Das Neves firmó el pedido de destitución de Otranto

La denuncia será presentada ante el Consejo de la Magistratura de la Nación y está basada en “mal desempeño, negligencia grave en el ejercicio del cargo y realización de actos de manifiesta arbitrariedad en el ejercicio de sus funciones”. Se trata del magistrado que liberó al activista mapuche Facundo Jones Huala que tenía pedido de extradición de Chile acusado de delitos de incendio y tenencia de armas de fuego.

18 NOV 2016 - 18:35 | Actualizado

Cumpliendo con lo que había anticipado, el gobernador del Chubut Mario Das Neves firmó este viernes el pedido de destitución de juez federal de Esquel, Guido Otranto. La denuncia del mandatario, que será presentada ante el Consejo de la Magistratura de la Nación, solicita “se lo acuse ante el Jurado de enjuiciamiento para obtener oportunamente su destitución por mal desempeño, negligencia grave en el ejercicio del cargo y realización de actos de manifiesta arbitrariedad en el ejercicio de sus funciones”.

Otranto es el magistrado que liberó a Facundo Jones Huala, líder autoproclamado del movimiento “Resistencia Ancestral Mapuche”, quien tenía pedido de extradición de Chile y estaba detenido por la comisión “de los delitos de incendio, tenencia ilegal de armas de fuego e infracción a la ley de extranjería por ingreso clandestino, todos delitos previstos en la legislación de la República de Chile y en la República Argentina”, además de estar imputado de los delitos “de usurpación, tenencia y portación ilegal de arma de fuego de guerra y abigeato agravado”.

Una arbitraria y falaz interpretación

Ante estos antecedentes, es que Das Neves expresa en el escrito ante el Consejo de la Magistratura que el juez federal Guido Otranto, “efectuó una interpretación manifiestamente arbitraria y falaz de la investigación policial que dio origen a la detención de Jones Huala” y que mediante la sentencia que dictó el 6 de septiembre pasado “declaró la nulidad del informe presentado el 10/02/2015 por la División de Investigaciones de Esquel de la Policía de la Provincia de Chubut y de todo lo actuado en consecuencia directa de esa intervención policial”.

Además señala que “en forma negligente y arbitraria, y con fundamento en meras apreciaciones personales, sin ningún sustento en las probanzas obrantes en la causa concluyó (Otranto) que la información brindada por Gonzalo Fabián Cabrera, habría sido obtenida bajo coacción física y psíquica y, por ende, estimó viciado todo el procedimiento previo en que tramitó la extradición”, por eso cuestiona al magistrado al indicar que “omite considerar, por un lado, todas las declaraciones vertidas con anterioridad por Cabrera ante autoridades policiales y judiciales”, así como “investigar la posible existencia del delito de falso testimonio del testigo, lo cual, desde cualquier óptica de apreciación, se constituye como una negligencia gravísima en el ejercicio de su cargo” afirma Das Neves en la presentación.

Como fundamento de esto, indica que “con solo observar la filmación de la entrevista realizada a Cabrera, surge sin margen de duda alguna, que los apremios ilegales nunca existieron. Muy por el contrario, se observa al deponente conversando tranquilamente con el Oficial Principal Pablo Nicolás Carrizo de la Policía de la Provincia de Chubut”.

También cuestiona Das Neves que el juez “al momento de valorar la declaración del testigo Cabrera, omitió considerar la estrecha relación que mantiene con Jones Huala a quien conoce desde los 9 o 10 años de edad, manifestando incluso una cercanía casi familiar con el acusado” a lo que suma como “otra arbitraria omisión” del magistrado “a la declaración brindada bajo juramento por el Principal Pablo Carrizo, quien manifestó respecto de la regularidad de la declaración”.

Y agrega el gobernador que “tampoco tuvo en cuenta el interés social existente por dilucidar todas y cada una de las graves imputaciones que pesan sobre Jones Huala, quien presuntamente habría participado, junto a la “Resistencia Ancestral Mapuche” de la cual es su líder, en los hechos de público y notorio conocimiento que acontecen actualmente en varias localidades de la zona cordillerana de Chubut, donde la población se encuentra asolada por reiterados hechos de incendios, amenazas, abuso de armas, entre otros”, mencionando como ejemplo a último incendio ocurrido el fin de semana pasado en perjuicio de la empresa “Plantas del Sur” en El Maitén que provocó pérdidas millonarias a ese emprendimiento productivo.

A modo de conclusión expresa el gobernador que “el desempeño del juez Otranto en estas actuaciones analizadas ha sido deficiente, negligente y arbitrario, omitiendo considerar relevantes pruebas obrantes en la causa y declarando la nulidad de actuaciones en base a meras suposiciones, frustrando en los hechos, el pedido de extradición efectuado por la Republica de Chile e impidiendo la investigación y dilucidación de hechos gravísimos de suma relevancia social, que habrían sido cometidos por el acusado, tanto en la República de Chile, como en la República Argentina”.

Por eso y ante los hechos expuestos afirma Das Neves que “queda demostrada la inhabilidad intelectual del Dr. Guido Sebastián Otranto para llevar adelante casos de extrema relevancia –como el que nos ocupa- para el conjunto de la sociedad”.

Y al finalizar expresa que las conductas atribuidas al magistrado “constituyen mal desempeño en el ejercicio de sus funciones, y particularmente encuadran en las causales previstas en el artículo 25 de la Ley 24937 incisos 3 “…negligencia grave en el ejercicio del cargo” e inciso 4 “…realización de actos de manifiesta arbitrariedad en el ejercicio de sus funciones”.

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18 NOV 2016 - 18:35

Cumpliendo con lo que había anticipado, el gobernador del Chubut Mario Das Neves firmó este viernes el pedido de destitución de juez federal de Esquel, Guido Otranto. La denuncia del mandatario, que será presentada ante el Consejo de la Magistratura de la Nación, solicita “se lo acuse ante el Jurado de enjuiciamiento para obtener oportunamente su destitución por mal desempeño, negligencia grave en el ejercicio del cargo y realización de actos de manifiesta arbitrariedad en el ejercicio de sus funciones”.

Otranto es el magistrado que liberó a Facundo Jones Huala, líder autoproclamado del movimiento “Resistencia Ancestral Mapuche”, quien tenía pedido de extradición de Chile y estaba detenido por la comisión “de los delitos de incendio, tenencia ilegal de armas de fuego e infracción a la ley de extranjería por ingreso clandestino, todos delitos previstos en la legislación de la República de Chile y en la República Argentina”, además de estar imputado de los delitos “de usurpación, tenencia y portación ilegal de arma de fuego de guerra y abigeato agravado”.

Una arbitraria y falaz interpretación

Ante estos antecedentes, es que Das Neves expresa en el escrito ante el Consejo de la Magistratura que el juez federal Guido Otranto, “efectuó una interpretación manifiestamente arbitraria y falaz de la investigación policial que dio origen a la detención de Jones Huala” y que mediante la sentencia que dictó el 6 de septiembre pasado “declaró la nulidad del informe presentado el 10/02/2015 por la División de Investigaciones de Esquel de la Policía de la Provincia de Chubut y de todo lo actuado en consecuencia directa de esa intervención policial”.

Además señala que “en forma negligente y arbitraria, y con fundamento en meras apreciaciones personales, sin ningún sustento en las probanzas obrantes en la causa concluyó (Otranto) que la información brindada por Gonzalo Fabián Cabrera, habría sido obtenida bajo coacción física y psíquica y, por ende, estimó viciado todo el procedimiento previo en que tramitó la extradición”, por eso cuestiona al magistrado al indicar que “omite considerar, por un lado, todas las declaraciones vertidas con anterioridad por Cabrera ante autoridades policiales y judiciales”, así como “investigar la posible existencia del delito de falso testimonio del testigo, lo cual, desde cualquier óptica de apreciación, se constituye como una negligencia gravísima en el ejercicio de su cargo” afirma Das Neves en la presentación.

Como fundamento de esto, indica que “con solo observar la filmación de la entrevista realizada a Cabrera, surge sin margen de duda alguna, que los apremios ilegales nunca existieron. Muy por el contrario, se observa al deponente conversando tranquilamente con el Oficial Principal Pablo Nicolás Carrizo de la Policía de la Provincia de Chubut”.

También cuestiona Das Neves que el juez “al momento de valorar la declaración del testigo Cabrera, omitió considerar la estrecha relación que mantiene con Jones Huala a quien conoce desde los 9 o 10 años de edad, manifestando incluso una cercanía casi familiar con el acusado” a lo que suma como “otra arbitraria omisión” del magistrado “a la declaración brindada bajo juramento por el Principal Pablo Carrizo, quien manifestó respecto de la regularidad de la declaración”.

Y agrega el gobernador que “tampoco tuvo en cuenta el interés social existente por dilucidar todas y cada una de las graves imputaciones que pesan sobre Jones Huala, quien presuntamente habría participado, junto a la “Resistencia Ancestral Mapuche” de la cual es su líder, en los hechos de público y notorio conocimiento que acontecen actualmente en varias localidades de la zona cordillerana de Chubut, donde la población se encuentra asolada por reiterados hechos de incendios, amenazas, abuso de armas, entre otros”, mencionando como ejemplo a último incendio ocurrido el fin de semana pasado en perjuicio de la empresa “Plantas del Sur” en El Maitén que provocó pérdidas millonarias a ese emprendimiento productivo.

A modo de conclusión expresa el gobernador que “el desempeño del juez Otranto en estas actuaciones analizadas ha sido deficiente, negligente y arbitrario, omitiendo considerar relevantes pruebas obrantes en la causa y declarando la nulidad de actuaciones en base a meras suposiciones, frustrando en los hechos, el pedido de extradición efectuado por la Republica de Chile e impidiendo la investigación y dilucidación de hechos gravísimos de suma relevancia social, que habrían sido cometidos por el acusado, tanto en la República de Chile, como en la República Argentina”.

Por eso y ante los hechos expuestos afirma Das Neves que “queda demostrada la inhabilidad intelectual del Dr. Guido Sebastián Otranto para llevar adelante casos de extrema relevancia –como el que nos ocupa- para el conjunto de la sociedad”.

Y al finalizar expresa que las conductas atribuidas al magistrado “constituyen mal desempeño en el ejercicio de sus funciones, y particularmente encuadran en las causales previstas en el artículo 25 de la Ley 24937 incisos 3 “…negligencia grave en el ejercicio del cargo” e inciso 4 “…realización de actos de manifiesta arbitrariedad en el ejercicio de sus funciones”.


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