Las elecciones en el SOMU son del 18 al 22 de diciembre

Los comicios se llevarán adelante bajo el sistema de Boleta Única Electrónica y se garantizará el cumplimiento del cupo femenino para ocupar los cargos que definen.

Quienes resulten elegidos cumplirán un mandato de cuatro años.
16 OCT 2017 - 21:20 | Actualizado

El Sindicato de Obreros Marítimos Unidos informó a sus afiliados que se resolvió y queda oficializada la convocatoria a elecciones para cubrir la totalidad de los cargos del Consejo Directivo, Secretariado Nacional, Comisión Revisora de Cuentas, Comisiones Ejecutivas de las Secciones y Seccionales, y Delegados al Congreso General. El acto comicial se concretará entre los días 18, 19, 20, 21 y 22 de diciembre.
El delegado normalizador del SOMU, Alfredo Enrique Bertonasco, aclaró que “las elecciones se llevarán adelante bajo el sistema de Boleta Única Electrónica y garantizará el cumplimiento del cupo femenino”. Quienes sean electos cumplirán un mandato de cuatro años.
 Según la resolución: “La junta electoral central tendrá a su cargo la organización y fiscalización del proceso electoral que, para garantizar la mayor transparencia e imparcialidad, estará presidida por el interventor judicial contador Silvio Torres”.
Dicha junta tendrá su lugar de asiento en la calle Perú 1667 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde atenderá a los interesados los días lunes, miércoles y viernes en el horario de 10 a 15 y su función concluirá con puesta en posesión de los cargos a la lista vencedora inclusive, lugar donde también se exhibirán con treinta días de antelación a la elección los padrones definitivos y oportunamente las listas oficializadas.
De común acuerdo todas las autoridades, judiciales, administrativas y orgánicas también han dispuesto que el acto electoral tendrá lugar mediante el voto directo y secreto de los afiliados empadronados y habilitados para emitir el voto.
El sufragio se realizará por el sistema de Boleta Única Electrónica, en los siguientes lugares de votación: en Capital Federal en la sede central de Perú 1667, en el Interior del País en las sedes de las Delegaciones del Ministerio de Trabajo en que se encuentren instaladas las Seccionales, y de no existir estas delegaciones, se realizarán en las sedes allí existentes, donde serán instaladas las correspondientes mesas a cargo de los Presidentes y Delegados electorales que oportunamente designará la Junta Electoral Central.
 Asimismo: “Los afiliados empadronados como condición ineludible para emitir su voto deberán acreditar su identidad con su documento nacional y la afiliación con la Libreta de Embarque oficial vigente y firmar luego una planilla. El plazo para la presentación de las listas de candidatos vencerá a los diez (10) días hábiles, haciendo constar que el día del vencimiento del plazo la Junta Electoral Central atenderá hasta las 24 horas del mismo”.
Dichas listas deberán presentarse mediante apoderado, con las condiciones estatutarias requeridas para cada caso, las notas de aceptación con la firma original manuscrita de cada postulante a cada cargo, y la cantidad de avalistas no inferior al tres por ciento (3%), todo en un original y copia, y todas las condiciones previstas en el “Capítulo VI - Régimen Electoral, Arts. 110º al 123º”; y concordantes del Estatuto Social vigente, en tanto resulte viable su aplicación a éste proceso.#

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Quienes resulten elegidos cumplirán un mandato de cuatro años.
16 OCT 2017 - 21:20

El Sindicato de Obreros Marítimos Unidos informó a sus afiliados que se resolvió y queda oficializada la convocatoria a elecciones para cubrir la totalidad de los cargos del Consejo Directivo, Secretariado Nacional, Comisión Revisora de Cuentas, Comisiones Ejecutivas de las Secciones y Seccionales, y Delegados al Congreso General. El acto comicial se concretará entre los días 18, 19, 20, 21 y 22 de diciembre.
El delegado normalizador del SOMU, Alfredo Enrique Bertonasco, aclaró que “las elecciones se llevarán adelante bajo el sistema de Boleta Única Electrónica y garantizará el cumplimiento del cupo femenino”. Quienes sean electos cumplirán un mandato de cuatro años.
 Según la resolución: “La junta electoral central tendrá a su cargo la organización y fiscalización del proceso electoral que, para garantizar la mayor transparencia e imparcialidad, estará presidida por el interventor judicial contador Silvio Torres”.
Dicha junta tendrá su lugar de asiento en la calle Perú 1667 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde atenderá a los interesados los días lunes, miércoles y viernes en el horario de 10 a 15 y su función concluirá con puesta en posesión de los cargos a la lista vencedora inclusive, lugar donde también se exhibirán con treinta días de antelación a la elección los padrones definitivos y oportunamente las listas oficializadas.
De común acuerdo todas las autoridades, judiciales, administrativas y orgánicas también han dispuesto que el acto electoral tendrá lugar mediante el voto directo y secreto de los afiliados empadronados y habilitados para emitir el voto.
El sufragio se realizará por el sistema de Boleta Única Electrónica, en los siguientes lugares de votación: en Capital Federal en la sede central de Perú 1667, en el Interior del País en las sedes de las Delegaciones del Ministerio de Trabajo en que se encuentren instaladas las Seccionales, y de no existir estas delegaciones, se realizarán en las sedes allí existentes, donde serán instaladas las correspondientes mesas a cargo de los Presidentes y Delegados electorales que oportunamente designará la Junta Electoral Central.
 Asimismo: “Los afiliados empadronados como condición ineludible para emitir su voto deberán acreditar su identidad con su documento nacional y la afiliación con la Libreta de Embarque oficial vigente y firmar luego una planilla. El plazo para la presentación de las listas de candidatos vencerá a los diez (10) días hábiles, haciendo constar que el día del vencimiento del plazo la Junta Electoral Central atenderá hasta las 24 horas del mismo”.
Dichas listas deberán presentarse mediante apoderado, con las condiciones estatutarias requeridas para cada caso, las notas de aceptación con la firma original manuscrita de cada postulante a cada cargo, y la cantidad de avalistas no inferior al tres por ciento (3%), todo en un original y copia, y todas las condiciones previstas en el “Capítulo VI - Régimen Electoral, Arts. 110º al 123º”; y concordantes del Estatuto Social vigente, en tanto resulte viable su aplicación a éste proceso.#


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