Le negaron la prisión domiciliaria a uno de los condenados por asesinar a Mario Abel Amaya

Es Jorge Osvaldo Steding, un exguardiacárcel de la Unidad 6 de Rawson que fue condenado a 17 años de cárcel en 2013 por el caso del abogado radical. Gozó del beneficio del arresto en su domicilio hasta 2015, cuando debió volver a una cárcel común: la Colonia Penal de Santa Rosa.

Steding, sin la domiciliaria.
01 ENE 2018 - 21:19 | Actualizado

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Comodoro Rivadavia, que preside Norma Cabrera de Monella, rechazó un pedido de prisión domiciliaria solicitado por Jorge Osvaldo Steding, un exguardiacárcel de la Unidad 6 de Rawson, condenado en 2013 a 17 años de prisión “tormentos agravados seguidos de muerte” contra el dirigente radical chubutense Mario Abel Amaya.
El fallo de Cabrera de Monella fue en respuesta a una solicitud de la defensa pública de Steding para que se le otorgue una prisión preventiva bajo la modalidad de arresto domiciliario. Antes de eso, el fiscal general ya había dictaminado en contra de esa posibilidad.
Steding fue condenado en julio de 2013 a 17 años de cárcel como coautor penalmente responsable del delito de tormentos por parte de un funcionario público, agravados por ser la víctima un perseguido político y por haber causado la muerte de Amaya.
El exguardiacárcel fue detenido luego del juicio por orden del Tribunal Oral, pero poco después la Sala 3 de la Cámara Federal de Casación Penal anuló esa decisión tras un recurso de la defensa y obtuvo la prisión de prisión domiciliaria. Aún cuando en marzo de 2014 la Cámara Federal de Casación Penal confirmó el fallo, Steding siguió gozando de la domiciliaria.
En noviembre de 2015, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOF) de Comodoro Rivadavia pidió la inmediata detención de Steding, que desde entonces está cumpliendo su pena en prisión.
En marzo de 2017, Steding fue incorporado a un Régimen de Ejecución Anticipada Voluntaria de la Pena y actualmente permanece detenido en la Colonia Penal de Santa Rosa, La Pampa. Según consta en el fallo, ha solicitado salidas a diferentes centros de salud para ser diagnosticado y recibir un tratamiento adecuado a su estado de salud, debido a que sufre de poliposis intestinal, lumbalgia, dislipidernia y divertículos.
Según la jueza Cabrera de Monella, no se ha informado en ningún momento que las dolencias que afectan a Steding excedan la capacidad del equipo profesional de la Colonia Penal de Santa Rosa.
La jueza fue contundente en su rechazo: “Más allá de haber cumplido 70 años en julio pasado, las razones por las que Steding se encuentra detenido y su estado de salud no han variado desde el momento en que se decidió que cumpliera prisión preventiva en una cárcel común.”
La magistrada aclara, además, que la concesión del arresto domiciliario por cumplimiento del requisito de la edad (70 años) “no funciona de manera automática, sino que el juez puede rechazarla de mediar circunstancias justificantes que lo habiliten, siempre que sujete tal rechazo a los límites impuestos por la razonabilidad.”
Por sí mismo

El rechazo de la domiciliaria se funda en que, además, Steding no padece una enfermedad terminal, puede valerse por sí mismo y no requiere la asistencia de terceros para sobrellevar su vida.
Además, la jueza habla en su fallo del “riesgo procesal”, que no alude únicamente al peligro de entorpecimiento de la investigación o de fuga, “sino que también comprende la posible elusión del cumplimiento de la eventual condena”. Resta ahora aguardar alguna otra queja de la defensa.#

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Steding, sin la domiciliaria.
01 ENE 2018 - 21:19

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Comodoro Rivadavia, que preside Norma Cabrera de Monella, rechazó un pedido de prisión domiciliaria solicitado por Jorge Osvaldo Steding, un exguardiacárcel de la Unidad 6 de Rawson, condenado en 2013 a 17 años de prisión “tormentos agravados seguidos de muerte” contra el dirigente radical chubutense Mario Abel Amaya.
El fallo de Cabrera de Monella fue en respuesta a una solicitud de la defensa pública de Steding para que se le otorgue una prisión preventiva bajo la modalidad de arresto domiciliario. Antes de eso, el fiscal general ya había dictaminado en contra de esa posibilidad.
Steding fue condenado en julio de 2013 a 17 años de cárcel como coautor penalmente responsable del delito de tormentos por parte de un funcionario público, agravados por ser la víctima un perseguido político y por haber causado la muerte de Amaya.
El exguardiacárcel fue detenido luego del juicio por orden del Tribunal Oral, pero poco después la Sala 3 de la Cámara Federal de Casación Penal anuló esa decisión tras un recurso de la defensa y obtuvo la prisión de prisión domiciliaria. Aún cuando en marzo de 2014 la Cámara Federal de Casación Penal confirmó el fallo, Steding siguió gozando de la domiciliaria.
En noviembre de 2015, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOF) de Comodoro Rivadavia pidió la inmediata detención de Steding, que desde entonces está cumpliendo su pena en prisión.
En marzo de 2017, Steding fue incorporado a un Régimen de Ejecución Anticipada Voluntaria de la Pena y actualmente permanece detenido en la Colonia Penal de Santa Rosa, La Pampa. Según consta en el fallo, ha solicitado salidas a diferentes centros de salud para ser diagnosticado y recibir un tratamiento adecuado a su estado de salud, debido a que sufre de poliposis intestinal, lumbalgia, dislipidernia y divertículos.
Según la jueza Cabrera de Monella, no se ha informado en ningún momento que las dolencias que afectan a Steding excedan la capacidad del equipo profesional de la Colonia Penal de Santa Rosa.
La jueza fue contundente en su rechazo: “Más allá de haber cumplido 70 años en julio pasado, las razones por las que Steding se encuentra detenido y su estado de salud no han variado desde el momento en que se decidió que cumpliera prisión preventiva en una cárcel común.”
La magistrada aclara, además, que la concesión del arresto domiciliario por cumplimiento del requisito de la edad (70 años) “no funciona de manera automática, sino que el juez puede rechazarla de mediar circunstancias justificantes que lo habiliten, siempre que sujete tal rechazo a los límites impuestos por la razonabilidad.”
Por sí mismo

El rechazo de la domiciliaria se funda en que, además, Steding no padece una enfermedad terminal, puede valerse por sí mismo y no requiere la asistencia de terceros para sobrellevar su vida.
Además, la jueza habla en su fallo del “riesgo procesal”, que no alude únicamente al peligro de entorpecimiento de la investigación o de fuga, “sino que también comprende la posible elusión del cumplimiento de la eventual condena”. Resta ahora aguardar alguna otra queja de la defensa.#


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