El decreto 598 del Poder Ejecutivo modificó, en ese sentido, el monto máximo de circulación de esos títulos, que regía desde febrero de 2008.
Según la medida, que se publica hoy en el Boletín Oficial, “en las actuales condiciones de la economía en expansión, el tope establecido para las emisiones ha devenido insuficiente” para el financiamiento a las pymes.
El decreto faculta además a la Comisión Nacional de Valores (CNV) a revisar y, en su caso, determinar en lo sucesivo, el monto máximo en circulación de valores representativos de deuda emitido por ese segmento empresario, a fin de “facilitar una respuesta inmediata ante variaciones del marco existente”.
El decreto 598 del Poder Ejecutivo modificó, en ese sentido, el monto máximo de circulación de esos títulos, que regía desde febrero de 2008.
Según la medida, que se publica hoy en el Boletín Oficial, “en las actuales condiciones de la economía en expansión, el tope establecido para las emisiones ha devenido insuficiente” para el financiamiento a las pymes.
El decreto faculta además a la Comisión Nacional de Valores (CNV) a revisar y, en su caso, determinar en lo sucesivo, el monto máximo en circulación de valores representativos de deuda emitido por ese segmento empresario, a fin de “facilitar una respuesta inmediata ante variaciones del marco existente”.