Decreto por la “Tarifa Social”: alertan que podría haber aumentos de energía para varios sectores

Lo firmaron el gobernador Arcioni y los ministros Mammarelli, Pagani y Garzonio el 6 de marzo pasado, pero el texto recién se publicó el viernes en el Boletín Oficial de la Provincia. Los expertos del sector son críticos de las medidas que plantean desde Fontana 50. Los detalles que se cuestionan.

19 MAR 2018 - 20:58 | Actualizado

El GobiernodeChubut publicó el viernes pasado en el Boletín Oficial el Decreto Nº 168, por el cual se modifican normas anteriores y se crea la “Tarifa Social en los Servicios Públicos”.

El texto es extenso y difícildeentender en todas sus partes, por lo que este diario consultó a expertos en temasdeservicios públicos para poder tener una dimensión del impacto del decreto firmado por el gobernador Mariano Arcioni y los ministros Sergio Mammarelli (Coordinación); Alejandro Pagani (Infraestructura, Obras y Servicios Públicos); y Alejandro Garzonio (Economía).

La mayoría expresó dudas y hasta encendieron lucesdealarma porque el decreto modifica otros instrumentos similares que causaría un aumento en el costodela energía para grandes consumidores.

En los considerandos, el decreto indica que “se hace necesario en primer lugar, la modificacióndela distribución del Fondode Compensación Tarifaria a la energía eléctrica, cuyo objetivo principal es solventar los mayores costos del abastecimiento eléctrico del interior provincial,demododepoder mantener una tarifa más equitativa en dichas localidades”.

Según se entiende del Artículo 1º, se deroga el Decreto Nº 92/94, lo que implica que vuelve a estar vigente el Decreto Nº 634/93, y esto significa que se reimpone el recargo del 8% a todos los usuarios que se le factura energía eléctrica en la Provincia del Chubut.

Asimismo, se entiende que vuelve a estar vigente el Decreto Nº 1.632/91, que refiere al recargo del 3% sobre la facturacióndeenergía a consumidores finalesdeconsumos superiores a los 50 millonesdekwh/mes. En este caso, sólo como ejemplo, se puede citar a la empresa Aluar.

Con esto, se presume se obtendrían los recursos para la Tarifa Social y el Programa RENOVAR y los administraría el ENRE.

En el Artículo 2º del decreto conocido el viernes se crea la Tarifa SocialdeServicios Públicos, que abarcará los serviciosdeelectricidad, agua, cloacas y transporte público.

Detalles

En el Artículo 3º se explica que la Tarifa Social se financiará con fondos provenientesdela Ley 1.098 (que tiene por objeto cubrir los sobrecostosdegeneración y/o distribucióndeelectricidad para racionalizar tarifas). Según los analistas consultados, no resulta claro,de la redacción del decreto, los montos a asignar a la Tarifa Social. Algunos creen que podría ser sobre lo que se recaude en más sobre lo que actualmente se realiza por el 8% a usuarios residenciales y jubilados.

El Artículo 5º se refiere a la AutoridaddeAplicación del subsidiodela Ley 1.098. Este punto no cumpliría con esa ley, que establece que la Dirección GeneraldeServicios Públicos (DGSP) establecerá la política que permita racionalizar las tarifas con el fondo creado.

En este sentido, el MinisteriodeEconomía y el MinisteriodeInfraestructura distribuirán -con arreglo a la Ley 1.098- el saldo restante del Fondo, luegodela distribución del subsidio del Artículo 2º, directamente a las Municipalidades y Comunas Rurales del interiordeChubut con generación aislada y con arreglo a la cantidaddeusuarios que informará la DGSP, a findesolventar los desequilibrios tarifarios provocados por la generación aislada.

Deeste modo, no se cubrirían más los déficitsdelas cooperativasdeEl Maitén y Puerto Pirámides por estar conectadas al Sistema Interconectado. Y, dicen los especialistas, no habría un peso más para las cooperativas del interior.

El Artículo 6º indica que el MinisteriodeInfraestructura y Servicios Públicos asistirá a todas las corporaciones municipales y comisiones defomento para la regularizacióndelos servicios públicosdeagua, cloacas, electricidad conforme a la constitución.

Aislados

El Artículo 9º refiere al Programa RENOVAR para las localidades y parajes con generación aislada en el ámbito provincial. Empieza el procesodeconvocatoria para contratacióndeenergía eléctrica en fuentes renovables.

El artículo siguiente habladelos pliegos del Programa RENOVAR. En este caso, la secretariadeCiencia y Técnica y el ministro coordinador serán los encargadosdepreparar los pliegosdelicitación dentrodelos 30 díasdela publicación del decreto (30 días a partir del 15/03/18).

En el Artículo 12 se dan detalles del procesodeconvocatoria, cuyo objetivo es la ventadela energía eléctrica.

En este caso, el vendedor será considerado como agente generador; la compradora será el Estado provincial; y se especifica que el valor se determinará en dólares por megavatios/hora (U$S/MWh).

Hay que tener en cuenta que la FiscalíadeEstadodeChubut ha dictaminado que los servicios prestados por el Estado no deben ser abonados al prestador, debido a que es el propio Estado el prestador del servicio.#

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19 MAR 2018 - 20:58

El GobiernodeChubut publicó el viernes pasado en el Boletín Oficial el Decreto Nº 168, por el cual se modifican normas anteriores y se crea la “Tarifa Social en los Servicios Públicos”.

El texto es extenso y difícildeentender en todas sus partes, por lo que este diario consultó a expertos en temasdeservicios públicos para poder tener una dimensión del impacto del decreto firmado por el gobernador Mariano Arcioni y los ministros Sergio Mammarelli (Coordinación); Alejandro Pagani (Infraestructura, Obras y Servicios Públicos); y Alejandro Garzonio (Economía).

La mayoría expresó dudas y hasta encendieron lucesdealarma porque el decreto modifica otros instrumentos similares que causaría un aumento en el costodela energía para grandes consumidores.

En los considerandos, el decreto indica que “se hace necesario en primer lugar, la modificacióndela distribución del Fondode Compensación Tarifaria a la energía eléctrica, cuyo objetivo principal es solventar los mayores costos del abastecimiento eléctrico del interior provincial,demododepoder mantener una tarifa más equitativa en dichas localidades”.

Según se entiende del Artículo 1º, se deroga el Decreto Nº 92/94, lo que implica que vuelve a estar vigente el Decreto Nº 634/93, y esto significa que se reimpone el recargo del 8% a todos los usuarios que se le factura energía eléctrica en la Provincia del Chubut.

Asimismo, se entiende que vuelve a estar vigente el Decreto Nº 1.632/91, que refiere al recargo del 3% sobre la facturacióndeenergía a consumidores finalesdeconsumos superiores a los 50 millonesdekwh/mes. En este caso, sólo como ejemplo, se puede citar a la empresa Aluar.

Con esto, se presume se obtendrían los recursos para la Tarifa Social y el Programa RENOVAR y los administraría el ENRE.

En el Artículo 2º del decreto conocido el viernes se crea la Tarifa SocialdeServicios Públicos, que abarcará los serviciosdeelectricidad, agua, cloacas y transporte público.

Detalles

En el Artículo 3º se explica que la Tarifa Social se financiará con fondos provenientesdela Ley 1.098 (que tiene por objeto cubrir los sobrecostosdegeneración y/o distribucióndeelectricidad para racionalizar tarifas). Según los analistas consultados, no resulta claro,de la redacción del decreto, los montos a asignar a la Tarifa Social. Algunos creen que podría ser sobre lo que se recaude en más sobre lo que actualmente se realiza por el 8% a usuarios residenciales y jubilados.

El Artículo 5º se refiere a la AutoridaddeAplicación del subsidiodela Ley 1.098. Este punto no cumpliría con esa ley, que establece que la Dirección GeneraldeServicios Públicos (DGSP) establecerá la política que permita racionalizar las tarifas con el fondo creado.

En este sentido, el MinisteriodeEconomía y el MinisteriodeInfraestructura distribuirán -con arreglo a la Ley 1.098- el saldo restante del Fondo, luegodela distribución del subsidio del Artículo 2º, directamente a las Municipalidades y Comunas Rurales del interiordeChubut con generación aislada y con arreglo a la cantidaddeusuarios que informará la DGSP, a findesolventar los desequilibrios tarifarios provocados por la generación aislada.

Deeste modo, no se cubrirían más los déficitsdelas cooperativasdeEl Maitén y Puerto Pirámides por estar conectadas al Sistema Interconectado. Y, dicen los especialistas, no habría un peso más para las cooperativas del interior.

El Artículo 6º indica que el MinisteriodeInfraestructura y Servicios Públicos asistirá a todas las corporaciones municipales y comisiones defomento para la regularizacióndelos servicios públicosdeagua, cloacas, electricidad conforme a la constitución.

Aislados

El Artículo 9º refiere al Programa RENOVAR para las localidades y parajes con generación aislada en el ámbito provincial. Empieza el procesodeconvocatoria para contratacióndeenergía eléctrica en fuentes renovables.

El artículo siguiente habladelos pliegos del Programa RENOVAR. En este caso, la secretariadeCiencia y Técnica y el ministro coordinador serán los encargadosdepreparar los pliegosdelicitación dentrodelos 30 díasdela publicación del decreto (30 días a partir del 15/03/18).

En el Artículo 12 se dan detalles del procesodeconvocatoria, cuyo objetivo es la ventadela energía eléctrica.

En este caso, el vendedor será considerado como agente generador; la compradora será el Estado provincial; y se especifica que el valor se determinará en dólares por megavatios/hora (U$S/MWh).

Hay que tener en cuenta que la FiscalíadeEstadodeChubut ha dictaminado que los servicios prestados por el Estado no deben ser abonados al prestador, debido a que es el propio Estado el prestador del servicio.#


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