Inseguridad: proponen ley para dar condena en un mes

La iniciativa es del diputado Eduardo Conde, quien aseguró que es una problemática que debe tener una pronta solución. Explicó cómo sería el proceso judicial.

Conde contra la inseguridad.
30 JUN 2017 - 22:27 | Actualizado

El presidente del bloque de Cambiemos, Eduardo Conde, trabajó en un proyecto de ley vinculado a la inseguridad. En este sentido, el diputado propone incorporar el Régimen Especial de Flagrancia, cuyas disposiciones se incorporarán en el Código Procesal Penal de Chubut.
Uno de los objetivos es acelerar el proceso judicial consiguiendo una sentencia condenatoria en el menor tiempo posible sin vulnerar las garantías que establece la Constitución.
En sus fundamentos, el diputado expresa que “el flagelo de la inseguridad ciudadana tiene en vilo a nuestra sociedad chubutense. El proceso penal imperante en la Provincia de Chubut ha sido concebido en aras de objetivos superadores a los regímenes vigentes antes de ahora, a través del sistema acusatorio”.
Explica que “tales propósitos, a la postre, se han visto empañados frente a la envergadura de la realidad imperante, que ha superado con creces la capacidad de respuesta de la organización judicial, traduciéndose este fenómeno en un obstáculo para la concreción de los fines trazados al origen del ordenamiento procesal”.
Sentencia en un mes
 
El legislador provincial señala que frente a los delitos cometidos en flagrancia, “en treinta días se puede llegar a una sentencia condenatoria”. En este sentido se explaya al decir que “cumplimos así con un objetivo fundamental del sistema, sin vulnerar por ello las garantías superiores consagradas en nuestro derecho nacional y supranacional”.
“Cuando la persona sea sorprendida infraganti frente a la comisión de un delito penal, que prevea una pena de hasta quince años de prisión, acudiremos al régimen ahora propuesto, agotando en breve todas las etapas del proceso actual, arribando al fallo en tiempo más que razonable”, indicó.
Audiencia

Afirmó el titular del Bloque Cambiemos que con esta normativa “el fiscal una vez anoticiado del suceso, solicitará al juez la fijación de la audiencia inicial del procedimiento, dentro de las 24 horas, a la que concurrirán el Ministerio Fiscal, el imputado con su abogado defensor y la víctima si lo quisiese”.
“Allí se resolverá la admisibilidad del instituto especial y el control de detención del imputado, a la vez que las partes ofrecerán las pruebas que estimen pertinentes, las que habrán de producirse dentro del plazo de diez días”.
En el mismo acto el juez señalará la audiencia de clausura del procedimiento, “oportunidad en que escuchará a las partes y resolverá el sobreseimiento, si le fuera solicitado, o la elevación de la causa al juicio oral”.
Es importante destacar a las 24 horas de elevada la causa, “el órgano de debate fijará la audiencia para el ofrecimiento de la prueba, dentro de las cuarenta y ocho horas posteriores. Finalmente, en el plazo de diez días, se fijará la audiencia del juicio, cuyo desarrollo se ajustará al procedimiento vigente.”#

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Conde contra la inseguridad.
30 JUN 2017 - 22:27

El presidente del bloque de Cambiemos, Eduardo Conde, trabajó en un proyecto de ley vinculado a la inseguridad. En este sentido, el diputado propone incorporar el Régimen Especial de Flagrancia, cuyas disposiciones se incorporarán en el Código Procesal Penal de Chubut.
Uno de los objetivos es acelerar el proceso judicial consiguiendo una sentencia condenatoria en el menor tiempo posible sin vulnerar las garantías que establece la Constitución.
En sus fundamentos, el diputado expresa que “el flagelo de la inseguridad ciudadana tiene en vilo a nuestra sociedad chubutense. El proceso penal imperante en la Provincia de Chubut ha sido concebido en aras de objetivos superadores a los regímenes vigentes antes de ahora, a través del sistema acusatorio”.
Explica que “tales propósitos, a la postre, se han visto empañados frente a la envergadura de la realidad imperante, que ha superado con creces la capacidad de respuesta de la organización judicial, traduciéndose este fenómeno en un obstáculo para la concreción de los fines trazados al origen del ordenamiento procesal”.
Sentencia en un mes
 
El legislador provincial señala que frente a los delitos cometidos en flagrancia, “en treinta días se puede llegar a una sentencia condenatoria”. En este sentido se explaya al decir que “cumplimos así con un objetivo fundamental del sistema, sin vulnerar por ello las garantías superiores consagradas en nuestro derecho nacional y supranacional”.
“Cuando la persona sea sorprendida infraganti frente a la comisión de un delito penal, que prevea una pena de hasta quince años de prisión, acudiremos al régimen ahora propuesto, agotando en breve todas las etapas del proceso actual, arribando al fallo en tiempo más que razonable”, indicó.
Audiencia

Afirmó el titular del Bloque Cambiemos que con esta normativa “el fiscal una vez anoticiado del suceso, solicitará al juez la fijación de la audiencia inicial del procedimiento, dentro de las 24 horas, a la que concurrirán el Ministerio Fiscal, el imputado con su abogado defensor y la víctima si lo quisiese”.
“Allí se resolverá la admisibilidad del instituto especial y el control de detención del imputado, a la vez que las partes ofrecerán las pruebas que estimen pertinentes, las que habrán de producirse dentro del plazo de diez días”.
En el mismo acto el juez señalará la audiencia de clausura del procedimiento, “oportunidad en que escuchará a las partes y resolverá el sobreseimiento, si le fuera solicitado, o la elevación de la causa al juicio oral”.
Es importante destacar a las 24 horas de elevada la causa, “el órgano de debate fijará la audiencia para el ofrecimiento de la prueba, dentro de las cuarenta y ocho horas posteriores. Finalmente, en el plazo de diez días, se fijará la audiencia del juicio, cuyo desarrollo se ajustará al procedimiento vigente.”#


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