Hoy se dictan las penas para los inspectores de Comodoro acusados de extorsión y de robo

Los dos acusados fueron hallados culpables. Hoy definen cuánto tiempo podrían pasar presos, sin contar los beneficios que la Justicia les podría dar en otras instancias. Pidieron penas de hasta 7 años. La defensa pidió el mínimo. Se aguarda la resolución de las juezas Arcuri, Suárez y Olavarría.

Tribunal femenino. Tres juezas de Comodoro hoy leerán el monto de la pena a imponer a los inspectores.
19 DIC 2016 - 22:02 | Actualizado

Hoy al mediodía, la Justicia de Comodoro Rivadavia, leerá la decisión sobre la pena que recaerá sobre dos inspectores municipales hallados culpables de extorsión y robo.

Según el parte de prensa de Fiscalía, se llevó a cabo en los tribunales del barrio Roca la audiencia de cesura o imposición de pena en el juicio a los inspectores de tránsito municipales Facundo Garbarino y Mauro Cárdenas. La fiscal solicitó la pena de 7 años de prisión para ambos en virtud de haber sido declarados penalmente responsables del delito de “extorsión en concurso real con robo agravado por el uso de arma, en grado de tentativa” por los hechos acontecidos el pasado 10 de marzo de 2016.

El defensor de Garbarino requirió se perfore el mínimo de la pena establecida para el delito y que la pena no exceda los 3 años de prisión, subsidiariamente el mínimo legal de 5 años. El defensor de Cárdenas solicitó la pena de dos años y seis meses de prisión para su pupilo.

El tribunal de debate fue integrado por las juezas penales Daniela Arcuri y Mariel Suárez y estuvo presidido por Gladys Olavarría; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Camila Banfi, fiscal general. La defensa de Cárdenas fue ejercida por Alejandro Fuentes y la de Garbarino por Francisco Miguel Romero, abogados particulares de los mismos.

En un primer momento se escuchó la palabra de testigos de concepto. Dos inspectores municipales compañeros de trabajo de ambos imputados refiriendo que son buenas personas y que tienen una excelente relación con compañeros de trabajo y sus jefes.

La madre de Cárdenas se refirió a su nieto. Le explicaron que su padre “no puede salir de su casa porque se portó mal”. Para ella esto es una pesadilla y “siempre le inculqué principios”. En igual sentido la pareja de Cárdenas aseguró que era muy apegado a su hijo y a la familia, “nunca tuvimos ningún problema con nadie”.

La fiscal Banfi solicitó al tribunal que luego de la declaración de responsabilidad penal de los imputados se les imponga la pena de 7 años de prisión. Ello teniendo en cuenta las circunstancias atenuantes y agravantes contempladas en el Código Penal.

Como agravantes consideró cómo ocurrieron los hechos, el despliegue y el uso de uniformes. También la pluralidad de autores, concurrieron ambos en un plan delictual. Asimismo consideró la fiscal como agravante la nocturnidad en que fueron cometidos ambos hechos y la calidad de sujetos como funcionarios públicos, debieron orientarse en la norma. Según los exámenes mentales obligatorios ambos imputados comprenden la criminalidad de sus actos y no poseen enfermedad mental alguna. Como circunstancia atenuante la fiscal consideró la falta de antecedentes penales y la edad de los mismos.

Por su parte el defensor de Garbarino adelantó que recurrirá la sentencia y que la violencia esgrimida por la fiscal es propia del delito contra la propiedad. No debe considerarse la pluralidad de autores y tampoco el agravante de la nocturnidad. La calidad de funcionarios públicos también debe descartarse. Deben considerarse como atenuantes la corta edad y la carencia de antecedentes penales.

Existen evidencias que no estaban conscientes de los que estaban haciendo ya que habían ingerido abundante alcohol. Refiriéndose a la mínima extensión del daño causado ya que ambas víctimas recuperaron todo el dinero. Solicitando se perfore el mínimo establecido para el delito y se establezca la pena de 3 años de prisión de efectivo cumplimiento.

“Raid delictivo”

El primero de los ilícitos ventilados en el juicio aconteció la mañana del 10 de marzo, aproximadamente a las 4.00 hs., cuando la primera víctima circulaba con su vehículo, es obligado a detenerse momentos en que arriban al lugar los dos imputados Cárdenas y Garbarino.

Piden por radio el dominio del automóvil, se bajan y solicitan los papeles del automotor refriendo ser de la Brigada de Investigaciones. Le informan a la víctima que el vehículo tenía pedido de secuestro y que si quería llevárselo debía pagar. Al verse intimidada, la víctima entrega el dinero que poseía y antes de retirarse uno de los imputados le refieren “no vayas a la Fiscalía a hacer la denuncia porque no me cuesta nada encapucharme y hacerte cagar”.

El segundo hecho acontece el mismo día, pero a las 6 aproximadamente, cuando la segunda víctima es interceptada por ambos imputados. Esta vez lo hacen detener y se bajan Garbarino y Cárdenas portando bastones extensibles. También dice pertenecer a la Brigada de Investigaciones y que le iban a secuestrar el vehículo.

Como no tenía el dinero suficiente que le exigía uno de ellos se sube a su vehículo y lo acompañan hasta el cajero automático para que retire dinero.

En el viaje le aplican descarga eléctrica con una picana. Cuando ingresa al cajero a retirar dinero da aviso a unos testigos que casualmente se encontraban allí, para que informen a la autoridad de lo sucedido. Luego les entrega el dinero y se dirige a hacer la denuncia.

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Tribunal femenino. Tres juezas de Comodoro hoy leerán el monto de la pena a imponer a los inspectores.
19 DIC 2016 - 22:02

Hoy al mediodía, la Justicia de Comodoro Rivadavia, leerá la decisión sobre la pena que recaerá sobre dos inspectores municipales hallados culpables de extorsión y robo.

Según el parte de prensa de Fiscalía, se llevó a cabo en los tribunales del barrio Roca la audiencia de cesura o imposición de pena en el juicio a los inspectores de tránsito municipales Facundo Garbarino y Mauro Cárdenas. La fiscal solicitó la pena de 7 años de prisión para ambos en virtud de haber sido declarados penalmente responsables del delito de “extorsión en concurso real con robo agravado por el uso de arma, en grado de tentativa” por los hechos acontecidos el pasado 10 de marzo de 2016.

El defensor de Garbarino requirió se perfore el mínimo de la pena establecida para el delito y que la pena no exceda los 3 años de prisión, subsidiariamente el mínimo legal de 5 años. El defensor de Cárdenas solicitó la pena de dos años y seis meses de prisión para su pupilo.

El tribunal de debate fue integrado por las juezas penales Daniela Arcuri y Mariel Suárez y estuvo presidido por Gladys Olavarría; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Camila Banfi, fiscal general. La defensa de Cárdenas fue ejercida por Alejandro Fuentes y la de Garbarino por Francisco Miguel Romero, abogados particulares de los mismos.

En un primer momento se escuchó la palabra de testigos de concepto. Dos inspectores municipales compañeros de trabajo de ambos imputados refiriendo que son buenas personas y que tienen una excelente relación con compañeros de trabajo y sus jefes.

La madre de Cárdenas se refirió a su nieto. Le explicaron que su padre “no puede salir de su casa porque se portó mal”. Para ella esto es una pesadilla y “siempre le inculqué principios”. En igual sentido la pareja de Cárdenas aseguró que era muy apegado a su hijo y a la familia, “nunca tuvimos ningún problema con nadie”.

La fiscal Banfi solicitó al tribunal que luego de la declaración de responsabilidad penal de los imputados se les imponga la pena de 7 años de prisión. Ello teniendo en cuenta las circunstancias atenuantes y agravantes contempladas en el Código Penal.

Como agravantes consideró cómo ocurrieron los hechos, el despliegue y el uso de uniformes. También la pluralidad de autores, concurrieron ambos en un plan delictual. Asimismo consideró la fiscal como agravante la nocturnidad en que fueron cometidos ambos hechos y la calidad de sujetos como funcionarios públicos, debieron orientarse en la norma. Según los exámenes mentales obligatorios ambos imputados comprenden la criminalidad de sus actos y no poseen enfermedad mental alguna. Como circunstancia atenuante la fiscal consideró la falta de antecedentes penales y la edad de los mismos.

Por su parte el defensor de Garbarino adelantó que recurrirá la sentencia y que la violencia esgrimida por la fiscal es propia del delito contra la propiedad. No debe considerarse la pluralidad de autores y tampoco el agravante de la nocturnidad. La calidad de funcionarios públicos también debe descartarse. Deben considerarse como atenuantes la corta edad y la carencia de antecedentes penales.

Existen evidencias que no estaban conscientes de los que estaban haciendo ya que habían ingerido abundante alcohol. Refiriéndose a la mínima extensión del daño causado ya que ambas víctimas recuperaron todo el dinero. Solicitando se perfore el mínimo establecido para el delito y se establezca la pena de 3 años de prisión de efectivo cumplimiento.

“Raid delictivo”

El primero de los ilícitos ventilados en el juicio aconteció la mañana del 10 de marzo, aproximadamente a las 4.00 hs., cuando la primera víctima circulaba con su vehículo, es obligado a detenerse momentos en que arriban al lugar los dos imputados Cárdenas y Garbarino.

Piden por radio el dominio del automóvil, se bajan y solicitan los papeles del automotor refriendo ser de la Brigada de Investigaciones. Le informan a la víctima que el vehículo tenía pedido de secuestro y que si quería llevárselo debía pagar. Al verse intimidada, la víctima entrega el dinero que poseía y antes de retirarse uno de los imputados le refieren “no vayas a la Fiscalía a hacer la denuncia porque no me cuesta nada encapucharme y hacerte cagar”.

El segundo hecho acontece el mismo día, pero a las 6 aproximadamente, cuando la segunda víctima es interceptada por ambos imputados. Esta vez lo hacen detener y se bajan Garbarino y Cárdenas portando bastones extensibles. También dice pertenecer a la Brigada de Investigaciones y que le iban a secuestrar el vehículo.

Como no tenía el dinero suficiente que le exigía uno de ellos se sube a su vehículo y lo acompañan hasta el cajero automático para que retire dinero.

En el viaje le aplican descarga eléctrica con una picana. Cuando ingresa al cajero a retirar dinero da aviso a unos testigos que casualmente se encontraban allí, para que informen a la autoridad de lo sucedido. Luego les entrega el dinero y se dirige a hacer la denuncia.


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