Elevan a $480 el reintegro a celíacos para productos sin gluten

La medida, establecida en el marco de la Ley Nº 26.588, fue resuelta a través de la resolución 1720 de la cartera sanitaria nacional, publicada hoy en el Boletín Oficial.

La Ley 27.196 sancionada en 2015 estableció la obligatoriedad de que los establecimientos gastronómicos ofrezcan un menú sin gluten.
10 OCT 2017 - 9:33 | Actualizado


El Ministerio de Salud elevó a $ 479,26 el monto mensual que las obras sociales y empresas de medicina prepaga deben reintegrar a sus pacientes celíacos por la compra de harinas y premezclas libres de gluten, sus derivados y/o productos elaborados con las mismas.

La medida, establecida en el marco de la Ley Nº 26.588, fue resuelta a través de la resolución 1720 de la cartera sanitaria nacional, publicada hoy en el Boletín Oficial.

Actualmente, el reintegro estaba fijado $ 326,83 y no se actualizaba desde el 31 de agosto de 2015.

Las más leídas

La Ley 27.196 sancionada en 2015 estableció la obligatoriedad de que los establecimientos gastronómicos ofrezcan un menú sin gluten.
10 OCT 2017 - 9:33


El Ministerio de Salud elevó a $ 479,26 el monto mensual que las obras sociales y empresas de medicina prepaga deben reintegrar a sus pacientes celíacos por la compra de harinas y premezclas libres de gluten, sus derivados y/o productos elaborados con las mismas.

La medida, establecida en el marco de la Ley Nº 26.588, fue resuelta a través de la resolución 1720 de la cartera sanitaria nacional, publicada hoy en el Boletín Oficial.

Actualmente, el reintegro estaba fijado $ 326,83 y no se actualizaba desde el 31 de agosto de 2015.


NOTICIAS RELACIONADAS