella, ni la Fiscalía, hicieron agregados antes de que culminara la audiencia de lectura.

Nulidad

El segundo punto de la resolución da cuenta de la nulidad de la pericia bioquímica efectuada por el perito Germán Florio en la que acredita la presencia de alcohol en sangre del conductor al momento del hecho. Consideraron que no se respetaron los códigos de rito en cuanto a la designación de peritos de parte para garantizar la transparencia y la igualdad de los involucrados en ese punto. No hubo peritos de la defensa y la pericia se hizo a destiempo, consignaron los magistrados.

Sorpresa de los tribunos

El pedido de nulidad de la pericia lo hizo Gabalachis y los jueces le dieron la razón. “Ante las inobservancias de dicha pericia hechas por la defensa y para sorpresa de este tribunal, nada han contestado los acusadores en la etapa de traslado. En consecuencia se tomarán por ciertos los planteos de la defensa”. Con ello, lo que quiso decir el juez es que en estos términos, el que calla otorga. Dejó en claro que el fiscal pudo haber “peleado” la validez de las pericias.

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23 FEB 2016 - 22:49

El tribunal declaró nula la pericia sobre la presencia de alcohol en sangre al momento de chocar el auto de la víctima y causarle la muerte.

En la tarde de ayer, los jueces Fabio Andrés Monti, Marcelo Nieto Di Biase y José Alberto García declararon culpable del delito de homicidio culposo al joven Juan Pablo Assin, acusado de haber causado la muerte del taxista Alberto Primo Nai (68), en un siniestro vehicular sucedido en Trelew en agosto de 2014.

A las 17 se constituyó el tribunal ante las partes donde dejó sin efecto la pretensión de la Fiscalía en torno al delito de homicidio simple con dolo eventual. Los jueces entendieron que como Assin trató de esquivar el auto, eso fue suficiente para entender que no hubo dolo, es decir que no hubo “ni saber ni querer” en la acción de dar muerte. Así lo definió el juez Di Biase, presidente del tribunal.

Por cuanto, la condena será mucho menor a lo que esperaba la Fiscalía, encabezada por el fiscal Osvaldo Heiber y el querellante, Matías Cimadevilla.

“El imputado refiere que ve un auto al llegar a la intersección de las calles Yrigoyen y Michael D. Jones, entonces pisa el freno y pega un volantazo a la izquierda para esquivarlo pero no lo logra. Que el imputado intenta una maniobra para evitar la colisión está acreditado”, subrayó el juez.

Dichas circunstancias fueron ventiladas durante el juicio donde además, se exhibieron filmaciones desprendidas de las cámaras de seguridad de los comercios aledaños.

“El encartado se condujo con un alto grado de imprudencia. Aunque descartamos que haya querido dañarse a si mismo o a terceros”, dice otra parte de la resolución.

Dolor infinito

A todo esto, la familia de la víctima, permaneció en silencio. Con un evidente dolor a flor de piel, escucharon los argumentos de los magistrados, con paciencia. Una vez terminada la lectura, se retiraron solemnemente del palacio tribunalicio.

Ahora, queda aguardar la próxima audiencia que será el jueves próximo a las 9 de la mañana. Allí se desarrollará la audiencia de cesura de pena, donde las partes discutirán el monto de la pena a imponer por el trágico hecho. El defensor de Assin, Fabián Gabalachis, adelantó que ofrecerá nuevas pruebas a los efectos de pedir el mínimo de la pena a ser ejecutada.

Ni la querella, ni la Fiscalía, hicieron agregados antes de que culminara la audiencia de lectura.

Nulidad

El segundo punto de la resolución da cuenta de la nulidad de la pericia bioquímica efectuada por el perito Germán Florio en la que acredita la presencia de alcohol en sangre del conductor al momento del hecho. Consideraron que no se respetaron los códigos de rito en cuanto a la designación de peritos de parte para garantizar la transparencia y la igualdad de los involucrados en ese punto. No hubo peritos de la defensa y la pericia se hizo a destiempo, consignaron los magistrados.

Sorpresa de los tribunos

El pedido de nulidad de la pericia lo hizo Gabalachis y los jueces le dieron la razón. “Ante las inobservancias de dicha pericia hechas por la defensa y para sorpresa de este tribunal, nada han contestado los acusadores en la etapa de traslado. En consecuencia se tomarán por ciertos los planteos de la defensa”. Con ello, lo que quiso decir el juez es que en estos términos, el que calla otorga. Dejó en claro que el fiscal pudo haber “peleado” la validez de las pericias.


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