El Juzgado Civil de Trelew aplicó la ley e incorporó una persona con discapacidad

Hoy comenzará a trabajar en el Juzgado Civil y Comercial de Trelew una persona con capacidades diferentes.

31 OCT 2017 - 21:42 | Actualizado

 La incorporación es en cumplimiento a una ley que obliga a los tres poderes del Estado a ocupar empleados que presenten alguna limitación en las facultades físicas o intelectuales, y que reúnan las condiciones de idoneidad para el cargo. El total que exige la legislación es el 4% de la planta de personal. “Si hay un elevado número de personas con discapacidad sin trabajo es porque falta apertura mental y de corazón. Que el Superior Tribunal de Justicia cumpla esta ley y que me permita a mí cumplirla, demuestra que prestamos un servicio”.
Así resumió en una entrevista con Jornada la jueza civil y comercial Adela Juárez Aldazábal el cumplimiento que, a partir de hoy y como dato histórico en su área, se le da a la ley I/296 de la provincia del Chubut que reza sobre la obligatoriedad de incorporar a su planta de empleados a una persona discapacitada. Hoy será su primer día de trabajo. El artículo 8 de esa norma determina la “obligatoriedad” de los tres poderes del Estado de emplear personas con discapacidad con idoneidad para el cargo en proporción no menor al 4% de la totalidad de su personal y a establecer reservas de puestos de trabajo a ser ocupados por estas exclusivamente.
Pero la magistrada le da a esta aplicación una connotación social. Resalta la importancia de su cumplimiento. Es necesario hacerlo porque en otras provincias no se cumple, no se aplica. Es decir que discapacitados deben interponer recursos de amparo para hacer cumplir sus derechos de acceso al trabajo. Y destaca el accionar del Superior Tribunal de Justicia porque “demuestra que brindamos un servicio con valores”.
“Sacude a la sociedad”

Juarez Aldazábal indica además que “nuestra ley provincial sacude a la sociedad, nos hace reflexionar: todos somos diferentes. Todos tenemos capacidades o tendremos capacidades diferentes y algo que otro considere un problema. Hace que nos valoremos. Es tener un nuevo enfoque de la vida. Y que el Superior Tribunal de Justicia cumpla esta ley y que me permita a mí cumplirla, demuestra que prestamos un servicio. Yo considero que presto un servicio a la comunidad. Estoy feliz cada vez que entra un nuevo empleado porque quien ingresa a la Justicia viene a dar. A brindar un servicio”, resumió.
La iniciativa parte del Superior Tribunal de Justicia. La incorporación de personas con discapacidad  trata del cumplimiento de una ley. Es la de protección integral de Discapacidad. La Ley marco es la 22.431, es de 1981, la que fue modificada. La inclusión en el trabajo fue modificada por la Ley 25.698 que es del 2 de enero de 2003. Y sirvió para que otras provincias tengan su ley de protección de la discapacidad. En Chubut la norma que se aplica es la 1/296 antes 5.413. Establece un 4% de inclusión laboral para personas con discapacidades dentro del Estado Provincial que comprende los tres poderes.
“Están obligados”

En el artículo 8 se indica claramente que “los tres poderes que lo constituyen están obligados a emplear personas con discapacidad que reúnan condiciones de idoneidad para el cargo en una proporción no inferior al 4% de la totalidad del personal”.
La jueza confirmó que la existencia de un registro de aspirantes con discapacidad fue creado por el acuerdo 4.232 del año 2014. “Ahí se anotan las personas y ellas les piden a la Dirección de Administración la posibilidad de entrar”.
Relató cómo surgió la vacante en su Juzgado. “El Superior Tribunal de Justicia me planteó el cumplimiento de esta Ley y en el acto dije que sí. Le tomé la entrevista de idoneidad a ella y otras personas más. Entrará como ingresante. Luego puede hacer carrera judicial como empleado administrativo”, describió.
Explicó Juárez Aldazábal que estas leyes están dadas desde el punto de vista internacional. “Nuestro país ratificó mediante la ley 26.378 la Convención de Derechos de las  personas con capacidad y su protocolo. Fue aprobado por la Asamblea de las Naciones Unidas el 13 de diciembre de 2006”.
Esa convención –según indicó- “supone que la discapacidad se produce en la interacción de la persona que vive con alguna limitación (física, sensorial, intelectual, temporal o permanente) y el entorno social en el que vive y tiene que desarrollarse. Se puede,  entonces, facilitar u obstaculizar a través de barreras de distinto orden, arquitectónico o comunicacional, aquel desarrollo personal”.
La prestigiosa profesional advirtió que por imperio de esta norma “surge la obligación estatal de realizar ajustes razonables que fuesen necesarios para garantizar a las personas con discapacidad el pleno goce de sus derechos en igualdad de condiciones que los demás”, sostuvo.
Asimismo consideró que es este un nuevo paradigma dentro del Derecho Constitucional que sienta este instrumento internacional de Protección de Derechos Humanos.  Es conocido como “modelo social de discapacidad” y los Estados Nacional y Provincial están obligados a respetarlo.
Reiteró que tienen la obligación de cumplir el 4% que impone la ley. “En otras dependencias ya están realizadas las incorporaciones. Acá en el fuero Civil en la circunscripción Trelew: civil y comercial, va a ser el primer caso”.
La jueza aseguró contar con información respecto a que en la Argentina “hay 5 millones de personas discapacitadas, un 82% está desempleada y un 44% son cabeza de hogar. Es un escándalo. Más si queremos dejarles a nuestros hijos una sociedad igualitaria, con valores”, reveló.
La magistrada hizo hincapié en el proceso que debe cumplirse para la incorporación de la persona con discapacidad. “Se inscriben en el registro. Esta persona solicitó su ingreso. Me convocaron a mí, me preguntaron si accedía a realizar la entrevista de idoneidad y sí, me pareció idónea. Accedí a que se la nombre en mi Juzgado. El nombramiento sale por decisión de los ministros del Superior Tribunal de Justicia en cumplimiento de esta ley”.#

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31 OCT 2017 - 21:42

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Así resumió en una entrevista con Jornada la jueza civil y comercial Adela Juárez Aldazábal el cumplimiento que, a partir de hoy y como dato histórico en su área, se le da a la ley I/296 de la provincia del Chubut que reza sobre la obligatoriedad de incorporar a su planta de empleados a una persona discapacitada. Hoy será su primer día de trabajo. El artículo 8 de esa norma determina la “obligatoriedad” de los tres poderes del Estado de emplear personas con discapacidad con idoneidad para el cargo en proporción no menor al 4% de la totalidad de su personal y a establecer reservas de puestos de trabajo a ser ocupados por estas exclusivamente.
Pero la magistrada le da a esta aplicación una connotación social. Resalta la importancia de su cumplimiento. Es necesario hacerlo porque en otras provincias no se cumple, no se aplica. Es decir que discapacitados deben interponer recursos de amparo para hacer cumplir sus derechos de acceso al trabajo. Y destaca el accionar del Superior Tribunal de Justicia porque “demuestra que brindamos un servicio con valores”.
“Sacude a la sociedad”

Juarez Aldazábal indica además que “nuestra ley provincial sacude a la sociedad, nos hace reflexionar: todos somos diferentes. Todos tenemos capacidades o tendremos capacidades diferentes y algo que otro considere un problema. Hace que nos valoremos. Es tener un nuevo enfoque de la vida. Y que el Superior Tribunal de Justicia cumpla esta ley y que me permita a mí cumplirla, demuestra que prestamos un servicio. Yo considero que presto un servicio a la comunidad. Estoy feliz cada vez que entra un nuevo empleado porque quien ingresa a la Justicia viene a dar. A brindar un servicio”, resumió.
La iniciativa parte del Superior Tribunal de Justicia. La incorporación de personas con discapacidad  trata del cumplimiento de una ley. Es la de protección integral de Discapacidad. La Ley marco es la 22.431, es de 1981, la que fue modificada. La inclusión en el trabajo fue modificada por la Ley 25.698 que es del 2 de enero de 2003. Y sirvió para que otras provincias tengan su ley de protección de la discapacidad. En Chubut la norma que se aplica es la 1/296 antes 5.413. Establece un 4% de inclusión laboral para personas con discapacidades dentro del Estado Provincial que comprende los tres poderes.
“Están obligados”

En el artículo 8 se indica claramente que “los tres poderes que lo constituyen están obligados a emplear personas con discapacidad que reúnan condiciones de idoneidad para el cargo en una proporción no inferior al 4% de la totalidad del personal”.
La jueza confirmó que la existencia de un registro de aspirantes con discapacidad fue creado por el acuerdo 4.232 del año 2014. “Ahí se anotan las personas y ellas les piden a la Dirección de Administración la posibilidad de entrar”.
Relató cómo surgió la vacante en su Juzgado. “El Superior Tribunal de Justicia me planteó el cumplimiento de esta Ley y en el acto dije que sí. Le tomé la entrevista de idoneidad a ella y otras personas más. Entrará como ingresante. Luego puede hacer carrera judicial como empleado administrativo”, describió.
Explicó Juárez Aldazábal que estas leyes están dadas desde el punto de vista internacional. “Nuestro país ratificó mediante la ley 26.378 la Convención de Derechos de las  personas con capacidad y su protocolo. Fue aprobado por la Asamblea de las Naciones Unidas el 13 de diciembre de 2006”.
Esa convención –según indicó- “supone que la discapacidad se produce en la interacción de la persona que vive con alguna limitación (física, sensorial, intelectual, temporal o permanente) y el entorno social en el que vive y tiene que desarrollarse. Se puede,  entonces, facilitar u obstaculizar a través de barreras de distinto orden, arquitectónico o comunicacional, aquel desarrollo personal”.
La prestigiosa profesional advirtió que por imperio de esta norma “surge la obligación estatal de realizar ajustes razonables que fuesen necesarios para garantizar a las personas con discapacidad el pleno goce de sus derechos en igualdad de condiciones que los demás”, sostuvo.
Asimismo consideró que es este un nuevo paradigma dentro del Derecho Constitucional que sienta este instrumento internacional de Protección de Derechos Humanos.  Es conocido como “modelo social de discapacidad” y los Estados Nacional y Provincial están obligados a respetarlo.
Reiteró que tienen la obligación de cumplir el 4% que impone la ley. “En otras dependencias ya están realizadas las incorporaciones. Acá en el fuero Civil en la circunscripción Trelew: civil y comercial, va a ser el primer caso”.
La jueza aseguró contar con información respecto a que en la Argentina “hay 5 millones de personas discapacitadas, un 82% está desempleada y un 44% son cabeza de hogar. Es un escándalo. Más si queremos dejarles a nuestros hijos una sociedad igualitaria, con valores”, reveló.
La magistrada hizo hincapié en el proceso que debe cumplirse para la incorporación de la persona con discapacidad. “Se inscriben en el registro. Esta persona solicitó su ingreso. Me convocaron a mí, me preguntaron si accedía a realizar la entrevista de idoneidad y sí, me pareció idónea. Accedí a que se la nombre en mi Juzgado. El nombramiento sale por decisión de los ministros del Superior Tribunal de Justicia en cumplimiento de esta ley”.#


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