Cannabis Medicinal: Hernández aclaró que se habilita el uso para patologías excepcionales

El Ministro de Salud explicó para que casos está habilitada la utilización de ese tratamiento y consideró fundamental una discusión de fondo para determinar los alcances y optimizar su funcionamiento.

Ministro de Salud Ignacio Hernández
30 NOV 2017 - 10:41 | Actualizado

El ministro de Salud del Chubut, Ignacio Hernández, aclaró que la ley que habilita el uso de cannabis medicinal en la Provincia está vigente para algunas patologías excepcionales, como la epilepsia refractaria en tratamiento.

Aseguró el ministro que la ley “está vigente pero no está reglamentada y además se le puede garantizar a la gente de la obra social SEROS y del Ministerio de Salud, que en caso de necesitar este medicamento y pueda demostrar que tiene una epilepsia refractaria en tratamiento, va a recibirlo”.

Además precisó que el gobernador Mariano Arcioni vetó los artículos 1 y 2 de la ley I Nº 588 porque “no coinciden con lo que el Ministerio de Salud de la Nación y nosotros mismos consideramos viable”. 
  
El titular de la cartera sanitaria provincial sostuvo que el contenido de la ley fue elaborado sin el consenso del Ministerio de Salud y “ahora nos enteramos que había salido un proyecto para modificar esa ley en su artículo 1 y 2”. 
 
Explicó que el primero “bien corrige la falacia esa de que se pueda comprar solamente una marca comercial, pero el artículo 2 abre el juego y dice que se va a usar el aceite de cannabis para dolores crónicos recurrentes de otras patologías, para lo cual ya el Ministerio de Salud de la Nación había vetado ese mismo punto en la Ley Nacional”.
 
Hernández señaló que, “siendo consecuentes con lo que creemos y además con lo que se habilita en la República Argentina, sugerimos al gobernador el veto de ese artículo”.
 
Discusión de fondo
 
El funcionario reveló que “nunca nos preguntaron si se necesita una ley, qué pensábamos, si estábamos a favor o en contra. Se hizo la ley y lamentablemente tenía algunos errores, como el que le ponía un nombre comercial induciendo a la compra de una compañía en particular de medicamentos”.
 
El ministro de Salud dijo que se decidió “hacer esta ley en un espacio muy puntual donde había una nena con padecimiento serio, pero en realidad ya teníamos el ok de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) ) para el uso del aceite medicinal. Ellos ya habían dispuesto de qué forma se podía adquirir, cuáles son los trámites para hacerlo y cuáles son las patologías concretas”.
 
Consideró que se necesita una discusión mucho más de fondo y “corrernos un poquito de estos avatares políticos”. Indicó que hay que armar una mesa de trabajo y debatir seriamente “porque estamos hablando de una droga y tenemos que ver cuáles son los alcances. Además si la vamos a masificar tenemos que ver cómo se va a comercializar, a distribuir, quién la va a procesar”, puntualizó.
 

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Ministro de Salud Ignacio Hernández
30 NOV 2017 - 10:41

El ministro de Salud del Chubut, Ignacio Hernández, aclaró que la ley que habilita el uso de cannabis medicinal en la Provincia está vigente para algunas patologías excepcionales, como la epilepsia refractaria en tratamiento.

Aseguró el ministro que la ley “está vigente pero no está reglamentada y además se le puede garantizar a la gente de la obra social SEROS y del Ministerio de Salud, que en caso de necesitar este medicamento y pueda demostrar que tiene una epilepsia refractaria en tratamiento, va a recibirlo”.

Además precisó que el gobernador Mariano Arcioni vetó los artículos 1 y 2 de la ley I Nº 588 porque “no coinciden con lo que el Ministerio de Salud de la Nación y nosotros mismos consideramos viable”. 
  
El titular de la cartera sanitaria provincial sostuvo que el contenido de la ley fue elaborado sin el consenso del Ministerio de Salud y “ahora nos enteramos que había salido un proyecto para modificar esa ley en su artículo 1 y 2”. 
 
Explicó que el primero “bien corrige la falacia esa de que se pueda comprar solamente una marca comercial, pero el artículo 2 abre el juego y dice que se va a usar el aceite de cannabis para dolores crónicos recurrentes de otras patologías, para lo cual ya el Ministerio de Salud de la Nación había vetado ese mismo punto en la Ley Nacional”.
 
Hernández señaló que, “siendo consecuentes con lo que creemos y además con lo que se habilita en la República Argentina, sugerimos al gobernador el veto de ese artículo”.
 
Discusión de fondo
 
El funcionario reveló que “nunca nos preguntaron si se necesita una ley, qué pensábamos, si estábamos a favor o en contra. Se hizo la ley y lamentablemente tenía algunos errores, como el que le ponía un nombre comercial induciendo a la compra de una compañía en particular de medicamentos”.
 
El ministro de Salud dijo que se decidió “hacer esta ley en un espacio muy puntual donde había una nena con padecimiento serio, pero en realidad ya teníamos el ok de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) ) para el uso del aceite medicinal. Ellos ya habían dispuesto de qué forma se podía adquirir, cuáles son los trámites para hacerlo y cuáles son las patologías concretas”.
 
Consideró que se necesita una discusión mucho más de fondo y “corrernos un poquito de estos avatares políticos”. Indicó que hay que armar una mesa de trabajo y debatir seriamente “porque estamos hablando de una droga y tenemos que ver cuáles son los alcances. Además si la vamos a masificar tenemos que ver cómo se va a comercializar, a distribuir, quién la va a procesar”, puntualizó.
 


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