Caso Maldonado: un informe de la fiscal niega pasividad en la búsqueda

El escrito, en respuesta a un organismo nacional, indica que los testimonios recolectados “no arrojaban un hilo conductor determinar lo que había acontecido y en qué circunstancias”.

30 AGO 2017 - 13:18 | Actualizado

En una nota elevada a la Coordinación de la Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos en materia de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia de la Nación, la Fiscal Federal Subrogante Silvia Alejandra Ávila,  asegura que las medidas ordenadas por el Juez Federal Guido Otranto “bajo ningún punto de vista impactaron negativamente, por acción u omisión, en la búsqueda de Santiago Maldonado”.

La funcionaria judicial  al mismo tiempo cuestiona la poca  colaboración que tuvieron de parte de la comunidad mapuche del Lof en Resistencia Cushamen y otros allegados al joven desaparecido para colaborar con la tareas de rastrillaje.

La Fiscal  Ávila presenta un informe ante una nota remitida desde ese organismo y hace referencia a los dos expedientes que existen en el marco de la investigación por el paradero de Maldonado. Se trata del expediente FC44 8233/2017 “Santiago Andrés Maldonado s/hábeas corpus” y también investiga el hecho de la presunta desaparición forzada del joven mencionado en un expediente caratulado como FCR 8232/2017 "NN S/Desaparición Forzada de Personas Art 124 1er del Código  Penal”.
 


En el primero de los expedientes, que se inició con la presentación de un hábeas corpus días después de la fecha en la que fue visto por última vez, Ávila sostiene que “han sido innumerables  las medidas de prueba propiciadas por el juzgado y propuestas por las partes  intervinientes. Desde su inicio se han ordenado todas  medidas atinentes  a determinar su ubicación, ya sea en el lugar donde fue visto por última vez el día primero de agosto del corriente año como en otros lugares, sectores, camionetas y /o camiones donde pudiera existir una evidencia de su traslado”.

La Fiscal asegura que tanto el Ministerio Público Fiscal como el resto de las partes han aportados medios de prueba o se han propuesto acciones para determinar el paradero del joven “por ello estimo que en este trámite particular, las medidas ordenadas por el magistrado bajo ningún punto de vista impactaron negativamente, por acción u omisión, en la búsqueda de Santiago  A. Maldonado”.

En ese sentido, la representante de la Fiscal Federal dice no poder soslayar que “el factor tiempo ha sido una variable que ha atravesado  toda  la  pesquisa y los esfuerzos no han generado las respuesta inmediatas que necesita el señor Maldonado  en pos de asegurar su integridad física, determinar su paradero y/o dar una expedita respuesta a su familia”, pero al mismo tiempo asegura que “no ha sido fácil recolectar los elementos convictivos que quieran una entidad  suficiente para determinar tal extremo”.

“Tanto los relatos de los presentantes de los diferentes habeas corpus que terminaron concentrándose procesalmente en una sola acción no arrojaban un hilo conductor (para) determinar lo que había acontecido y en qué circunstancias” asegura en su nota Ávila y agrega que “los múltiples testimonios que se realizaron  mediáticamente bajo el anonimato nunca pudieron ser judicializados fundados en un supuesto temor a ser incriminados u hostigados por las autoridades judiciales”.

Prendas y primeras medidas

La Fiscal Federal detalla que durante la primera audiencia ordenada por el Juez Federal de Esquel el día 4 de agosto “el señor Sergio Maldonado, hermano de Santiago, hace entrega de una prenda –cuello-, que le entregaron los ocupantes del predio mencionado” y en ese marco se decidió asistir  al lugar al día siguiente con la presencia de canes especializados en búsqueda de rastros, pero según el informe, al llegaron a ese lugar  se anotició a las autoridades “que esa prenda  había sido usada al menos por otra persona aparte de Santiago”.


“En esas circunstancias una mujer de la comunidad mapuche acompañó a los presentes una gorra indicando que pertenecía a Santiago, y se tuvo presente este nuevo elemento para continuar la tarea de rastrillaje donde ya existían dudas sobre la validez de ambos elementos” y agrega que “ambas prendas fueron entregadas por los miembros de la comunidad mapuche quienes no quisieron identificarse. Pese a ello y con la indicación del técnico guía de canes, ante la posibilidad de tener allí en el lugar de los hechos dos prendas, aun contaminadas, pero que podrían tener un rastro de olor del desaparecido se decidió utilizarlas y se realizó el rastrillaje  el día 5 de agosto”.

Sin embargo esa medida, realizada sobre la tarde  del mismo día “tuvo que ser suspendida ante la férrea oposición de la comunidad mapuche que alegó que permitir el paso de los perros hacia la otra orilla del Río Chubut violentaba un espacio sagrado.  Ante el planteo  concreto de la comundad mapuche y en vista de no violentar la manda internacional prescripta en el convenio  OIT Nº 169  se respetó esta pauta cultural y la pesquisa quedo trunca. Por ello, el allanamiento orientado a averiguar si el joven pudo  haber cruzado el río el día 1 de agosto se vio frustrada por razones  ajenas a la autoridad judicial y las fuerzas auxiliares de la justicia”.

Según el informe, ese mismo día “los buzos de Prefectura Naval Argentina dadas las características del rio, explicaron las razones por las cuales el cuerpo del joven Maldonado no pudo haber realizado un largo recorrido a lo largo del mismo de acuerdo a sus características”  y aclara que “la medida de proseguir desde una orilla hacia la otra, que está enfrente, hubiera posibilitado confirmar o descartar que efectivamente Santiago haya cruzado ese cuerpo de agua.  Esa posibilidad se sustentaba en que “la pesquisa odorífera hacia el terreno superior a esa hondonada los canes, con el rastro consignado, no regresaban hacia el sector donde estuvieron los móviles de la fuerza denunciada  sino que regresaban indeclinablemente hacia el rio”.

Testigo  sin reservas

La nota  elevada al organismo nacional indica que el día 7 de agosto de 2017 un amigo de Santiago, Ariel Mariotto Garzi, “quien a propuesta de la querella, declaró sin reserva de su identidad ante el juez federal, el defensor federal y la suscripta, entregó a la justicia un buzo que había sido usado según sus dichos por Santiago  Maldonado” y al serle requerido indicara su origen, “en donde estaba esa prenda, cuál sería el domicilio de Santiago Maldonado, donde estimaba que estaba su residencia en El Bolsón, el joven no aporto ningún dato esclarecedor”.

Por otra parte, y “frustrada e impedida esa medida, en el escenario geográfico donde fue visto Santiago por última vez, la justicia avanzo sobre la obtención de elementos objetivos dirigidos a encontrar evidencias contra Gendarmería Nacional en el supuesto de haber trasladado al joven en algún móvil oficial”
 


En ese contexto da cuenta de la decisión del Juez Otranto de realizar operativos en distintos escuadrones de Gendarmería Nacional “que se encuentran a distintas considerables uno del otro, con la asistencia de diferentes fuerzas del país convocadas exclusivamente para cumplir dicha orden judicial”, hecho que se concreta el 10 de agosto y en el cual “se practicó el levantamiento  de huellas en distintos vehículos de Gendarmería Nacional, se rastrillaron con distintos equipos canes entrenados en hallazgos rastros de olor, evidencias biológicas y/o cadavéricas  en las instalaciones internas y externas de los escuadrones 35 de Esquel en horas de la mañana y en El Bolsón a la tarde, posteriormente se replicó en Escuadrón 37 de José de San Martín”.

Pericias sin resultados

En uno de los procedimientos, realizados en el Escuadrón de Gendarmería Nacional en Esquel “se realizó una exhaustiva tareas pericial sobre un camión en el cual se encontraron varios elementos, (soga con una  supuesta mancha de sangre, pelos, cono de señalización vial), que fueron sometidos a peritaje, a la fecha sin resultados y/o conclusiones” dice el informe y asegura que los Sergio y Germán, los hermanos de Santiago Maldonado, como después sus padres se sometieron a la extracción de muestras de ADN para su posterior cotejo.

La Fiscal Silvia Alejandra Ávila puso énfasis en aclarar que “es falsa la aseveración referida a que no se siguieron practicando medidas de búsqueda respecto del destino o aparición de Santiago Andrés Maldonado” y agrega “se sostuvieron, como desde el primer día  en que comenzó la acción de habeas corpus, todas las alertas en las fronteras del país, se ordenó una exhaustiva búsqueda en las dependencias policiales de Chubut, hospitales, servicios sanitarios, morgues, y diversas tareas” a fin de de determinar si  Maldonado “pudiera haber estado o estaría actualmente en esas dependencias”.

También sostiene que “dada la inconsistencia que tenían las tres prendas con  las que se hicieron los rastrillajes (cuello, gorro y buzo) se avanzó en buscar el domicilio de Santiago. Ninguno de los testigos ni sus allegados daban una referencia sobre el lugar donde vivía en la ciudad de El Bolsón donde realizaba su actividad artesanal de tatuador” y asegura que fue la División Búsqueda de Personas y Secuestros de la Policía Federal Argentina “realizó una búsqueda en esa ciudad hasta que halló el lugar donde residía Santiago Maldonado”

En ese lugar “los canes detectaron pelos tipo rasta compatibles con una de las prendas y también se encontró un estudio médico realizado el día 26 de junio en el hospital público de El Bolsón; ello evidenciaba que al menos en el mes de junio había utilizado esa morada”.

EL INFORME DE LA FISCAL FEDERAL TIENE 7 CARILLAS



 

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30 AGO 2017 - 13:18

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La funcionaria judicial  al mismo tiempo cuestiona la poca  colaboración que tuvieron de parte de la comunidad mapuche del Lof en Resistencia Cushamen y otros allegados al joven desaparecido para colaborar con la tareas de rastrillaje.

La Fiscal  Ávila presenta un informe ante una nota remitida desde ese organismo y hace referencia a los dos expedientes que existen en el marco de la investigación por el paradero de Maldonado. Se trata del expediente FC44 8233/2017 “Santiago Andrés Maldonado s/hábeas corpus” y también investiga el hecho de la presunta desaparición forzada del joven mencionado en un expediente caratulado como FCR 8232/2017 "NN S/Desaparición Forzada de Personas Art 124 1er del Código  Penal”.
 


En el primero de los expedientes, que se inició con la presentación de un hábeas corpus días después de la fecha en la que fue visto por última vez, Ávila sostiene que “han sido innumerables  las medidas de prueba propiciadas por el juzgado y propuestas por las partes  intervinientes. Desde su inicio se han ordenado todas  medidas atinentes  a determinar su ubicación, ya sea en el lugar donde fue visto por última vez el día primero de agosto del corriente año como en otros lugares, sectores, camionetas y /o camiones donde pudiera existir una evidencia de su traslado”.

La Fiscal asegura que tanto el Ministerio Público Fiscal como el resto de las partes han aportados medios de prueba o se han propuesto acciones para determinar el paradero del joven “por ello estimo que en este trámite particular, las medidas ordenadas por el magistrado bajo ningún punto de vista impactaron negativamente, por acción u omisión, en la búsqueda de Santiago  A. Maldonado”.

En ese sentido, la representante de la Fiscal Federal dice no poder soslayar que “el factor tiempo ha sido una variable que ha atravesado  toda  la  pesquisa y los esfuerzos no han generado las respuesta inmediatas que necesita el señor Maldonado  en pos de asegurar su integridad física, determinar su paradero y/o dar una expedita respuesta a su familia”, pero al mismo tiempo asegura que “no ha sido fácil recolectar los elementos convictivos que quieran una entidad  suficiente para determinar tal extremo”.

“Tanto los relatos de los presentantes de los diferentes habeas corpus que terminaron concentrándose procesalmente en una sola acción no arrojaban un hilo conductor (para) determinar lo que había acontecido y en qué circunstancias” asegura en su nota Ávila y agrega que “los múltiples testimonios que se realizaron  mediáticamente bajo el anonimato nunca pudieron ser judicializados fundados en un supuesto temor a ser incriminados u hostigados por las autoridades judiciales”.

Prendas y primeras medidas

La Fiscal Federal detalla que durante la primera audiencia ordenada por el Juez Federal de Esquel el día 4 de agosto “el señor Sergio Maldonado, hermano de Santiago, hace entrega de una prenda –cuello-, que le entregaron los ocupantes del predio mencionado” y en ese marco se decidió asistir  al lugar al día siguiente con la presencia de canes especializados en búsqueda de rastros, pero según el informe, al llegaron a ese lugar  se anotició a las autoridades “que esa prenda  había sido usada al menos por otra persona aparte de Santiago”.


“En esas circunstancias una mujer de la comunidad mapuche acompañó a los presentes una gorra indicando que pertenecía a Santiago, y se tuvo presente este nuevo elemento para continuar la tarea de rastrillaje donde ya existían dudas sobre la validez de ambos elementos” y agrega que “ambas prendas fueron entregadas por los miembros de la comunidad mapuche quienes no quisieron identificarse. Pese a ello y con la indicación del técnico guía de canes, ante la posibilidad de tener allí en el lugar de los hechos dos prendas, aun contaminadas, pero que podrían tener un rastro de olor del desaparecido se decidió utilizarlas y se realizó el rastrillaje  el día 5 de agosto”.

Sin embargo esa medida, realizada sobre la tarde  del mismo día “tuvo que ser suspendida ante la férrea oposición de la comunidad mapuche que alegó que permitir el paso de los perros hacia la otra orilla del Río Chubut violentaba un espacio sagrado.  Ante el planteo  concreto de la comundad mapuche y en vista de no violentar la manda internacional prescripta en el convenio  OIT Nº 169  se respetó esta pauta cultural y la pesquisa quedo trunca. Por ello, el allanamiento orientado a averiguar si el joven pudo  haber cruzado el río el día 1 de agosto se vio frustrada por razones  ajenas a la autoridad judicial y las fuerzas auxiliares de la justicia”.

Según el informe, ese mismo día “los buzos de Prefectura Naval Argentina dadas las características del rio, explicaron las razones por las cuales el cuerpo del joven Maldonado no pudo haber realizado un largo recorrido a lo largo del mismo de acuerdo a sus características”  y aclara que “la medida de proseguir desde una orilla hacia la otra, que está enfrente, hubiera posibilitado confirmar o descartar que efectivamente Santiago haya cruzado ese cuerpo de agua.  Esa posibilidad se sustentaba en que “la pesquisa odorífera hacia el terreno superior a esa hondonada los canes, con el rastro consignado, no regresaban hacia el sector donde estuvieron los móviles de la fuerza denunciada  sino que regresaban indeclinablemente hacia el rio”.

Testigo  sin reservas

La nota  elevada al organismo nacional indica que el día 7 de agosto de 2017 un amigo de Santiago, Ariel Mariotto Garzi, “quien a propuesta de la querella, declaró sin reserva de su identidad ante el juez federal, el defensor federal y la suscripta, entregó a la justicia un buzo que había sido usado según sus dichos por Santiago  Maldonado” y al serle requerido indicara su origen, “en donde estaba esa prenda, cuál sería el domicilio de Santiago Maldonado, donde estimaba que estaba su residencia en El Bolsón, el joven no aporto ningún dato esclarecedor”.

Por otra parte, y “frustrada e impedida esa medida, en el escenario geográfico donde fue visto Santiago por última vez, la justicia avanzo sobre la obtención de elementos objetivos dirigidos a encontrar evidencias contra Gendarmería Nacional en el supuesto de haber trasladado al joven en algún móvil oficial”
 


En ese contexto da cuenta de la decisión del Juez Otranto de realizar operativos en distintos escuadrones de Gendarmería Nacional “que se encuentran a distintas considerables uno del otro, con la asistencia de diferentes fuerzas del país convocadas exclusivamente para cumplir dicha orden judicial”, hecho que se concreta el 10 de agosto y en el cual “se practicó el levantamiento  de huellas en distintos vehículos de Gendarmería Nacional, se rastrillaron con distintos equipos canes entrenados en hallazgos rastros de olor, evidencias biológicas y/o cadavéricas  en las instalaciones internas y externas de los escuadrones 35 de Esquel en horas de la mañana y en El Bolsón a la tarde, posteriormente se replicó en Escuadrón 37 de José de San Martín”.

Pericias sin resultados

En uno de los procedimientos, realizados en el Escuadrón de Gendarmería Nacional en Esquel “se realizó una exhaustiva tareas pericial sobre un camión en el cual se encontraron varios elementos, (soga con una  supuesta mancha de sangre, pelos, cono de señalización vial), que fueron sometidos a peritaje, a la fecha sin resultados y/o conclusiones” dice el informe y asegura que los Sergio y Germán, los hermanos de Santiago Maldonado, como después sus padres se sometieron a la extracción de muestras de ADN para su posterior cotejo.

La Fiscal Silvia Alejandra Ávila puso énfasis en aclarar que “es falsa la aseveración referida a que no se siguieron practicando medidas de búsqueda respecto del destino o aparición de Santiago Andrés Maldonado” y agrega “se sostuvieron, como desde el primer día  en que comenzó la acción de habeas corpus, todas las alertas en las fronteras del país, se ordenó una exhaustiva búsqueda en las dependencias policiales de Chubut, hospitales, servicios sanitarios, morgues, y diversas tareas” a fin de de determinar si  Maldonado “pudiera haber estado o estaría actualmente en esas dependencias”.

También sostiene que “dada la inconsistencia que tenían las tres prendas con  las que se hicieron los rastrillajes (cuello, gorro y buzo) se avanzó en buscar el domicilio de Santiago. Ninguno de los testigos ni sus allegados daban una referencia sobre el lugar donde vivía en la ciudad de El Bolsón donde realizaba su actividad artesanal de tatuador” y asegura que fue la División Búsqueda de Personas y Secuestros de la Policía Federal Argentina “realizó una búsqueda en esa ciudad hasta que halló el lugar donde residía Santiago Maldonado”

En ese lugar “los canes detectaron pelos tipo rasta compatibles con una de las prendas y también se encontró un estudio médico realizado el día 26 de junio en el hospital público de El Bolsón; ello evidenciaba que al menos en el mes de junio había utilizado esa morada”.

EL INFORME DE LA FISCAL FEDERAL TIENE 7 CARILLAS



 


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