Caso Germán Acosta: absolvieron a su exsuegro y su exmujer del homicidio y encubrimiento

Se trata del joven de Trelew desaparecido el 1º de mayo de 2011 en José de San Martín. Estaban acusados Oscar y Luciana Rogel, quienes sí fueron declarados penalmente responsables de hurto calamitoso y venta de cosa ajena de propiedades de la víctima. Ahora falta la pena por esos delitos.

Los jueces de Esquel dictaminaron en ausencia de los imputados, que asistieron por videoconferencia.
25 FEB 2018 - 21:43 | Actualizado

Un tribunal de Esquel conformado por los jueces Ricardo Rolón, Martín O’ Connor y Nelly García decidieron absolver a Luciana Rocío Rogel y a Oscar Leopoldo Rogel de los delitos de homicidio simple, en calidad de partícipes secundarios y de encubrimiento, en perjuicio de Germán Jaime Acosta, sucedido a partir del 1º de mayo de 2011, cuando el joven trelewense desapareció.
Ambos imputados (exsuegro y expareja de la víctima) fueron declarados coautores penalmente responsables de hurto calamitoso por la apropiación ilegítima de un Chevrolet Corsa gris, dominio FOJ-198 y de una campera color verde, un par de zapatillas y una gorra, ocurridas en la localidad de José de San Martín y en Los Altares entre el 1 y el 3 de mayo de 2011, en perjuicio de Germán Jaime Acosta y/o de sus legítimos herederos.
Oscar Rogel también fue encontrado culpable de hurto calamitoso y venta de cosa ajena, por la apropiación y venta de la motocicleta IMSA 125, roja, acaecidas en José de San Martín, en perjuicio de Acosta y/o de sus legítimos herederos y en perjuicio del comprador.
La Fiscalía llevó a juicio dos calificaciones jurídicas. El Tribunal sólo tuvo por probada una de ellas en base a las conductas de los imputados acreditadas en el debate, dijo la Fiscalía.
“Sin dudas se trató de un caso atípico, extraño y con aristas pocas veces vistas”, indicó O’ Connor. Los jueces entendieron que no hay elementos para sostener con el grado de certeza suficiente, que Germán Acosta fue asesinado y por lo tanto, tampoco para establecer algún tipo de participación o encubrimiento por parte de Oscar y Luciana Rogel, más allá de “que las conductas desplegadas por los acusados son objetivamente sospechosas”. Imputados y víctimas participaron de la lectura por videoconferencia desde Trelew.

Sospechas

Rolón se refirió a los elementos de cargo, mencionando que Luciana Rogel y Oscar Leopoldo Rogel “una vez desaparecido Germán Jaime Acosta, se apoderaron de los bienes de éste último, disponiendo con urgencia de los mismos, sin dar explicaciones de por qué lo hicieron.” También mencionó la ropa perteneciente a Germán Acosta encontrada en el allanamiento realizado en el domicilio de la familia Rogel, enterrada en el patio reconocida por su hermana, junto a documental a nombre del joven en el interior de la vivienda.
Sumado a esto, el magistrado indicó que los imputados “nunca denunciaron la ausencia o la desaparición de Germán Acosta, quien hasta ese momento era pareja de Luciana Rogel y yerno de Oscar Leopoldo Rogel, ni se mostraron interesados en ayudar en su búsqueda, por el contrario entregaron distintos datos falsos sobre su posible paradero, señalando a los familiares que se fue a Buenos Aires a comprar una camioneta”. Además, Luciana Rogel nunca más regresó al departamento que habitó con Germán Acosta.
Sin embargo, estos indicios resultaron insuficientes para los jueces para probar la existencia de un crimen y algún tipo de participación de los imputados en él.
“Comparto que no hace falta tener el cadáver para probar un homicidio. Pero se necesitaría algún rastro de violencia, alguna amenaza grave de darle muerte, algún móvil serio, algún antecedente  de violencia”, dijo.

O muy hábiles o torpes

Coincidieron los jueces en que ocultar un crimen no es tarea fácil y mucho más complejo resulta ocultar un cuerpo cuando es intensamente buscado, volcándose a la búsqueda un gran despliegue de recursos materiales y humanos.
Rolón indicó que “los acusados no se me presentaron como personas organizadas, cuidadosas o capaces de llevar a cabo un hecho tan grave como el que se investigó sin dejar ningún tipo de rastros, por el contrario cuando dispusieron de los bienes, aparecieron testigos y documentación relevante”.
“¿Cómo se explica lógicamente que los acusados hayan hecho desaparecer el cuerpo con tanta eficacia y, al mismo tiempo, que hayan cometido semejante torpeza?”, planteó O’ Connor.
Luego de un razonamiento sobre la posibilidad de que lo que le ocurrió a Germán no fuera un homicidio, el segundo votante planteó como una conclusión factible que “los acusados sabían (saben) lo que le pasó a Germán Acosta. El apuro en desahacerse de los bienes y de lucrar con ella permite inferir que entre el 1 y el 2 de mayo los acusados tomaron conocimiento que algo sucedió con Germán Acosta. Pero de allí no se deriva que Germán Acosta fuera víctima de un homicidio, ni menos que los acusados hayan participado en él.”
Nelly García indicó que “los Rogel sabían y se aprovecharon de esta circunstancia para apoderarse de sus bienes, el  auto y la ropa, que no les pertenecía, ni estaban autorizados para disponer y la salieron a vender el 2 de mayo de 2011 y después en el mes de junio Oscar Rogel se apoderó de la moto y la puso en venta. Por lo que considero que Oscar Leopoldo Rogel y Luciana Rogel son autores responsables del delito de  hurto calamitoso”
La Oficina Judicial fijará fecha para la audiencia de debate sobre la pena.#

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Los jueces de Esquel dictaminaron en ausencia de los imputados, que asistieron por videoconferencia.
25 FEB 2018 - 21:43

Un tribunal de Esquel conformado por los jueces Ricardo Rolón, Martín O’ Connor y Nelly García decidieron absolver a Luciana Rocío Rogel y a Oscar Leopoldo Rogel de los delitos de homicidio simple, en calidad de partícipes secundarios y de encubrimiento, en perjuicio de Germán Jaime Acosta, sucedido a partir del 1º de mayo de 2011, cuando el joven trelewense desapareció.
Ambos imputados (exsuegro y expareja de la víctima) fueron declarados coautores penalmente responsables de hurto calamitoso por la apropiación ilegítima de un Chevrolet Corsa gris, dominio FOJ-198 y de una campera color verde, un par de zapatillas y una gorra, ocurridas en la localidad de José de San Martín y en Los Altares entre el 1 y el 3 de mayo de 2011, en perjuicio de Germán Jaime Acosta y/o de sus legítimos herederos.
Oscar Rogel también fue encontrado culpable de hurto calamitoso y venta de cosa ajena, por la apropiación y venta de la motocicleta IMSA 125, roja, acaecidas en José de San Martín, en perjuicio de Acosta y/o de sus legítimos herederos y en perjuicio del comprador.
La Fiscalía llevó a juicio dos calificaciones jurídicas. El Tribunal sólo tuvo por probada una de ellas en base a las conductas de los imputados acreditadas en el debate, dijo la Fiscalía.
“Sin dudas se trató de un caso atípico, extraño y con aristas pocas veces vistas”, indicó O’ Connor. Los jueces entendieron que no hay elementos para sostener con el grado de certeza suficiente, que Germán Acosta fue asesinado y por lo tanto, tampoco para establecer algún tipo de participación o encubrimiento por parte de Oscar y Luciana Rogel, más allá de “que las conductas desplegadas por los acusados son objetivamente sospechosas”. Imputados y víctimas participaron de la lectura por videoconferencia desde Trelew.

Sospechas

Rolón se refirió a los elementos de cargo, mencionando que Luciana Rogel y Oscar Leopoldo Rogel “una vez desaparecido Germán Jaime Acosta, se apoderaron de los bienes de éste último, disponiendo con urgencia de los mismos, sin dar explicaciones de por qué lo hicieron.” También mencionó la ropa perteneciente a Germán Acosta encontrada en el allanamiento realizado en el domicilio de la familia Rogel, enterrada en el patio reconocida por su hermana, junto a documental a nombre del joven en el interior de la vivienda.
Sumado a esto, el magistrado indicó que los imputados “nunca denunciaron la ausencia o la desaparición de Germán Acosta, quien hasta ese momento era pareja de Luciana Rogel y yerno de Oscar Leopoldo Rogel, ni se mostraron interesados en ayudar en su búsqueda, por el contrario entregaron distintos datos falsos sobre su posible paradero, señalando a los familiares que se fue a Buenos Aires a comprar una camioneta”. Además, Luciana Rogel nunca más regresó al departamento que habitó con Germán Acosta.
Sin embargo, estos indicios resultaron insuficientes para los jueces para probar la existencia de un crimen y algún tipo de participación de los imputados en él.
“Comparto que no hace falta tener el cadáver para probar un homicidio. Pero se necesitaría algún rastro de violencia, alguna amenaza grave de darle muerte, algún móvil serio, algún antecedente  de violencia”, dijo.

O muy hábiles o torpes

Coincidieron los jueces en que ocultar un crimen no es tarea fácil y mucho más complejo resulta ocultar un cuerpo cuando es intensamente buscado, volcándose a la búsqueda un gran despliegue de recursos materiales y humanos.
Rolón indicó que “los acusados no se me presentaron como personas organizadas, cuidadosas o capaces de llevar a cabo un hecho tan grave como el que se investigó sin dejar ningún tipo de rastros, por el contrario cuando dispusieron de los bienes, aparecieron testigos y documentación relevante”.
“¿Cómo se explica lógicamente que los acusados hayan hecho desaparecer el cuerpo con tanta eficacia y, al mismo tiempo, que hayan cometido semejante torpeza?”, planteó O’ Connor.
Luego de un razonamiento sobre la posibilidad de que lo que le ocurrió a Germán no fuera un homicidio, el segundo votante planteó como una conclusión factible que “los acusados sabían (saben) lo que le pasó a Germán Acosta. El apuro en desahacerse de los bienes y de lucrar con ella permite inferir que entre el 1 y el 2 de mayo los acusados tomaron conocimiento que algo sucedió con Germán Acosta. Pero de allí no se deriva que Germán Acosta fuera víctima de un homicidio, ni menos que los acusados hayan participado en él.”
Nelly García indicó que “los Rogel sabían y se aprovecharon de esta circunstancia para apoderarse de sus bienes, el  auto y la ropa, que no les pertenecía, ni estaban autorizados para disponer y la salieron a vender el 2 de mayo de 2011 y después en el mes de junio Oscar Rogel se apoderó de la moto y la puso en venta. Por lo que considero que Oscar Leopoldo Rogel y Luciana Rogel son autores responsables del delito de  hurto calamitoso”
La Oficina Judicial fijará fecha para la audiencia de debate sobre la pena.#


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