Desaparición y muerte de Germán Acosta: piden la detención de un padre y de su hija imputados

La solicitud fue emanada por un tribunal de enjuiciamiento de Esquel, donde se iba a iniciar el proceso. Los dos acusados no aparecieron y tampoco el abogado defensor. Germán Jaime Acosta desapareció en mayo de 2011 en José de San Martín y jamás fue hallado a pesar de la búsqueda realizada.

23 OCT 2017 - 22:00 | Actualizado

Un tribunal de enjuiciamiento de Esquel ordenó ayer la detención de un padre y su hija por la desaparición y muerte de Germán Acosta sucedida en José de San Martín en mayo del 2011.
La decisión de los jueces obedeció a la ausencia de los acusados por ese hecho como así también del abogado defensor de ambos.
Ayer estaba prevista la realización de la primera jornada del juicio vinculado a la desaparición y muerte de Germán Acosta, por el  cual están imputados Oscar y Luciana Rogel por encubrimiento por favorecimiento personal respecto de un delito anterior especialmente grave, en concurso real con hurto calamitoso y defraudación por venta de cosa ajena.
Las víctimas viajaron desde Trelew para estar presentes, pero no los imputados ni su defensor. A pedido de la Fiscalía, el Tribunal declaró el abandono de la defensa, tal como lo prevé el Código Procesal y dio intervención a la Defensa Pública.
A las 9 debía iniciarse el debate. Se hicieron presentes sus familiares que llegaron más temprano luego de viajar toda la noche desde Trelew. Asistieron los fiscales Fernanda Révori y Fernando Rivarola, el Tribunal conformado por los jueces Ricardo Rolón, Nelly García y Martín O’ Connor. Fue el director de la Oficina Judicial, Rodolfo Barroso, quien informó a los presentes que a las 8 recibió un llamado de Luciana Rogel, una de las dos personas imputadas, diciendo que no pudo viajar porque el viernes “no pudo sacar plata del cajero”. Oscar Rogel tampoco se presentó y no brindó excusa alguna.
Lo más llamativo fue que el defensor particular, Edgardo Oscar Romero Bruno, faltó sin aviso. No presentó ningún escrito ni se comunicó de ninguna manera, estando notificado debidamente sobre la realización del juicio, informó un parte de Fiscalía
La Fiscalía solicitó que se declare el abandono de la defensa y se dé intervención a la Defensa Pública hasta que los imputados designen un defensor de su confianza. El Tribunal, luego de deliberar, entendió que están dadas las condiciones que establece el Código Procesal para declarar abandono de defensa, y así resolvió.
Valeria Ponce, defensora penal de turno, concurrió a la sala de audiencias para informarse de la situación e intervenir en representación de los imputados.
La Fiscalía solicitó la detención de Oscar y Luciana Rogel por peligro de fuga, para asegurar la realización del juicio. La defensora se opuso al planteo, fundamentando que hubo una comunicación y que aún no se sabe si podrían llegar a la ciudad en cuestión de horas, habilitando así el inicio del debate al día siguiente.
El Tribunal encontró fundamentos suficientes para ordenar la detención a los fijes de asegurar la realización del juicio y así lo dispuso.
El caso fiscal

Germán Acosta desapareció en mayo de 2011 y nunca más pudo conocerse su paradero pese a que la búsqueda se prolongó por años.
En 2016, la Justicia Civil declaró su muerte presunta, habilitando de este modo la investigación de su muerte en el fuero penal.
La acusación principal es por el delito de encubrimiento por favorecimiento personal respecto de un delito anterior especialmente grave, en concurso real con hurto calamitoso y defraudación por venta de cosa ajena.
El hecho fue descripto indicando que con posterioridad al 2 de mayo de 2011 luego de las 16, con principio de ejecución en la localidad de José de San Martín en circunstancias en que el imputado, su esposa (ahora fallecida) y su hija, dolosamente ocultaron, alteraron e hicieron desaparecer los rastros, pruebas e instrumentos del delito (homicidio de Germán Acosta), a sabiendas de la gravedad del mismo y con cabal conocimiento de los hechos acaecidos.
Mantuvieron ocultas las circunstancias de su muerte, borraron rastros, mantuvieron oculto el cuerpo y la identidad de los autores y participes.
Además, según el parte de prensa de Fiscalía, se apropiaron de su documentación personal y de la totalidad de sus bienes (entre ellos un vehículo Chevrolet Corsa, una moto IMSA 125 cc, un celular y sus ropas), se deshicieron de los mismos mediante operaciones de venta y permuta, instalaron primero la idea de que no sabían nada de él y que habría desaparecido voluntariamente, intentando con ello eludir la investigación, para luego desviar la misma sindicando a terceras personas como presuntos autores de su muerte.
En definitiva, intentaron eliminar todos los elementos útiles para la demostración de la existencia de la muerte violenta de Acosta, confundiendo, entorpeciendo y obstruyendo el accionar de la Justicia.
La Fiscalía sostiene que los imputados se apoderaron ilegítimamente de los bienes de Germán, aprovechando su muerte y perjudicando de este modo el legítimo derecho que sobre ellos tenían sus herederos (hija, padres, hermanos) y en particular, en relación a la motocicleta IMSA 125 cc roja, el imputado la vendió como propia el 20 de junio de 2011, por $ 3.500.
Alternativamente

La acusación alternativa fue homicidio en concurso real con hurto calamitoso y defraudación por venta de cosa ajena. El hecho se describe en este caso indicando que se los acusa del hecho presumiblemente ocurrido en José de San Martín o en zona aledaña, provincia del Chubut, en un lugar no determinado, aproximadamente entre las 23 del 30 de abril de 2011 y las 16 del 2 de mayo de ese mismo año, en circunstancias en que los tres imputados tomaron parte o colaboraron para que otros dieran muerte a Germán Jaime Acosta, en un modo que no ha podido ser establecido.
Al menos ayudaron cumpliendo promesas anteriores, en mantener ocultas las circunstancias de su muerte, hacer desaparecer su cuerpo manteniéndolo oculto, ocultando también la identidad del resto de los autores y/o partícipes, apropiándose y disponiendo (por venta y/o permuta) de la totalidad de sus bienes entre ellos: su vehículo Chevrolet Corsa dominio FOJ-168, su motocicleta marca IMSA 125 cc color roja, sus prendas de vestir, su celular, elementos estos de los cuales se apoderaron ilegítimamente aprovechando la muerte de su titular, perjudicando de este modo el legítimo derecho que sobre ellos tenían sus herederos (hija, padres, hermanos). Y finaliza la descripción con la venta de la motocicleta, tal como en la acusación principal.#

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23 OCT 2017 - 22:00

Un tribunal de enjuiciamiento de Esquel ordenó ayer la detención de un padre y su hija por la desaparición y muerte de Germán Acosta sucedida en José de San Martín en mayo del 2011.
La decisión de los jueces obedeció a la ausencia de los acusados por ese hecho como así también del abogado defensor de ambos.
Ayer estaba prevista la realización de la primera jornada del juicio vinculado a la desaparición y muerte de Germán Acosta, por el  cual están imputados Oscar y Luciana Rogel por encubrimiento por favorecimiento personal respecto de un delito anterior especialmente grave, en concurso real con hurto calamitoso y defraudación por venta de cosa ajena.
Las víctimas viajaron desde Trelew para estar presentes, pero no los imputados ni su defensor. A pedido de la Fiscalía, el Tribunal declaró el abandono de la defensa, tal como lo prevé el Código Procesal y dio intervención a la Defensa Pública.
A las 9 debía iniciarse el debate. Se hicieron presentes sus familiares que llegaron más temprano luego de viajar toda la noche desde Trelew. Asistieron los fiscales Fernanda Révori y Fernando Rivarola, el Tribunal conformado por los jueces Ricardo Rolón, Nelly García y Martín O’ Connor. Fue el director de la Oficina Judicial, Rodolfo Barroso, quien informó a los presentes que a las 8 recibió un llamado de Luciana Rogel, una de las dos personas imputadas, diciendo que no pudo viajar porque el viernes “no pudo sacar plata del cajero”. Oscar Rogel tampoco se presentó y no brindó excusa alguna.
Lo más llamativo fue que el defensor particular, Edgardo Oscar Romero Bruno, faltó sin aviso. No presentó ningún escrito ni se comunicó de ninguna manera, estando notificado debidamente sobre la realización del juicio, informó un parte de Fiscalía
La Fiscalía solicitó que se declare el abandono de la defensa y se dé intervención a la Defensa Pública hasta que los imputados designen un defensor de su confianza. El Tribunal, luego de deliberar, entendió que están dadas las condiciones que establece el Código Procesal para declarar abandono de defensa, y así resolvió.
Valeria Ponce, defensora penal de turno, concurrió a la sala de audiencias para informarse de la situación e intervenir en representación de los imputados.
La Fiscalía solicitó la detención de Oscar y Luciana Rogel por peligro de fuga, para asegurar la realización del juicio. La defensora se opuso al planteo, fundamentando que hubo una comunicación y que aún no se sabe si podrían llegar a la ciudad en cuestión de horas, habilitando así el inicio del debate al día siguiente.
El Tribunal encontró fundamentos suficientes para ordenar la detención a los fijes de asegurar la realización del juicio y así lo dispuso.
El caso fiscal

Germán Acosta desapareció en mayo de 2011 y nunca más pudo conocerse su paradero pese a que la búsqueda se prolongó por años.
En 2016, la Justicia Civil declaró su muerte presunta, habilitando de este modo la investigación de su muerte en el fuero penal.
La acusación principal es por el delito de encubrimiento por favorecimiento personal respecto de un delito anterior especialmente grave, en concurso real con hurto calamitoso y defraudación por venta de cosa ajena.
El hecho fue descripto indicando que con posterioridad al 2 de mayo de 2011 luego de las 16, con principio de ejecución en la localidad de José de San Martín en circunstancias en que el imputado, su esposa (ahora fallecida) y su hija, dolosamente ocultaron, alteraron e hicieron desaparecer los rastros, pruebas e instrumentos del delito (homicidio de Germán Acosta), a sabiendas de la gravedad del mismo y con cabal conocimiento de los hechos acaecidos.
Mantuvieron ocultas las circunstancias de su muerte, borraron rastros, mantuvieron oculto el cuerpo y la identidad de los autores y participes.
Además, según el parte de prensa de Fiscalía, se apropiaron de su documentación personal y de la totalidad de sus bienes (entre ellos un vehículo Chevrolet Corsa, una moto IMSA 125 cc, un celular y sus ropas), se deshicieron de los mismos mediante operaciones de venta y permuta, instalaron primero la idea de que no sabían nada de él y que habría desaparecido voluntariamente, intentando con ello eludir la investigación, para luego desviar la misma sindicando a terceras personas como presuntos autores de su muerte.
En definitiva, intentaron eliminar todos los elementos útiles para la demostración de la existencia de la muerte violenta de Acosta, confundiendo, entorpeciendo y obstruyendo el accionar de la Justicia.
La Fiscalía sostiene que los imputados se apoderaron ilegítimamente de los bienes de Germán, aprovechando su muerte y perjudicando de este modo el legítimo derecho que sobre ellos tenían sus herederos (hija, padres, hermanos) y en particular, en relación a la motocicleta IMSA 125 cc roja, el imputado la vendió como propia el 20 de junio de 2011, por $ 3.500.
Alternativamente

La acusación alternativa fue homicidio en concurso real con hurto calamitoso y defraudación por venta de cosa ajena. El hecho se describe en este caso indicando que se los acusa del hecho presumiblemente ocurrido en José de San Martín o en zona aledaña, provincia del Chubut, en un lugar no determinado, aproximadamente entre las 23 del 30 de abril de 2011 y las 16 del 2 de mayo de ese mismo año, en circunstancias en que los tres imputados tomaron parte o colaboraron para que otros dieran muerte a Germán Jaime Acosta, en un modo que no ha podido ser establecido.
Al menos ayudaron cumpliendo promesas anteriores, en mantener ocultas las circunstancias de su muerte, hacer desaparecer su cuerpo manteniéndolo oculto, ocultando también la identidad del resto de los autores y/o partícipes, apropiándose y disponiendo (por venta y/o permuta) de la totalidad de sus bienes entre ellos: su vehículo Chevrolet Corsa dominio FOJ-168, su motocicleta marca IMSA 125 cc color roja, sus prendas de vestir, su celular, elementos estos de los cuales se apoderaron ilegítimamente aprovechando la muerte de su titular, perjudicando de este modo el legítimo derecho que sobre ellos tenían sus herederos (hija, padres, hermanos). Y finaliza la descripción con la venta de la motocicleta, tal como en la acusación principal.#


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