Sarmiento: le dieron una nena para cuidar, la anotó como propia y quiso robársela a la madre

El Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia condenó a un sujeto a tres años de prisión en suspenso por adulterar la identidad de una menor de dos años para quedarse con ella.

13 MAY 2018 - 20:24 | Actualizado

Por Rolando Tobarez / @rtobarez

Se trata de Raúl Alberto Ignacio Repich. Por falsedad ideológica, durante 3 años Repich deberá fijar domicilio, presentarse cada semestre en la Secretaría de Ejecución dando cuenta de su conducta, no cometer nuevos delitos y abstenerse de armas, drogas y alcohol.

El sujeto reconoció como hija propia a la menor ante el Registro Civil de Sarmiento y le puso su apellido, sabiendo que no era su hija biológica. Repich es de José de San Martín y tiene 30 años. La pequeña era nacida en Corrientes.

El delito se consumó el 5 de noviembre de 2013 cuando Repich hizo su reconocimiento de paternidad falsa y alteró la identidad de la nena, modificando su partida de nacimiento. La pequeña fue anotada “haciendo insertar una falsedad al funcionario y vulnerando así la fe pública documental”, dice el fallo.

La madre denunció el caso en febrero de 2015. Relató que le entregó a la niña a Rapich para que la cuide. Pero luego el hombre sin permiso la reconoció como propia en el Registro Civil.

El hombre se arrepintió y admitió el episodio. “Cometió un error y fue por cariño que quiso quedarse con la bebé y la anotó como suya”. Antes lo accordó con su esposa. “Pensaba que estaba bien por la niña, fue a anotarla personalmente y cuando le explicaron que era un delito ya lo había cometido”. No hubo dinero de por medio. “Cometió el error de querer criarla y cuando se la pidieron no la quiso entregar, estuvo con él un año antes de inscribirla y luego un año y medio más hasta que la reclamó la madre. Tenía cerca de cuatro años cuando se fue”. Repich no sabía que no podía reconocerla. “En el campo donde se crió es de uso común reconocer hijos de otros para criarlos, así le pasó con los reconocidos por su padre”.

La madre declaró que llegó a Sarmiento cuando su hija tenía 1 año y 8 meses a vivir con su mamá. Cuando la abuela de la nena se va temporariamente a Misiones, quedaron solas. Tenía 14 años. Conoció a la mujer de Repich. “No sabía qué hacer, le dijo a la señora que dejaba a su hija para ver a su mamá y si podía cuidar a la nena hasta que venga”. Al regreso ya no se la dejó ver. “Le decían que no estaba, no la vio más, después se enteró que tenía documentos falsos y recurrió a una abogada para recuperarla”.

La abuela testimonió que en agosto de 2013 llegaron su hija y su nieta a Sarmiento. A los dos meses partió a Misiones y la nena quedó con la mujer de Repich. Al volver del norte fue a buscar a su hijita. “El señor la sacó cagando (…) Vio que le sacó el apellido y puso el suyo y le habían hecho documento falso”. Nunca hubo un acuerdo con Repich para que la anotara como propia. “Siempre supo que la dejó con la familia para que la cuide el tiempo que no estaba”. Hoy la madre vive en Corcovado y trabaja en la Municipalidad.

El examen de ADN probó que Repich no era el padre. De acuerdo al fallo, “el estado civil deriva de las relaciones de familia, institución básica de la sociedad, resultando indispensable protegerlo contra los actos que tiendan a desbaratarlo, mediante adulteraciones, maniobras fraudulentas, suplantaciones y con mayor énfasis, para el caso de menores”.

Hubo una “evidente e inmediata alteración del personalísimo derecho de la menor, a su verdadera identidad, a ser reconocida como descendiente de uno y no de otro, a la integralidad de su filiación, a pertenecer a cierto grupo familiar y social, también del de sus parientes, que ya la habían reconocido como tal y luego fueron puestos en entredicho por el delito”.

Repich “alteró con pleno conocimiento la situación legal de la niña, sustituyendo a su real progenitor y dañando a su madre, que la había entregado sólo para su cuidado temporal”.

Para el juez Enrique Guanziroli “encariñarse con un niño al que se cría con afecto a poco de nacer no da derecho a nadie a alterar su origen verdadero, a privar de sus derechos a la madre, se atenta así a la dignidad esencial de la persona humana, tampoco a dañar la fe pública, haciendo insertar falsedades al funcionario en los formularios”.

Se afectó a la madre porque “la llevaron a privarse un tiempo de la inmediación de su hija” y se añade el propósito de Repich “para separarla definitivamente de ella”. Aunque puede admitirse que el condenado actuó así –según sus dichos- porque era de una familia campesina en la que anotar como propios hijos ajenos era normal, “el pretendido error no fue tal y su intención dolosa estuvo presente ocupando a sabiendas la paternidad del otro y obteniendo documentos oficiales que no se correspondían con la verdad y la realidad, sustituyéndolas por su propia voluntad y sabiendo que se derivarían perjuicios; aún así tuvo la voluntad de hacerlo”.

Hasta la sentencia, a la nena la cuidó su abuela. Los documentos ya se corrigieron y la pequeña recuperó su identidad.

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13 MAY 2018 - 20:24

Por Rolando Tobarez / @rtobarez

Se trata de Raúl Alberto Ignacio Repich. Por falsedad ideológica, durante 3 años Repich deberá fijar domicilio, presentarse cada semestre en la Secretaría de Ejecución dando cuenta de su conducta, no cometer nuevos delitos y abstenerse de armas, drogas y alcohol.

El sujeto reconoció como hija propia a la menor ante el Registro Civil de Sarmiento y le puso su apellido, sabiendo que no era su hija biológica. Repich es de José de San Martín y tiene 30 años. La pequeña era nacida en Corrientes.

El delito se consumó el 5 de noviembre de 2013 cuando Repich hizo su reconocimiento de paternidad falsa y alteró la identidad de la nena, modificando su partida de nacimiento. La pequeña fue anotada “haciendo insertar una falsedad al funcionario y vulnerando así la fe pública documental”, dice el fallo.

La madre denunció el caso en febrero de 2015. Relató que le entregó a la niña a Rapich para que la cuide. Pero luego el hombre sin permiso la reconoció como propia en el Registro Civil.

El hombre se arrepintió y admitió el episodio. “Cometió un error y fue por cariño que quiso quedarse con la bebé y la anotó como suya”. Antes lo accordó con su esposa. “Pensaba que estaba bien por la niña, fue a anotarla personalmente y cuando le explicaron que era un delito ya lo había cometido”. No hubo dinero de por medio. “Cometió el error de querer criarla y cuando se la pidieron no la quiso entregar, estuvo con él un año antes de inscribirla y luego un año y medio más hasta que la reclamó la madre. Tenía cerca de cuatro años cuando se fue”. Repich no sabía que no podía reconocerla. “En el campo donde se crió es de uso común reconocer hijos de otros para criarlos, así le pasó con los reconocidos por su padre”.

La madre declaró que llegó a Sarmiento cuando su hija tenía 1 año y 8 meses a vivir con su mamá. Cuando la abuela de la nena se va temporariamente a Misiones, quedaron solas. Tenía 14 años. Conoció a la mujer de Repich. “No sabía qué hacer, le dijo a la señora que dejaba a su hija para ver a su mamá y si podía cuidar a la nena hasta que venga”. Al regreso ya no se la dejó ver. “Le decían que no estaba, no la vio más, después se enteró que tenía documentos falsos y recurrió a una abogada para recuperarla”.

La abuela testimonió que en agosto de 2013 llegaron su hija y su nieta a Sarmiento. A los dos meses partió a Misiones y la nena quedó con la mujer de Repich. Al volver del norte fue a buscar a su hijita. “El señor la sacó cagando (…) Vio que le sacó el apellido y puso el suyo y le habían hecho documento falso”. Nunca hubo un acuerdo con Repich para que la anotara como propia. “Siempre supo que la dejó con la familia para que la cuide el tiempo que no estaba”. Hoy la madre vive en Corcovado y trabaja en la Municipalidad.

El examen de ADN probó que Repich no era el padre. De acuerdo al fallo, “el estado civil deriva de las relaciones de familia, institución básica de la sociedad, resultando indispensable protegerlo contra los actos que tiendan a desbaratarlo, mediante adulteraciones, maniobras fraudulentas, suplantaciones y con mayor énfasis, para el caso de menores”.

Hubo una “evidente e inmediata alteración del personalísimo derecho de la menor, a su verdadera identidad, a ser reconocida como descendiente de uno y no de otro, a la integralidad de su filiación, a pertenecer a cierto grupo familiar y social, también del de sus parientes, que ya la habían reconocido como tal y luego fueron puestos en entredicho por el delito”.

Repich “alteró con pleno conocimiento la situación legal de la niña, sustituyendo a su real progenitor y dañando a su madre, que la había entregado sólo para su cuidado temporal”.

Para el juez Enrique Guanziroli “encariñarse con un niño al que se cría con afecto a poco de nacer no da derecho a nadie a alterar su origen verdadero, a privar de sus derechos a la madre, se atenta así a la dignidad esencial de la persona humana, tampoco a dañar la fe pública, haciendo insertar falsedades al funcionario en los formularios”.

Se afectó a la madre porque “la llevaron a privarse un tiempo de la inmediación de su hija” y se añade el propósito de Repich “para separarla definitivamente de ella”. Aunque puede admitirse que el condenado actuó así –según sus dichos- porque era de una familia campesina en la que anotar como propios hijos ajenos era normal, “el pretendido error no fue tal y su intención dolosa estuvo presente ocupando a sabiendas la paternidad del otro y obteniendo documentos oficiales que no se correspondían con la verdad y la realidad, sustituyéndolas por su propia voluntad y sabiendo que se derivarían perjuicios; aún así tuvo la voluntad de hacerlo”.

Hasta la sentencia, a la nena la cuidó su abuela. Los documentos ya se corrigieron y la pequeña recuperó su identidad.


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