Desde octubre, los camiones no podrán superar los 90 km/hr

Los camiones deberán incorporar limitadores de velocidad de 90 kilómetros por hora, a partir de los modelos fabricados desde 2015, según una resolución de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte.

13 SEP 2017 - 20:21 | Actualizado

Para la obligación de colocación del dispositivo el Ministerio de Transporte estableció un cronograma de colocación obligatorio que se inicia en octubre próximo.
El dispositivo será requisito indispensable para aprobar la revisión técnica que permite circular para las unidades con una capacidad de carga de más de 3.500 kilogramos.
La medida, que impactará en alrededor de 7.000 vehículos modelo 2015, 2016 y 2017, busca prevenir siniestros viales y colaborar en la reducción de costos logísticos y en la emisión de CO2, según informó el ministerio.
La disposición N° 500/2017 dela CNRT,establece que desde el primero de octubre regirá la obligación de la instalación para los camiones modelo 2015, cuya patente termine con los números 0 y 1.
La verificación continuará en noviembre para las patentes terminadas en 2 y 3; en diciembre 4 y 5; en enero de 2018 para los dominios finalizados en 6 y 7 y febrero 8 y 9 de los modelos 2015.
Las unidades modelo 2016 deberán iniciar la verificación en marzo del año próximo, según el cronograma, y para los modelos 2017 la obligación comenzará a correr en junio del próximo año.
Para la instalación de los limitadores de velocidad el transportista deberá solicitar turno ante un concesionario oficial de la fábrica automotriz correspondiente a su vehículo, de forma previa a la verificación técnica en las plantas habilitadas.
La medida complementa la Resolución N° 19/16 de la Secretaría de Gestión de Transporte, que establece la limitación de la velocidad máxima en los vehículos 0 km y usados afectados al transporte por automotor de pasajeros y cargas de jurisdicción nacional.

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13 SEP 2017 - 20:21

Para la obligación de colocación del dispositivo el Ministerio de Transporte estableció un cronograma de colocación obligatorio que se inicia en octubre próximo.
El dispositivo será requisito indispensable para aprobar la revisión técnica que permite circular para las unidades con una capacidad de carga de más de 3.500 kilogramos.
La medida, que impactará en alrededor de 7.000 vehículos modelo 2015, 2016 y 2017, busca prevenir siniestros viales y colaborar en la reducción de costos logísticos y en la emisión de CO2, según informó el ministerio.
La disposición N° 500/2017 dela CNRT,establece que desde el primero de octubre regirá la obligación de la instalación para los camiones modelo 2015, cuya patente termine con los números 0 y 1.
La verificación continuará en noviembre para las patentes terminadas en 2 y 3; en diciembre 4 y 5; en enero de 2018 para los dominios finalizados en 6 y 7 y febrero 8 y 9 de los modelos 2015.
Las unidades modelo 2016 deberán iniciar la verificación en marzo del año próximo, según el cronograma, y para los modelos 2017 la obligación comenzará a correr en junio del próximo año.
Para la instalación de los limitadores de velocidad el transportista deberá solicitar turno ante un concesionario oficial de la fábrica automotriz correspondiente a su vehículo, de forma previa a la verificación técnica en las plantas habilitadas.
La medida complementa la Resolución N° 19/16 de la Secretaría de Gestión de Transporte, que establece la limitación de la velocidad máxima en los vehículos 0 km y usados afectados al transporte por automotor de pasajeros y cargas de jurisdicción nacional.


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