Jueces no resolvieron pedido de libertad por “parciales”

Un tribunal de revisión integrado por los jueces de Comodoro Rivadavia Alejandro Soñis y Miguel Caviglia decidió no resolver y apartarse por temor de parcialidad, disponiendo que desde la Oficina Judicial se fije un nuevo tribunal revisor en relación a un pedido sobre la prisión preventiva de cuatro acusados de conformar una asociación ilícita en esa ciudad. También, mantuvo la prisión preventiva de los 4 imputados.

El caso que se aborda en los tribunales es sobre una asociación ilícita.
11 OCT 2017 - 21:52 | Actualizado

La decisión de los magistrados fue en el marco de una audiencia de revisión en relación a un legajo en el que se investiga una presunta asociación ilícita, para cuatro (Aynol, Rivas, Vargas y Nievas) de los ocho imputados en la causa.
Los defensores Guillermo Iglesias y Alejandro Fuentes solicitaron la nulidad de la decisión del juez natural de la causa de prorrogar la prisión preventiva que vienen cumpliendo los imputados, proponiendo su libertad con presentaciones y prohibición de acercamiento a las víctimas y subsidiariamente su arresto domiciliario con permiso de salidas laborales.
La fiscal Camila Banfi pidió se mantenga la prisión preventiva por dos meses para los imputados por la gravedad de los hechos y los elementos de convicción suficientes para tenerlos como probables autores de los mismos.
La fiscal realizó un breve relato del hecho cuando a partir de una investigación por robo agravado se determina que Bruno Gómez, Oscar Vejar, Héctor Oyarzo, Bruno Vargas, Pablo Nievas, Esteban Soto, Carlos Rivas y Nicolás Aynol, formaron parte de una banda, asociación ilícita, con autonomía y unión de voluntades para cometer diversos ilícitos en distintos domicilios, con o sin personas en su interior, para luego comercializar el botín en el mercado ilegal.
A partir de intervenciones telefónicas se pudo establecer que estas personas ante nombradas se mantenían en contacto entre sí para perpetrar estos ilícitos contra la propiedad. Algunos de ellos en horario nocturno, con el agravante que sus moradores estaban descansando, efectuando el desapoderamiento de objetos electrodomésticos y dinero en efectivo. Los imputados formaban una comunidad criminal dotada de armas de fuego para perpetrar dichos ilícitos. Respecto de Gómez, Nievas, Rivas y vejar facilitaban a los demás integrantes la provisión de armas de fuego, oficiaban de reducidores de los efectos sustraídos y captaban “clientes”, informó una gacetilla fiscal.
“No es caprichoso el pedido de prisión preventiva ya que existen elementos de convicción para tenerlos como probables autores de cuatro asaltos armados. Haciendo referencia al peligro de entorpecimiento de la investigación ya que existe en la causa un testigo de identidad reservada altamente vulnerable y solicito se mantenga la prisión preventiva de los 4 imputados por el término de dos meses, tal como lo dictara el juez natural de la causa”, sostuvo Camila Banfi en su alocución.
En tanto, los defensores hicieron hincapié en que sus clientes poseen trabajo en relación de dependencia y que le correspondería, al menos, que se revoque la prisión preventiva que pesa sobre ellos y se les otorgue su arresto domiciliario con autorizaciones de salidas laborales y subsidiariamente salidas laborales desde su lugar de detención; situaciòn que no sucedió.#

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El caso que se aborda en los tribunales es sobre una asociación ilícita.
11 OCT 2017 - 21:52

La decisión de los magistrados fue en el marco de una audiencia de revisión en relación a un legajo en el que se investiga una presunta asociación ilícita, para cuatro (Aynol, Rivas, Vargas y Nievas) de los ocho imputados en la causa.
Los defensores Guillermo Iglesias y Alejandro Fuentes solicitaron la nulidad de la decisión del juez natural de la causa de prorrogar la prisión preventiva que vienen cumpliendo los imputados, proponiendo su libertad con presentaciones y prohibición de acercamiento a las víctimas y subsidiariamente su arresto domiciliario con permiso de salidas laborales.
La fiscal Camila Banfi pidió se mantenga la prisión preventiva por dos meses para los imputados por la gravedad de los hechos y los elementos de convicción suficientes para tenerlos como probables autores de los mismos.
La fiscal realizó un breve relato del hecho cuando a partir de una investigación por robo agravado se determina que Bruno Gómez, Oscar Vejar, Héctor Oyarzo, Bruno Vargas, Pablo Nievas, Esteban Soto, Carlos Rivas y Nicolás Aynol, formaron parte de una banda, asociación ilícita, con autonomía y unión de voluntades para cometer diversos ilícitos en distintos domicilios, con o sin personas en su interior, para luego comercializar el botín en el mercado ilegal.
A partir de intervenciones telefónicas se pudo establecer que estas personas ante nombradas se mantenían en contacto entre sí para perpetrar estos ilícitos contra la propiedad. Algunos de ellos en horario nocturno, con el agravante que sus moradores estaban descansando, efectuando el desapoderamiento de objetos electrodomésticos y dinero en efectivo. Los imputados formaban una comunidad criminal dotada de armas de fuego para perpetrar dichos ilícitos. Respecto de Gómez, Nievas, Rivas y vejar facilitaban a los demás integrantes la provisión de armas de fuego, oficiaban de reducidores de los efectos sustraídos y captaban “clientes”, informó una gacetilla fiscal.
“No es caprichoso el pedido de prisión preventiva ya que existen elementos de convicción para tenerlos como probables autores de cuatro asaltos armados. Haciendo referencia al peligro de entorpecimiento de la investigación ya que existe en la causa un testigo de identidad reservada altamente vulnerable y solicito se mantenga la prisión preventiva de los 4 imputados por el término de dos meses, tal como lo dictara el juez natural de la causa”, sostuvo Camila Banfi en su alocución.
En tanto, los defensores hicieron hincapié en que sus clientes poseen trabajo en relación de dependencia y que le correspondería, al menos, que se revoque la prisión preventiva que pesa sobre ellos y se les otorgue su arresto domiciliario con autorizaciones de salidas laborales y subsidiariamente salidas laborales desde su lugar de detención; situaciòn que no sucedió.#


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