La ANMAT prohibió todos los productos de una empresa panificadora de Chubut

Se trata del establecimiento Marcos, basado en la localidad de El Hoyo. Según el organismo nacional, sus productos (prepizzas, facturas y pan) se encuentran en infracción de una serie de artículos del Código Alimentario Argentino (CAA), están falsamente rotulados y no se elaboran en el lugar declarado.

18 MAY 2018 - 11:45 | Actualizado

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió este viernes la comercialización de algunos productos médicos y todos los de una panificadora de la localidad de El Hoyo, en Chubut, por infringir varias normas del Código Alimentario Argentino (CAA).

En la disposición 4922/2018, publicada este viernes en el Boletín Oficial, la Anmat dispuso, a raíz de una serie de actuaciones del Departamento Provincial de Bromatología de la provincia del Chubut, la baja del establecimiento, por lo que se  procedió al decomiso de cualquier producto marca Marcos y Majo.
     
Los productos son los siguientes:

   -Facturas surtidas, Registro Nacional de Productos Alimenticios  (RNPA) N° 07-004082, marca: Marcos.
   -Masa para pizza con tomate (prepizza- pizzeta), RNPA N° 0-7004083, marca: Marcos.
   -Pan con salvado, RNPA N° 07-004084, marca: Marcos.
   -Pan rallado, RNPA N° 07-004085, marca: Marcos.
   -Pan, RNPA N° 07-004087, marca: Marcos.
   -Pan con grasa, RNPA N° 07-004088, marca: Marcos.
   -Pan con grasa, RNPA N° 07-005028, marca: Majo.
   -Pan, RNPA N° 07-005029, marca: Majo.
   -Pan rallado, RNPA N° 07-005030, marca: Majo; pan con salvado,  RNPA N° 07-005031, marca: Majo.
   -Masa para pizza-prepizza-pizzeta, RNPA N° 07-005032, marca:  Majo.
   -Facturas surtidas, RNPA N° 07-005033, marca: Majo.
   
Todos estos productos eran elaborados por el establecimiento Panificadora Marcos, Registro Nacional de Establecimiento (RNE) N° 07-000400, como asimismo todo otro producto elaborado por ese establecimiento.

Según el organismo nacional, se encuentran en infracción de una serie de artículos del Código Alimentario Argentino (CAA) ya que carecen de autorizaciones de producto y de establecimiento, están falsamente rotulados y no se elaboran en el lugar declarado, resultando ser  en consecuencia ilegales.



Medicamentos
   
También, a través de la disposición 4923/2018, la Anmat prohibió el uso, comercialización y distribución de los siguientes artículos médicos: "OPTIOL FOLD / Hydrophilic Acrylic Foldable Intraocular  lens (Sterile)/ Acrylic Foldable Intraocular lens with 360° PCO  Barrier Optics/ BEMEDIS E. K Breitewiesen 4, 75210 Keltern,  GERMANY/ Batch Nº F170523A/ Mfg Dt.: 2017/06/Exp. Dt.: 2020/05";  OPTIOL ENVU/ / Hydrophilic Acrylic Foldable Intraocular lens  (Sterile)/ Negative Aspheric Aberration Free IOL with 360° PCO  Barrier Optics/ CMC Medical Devices & Drugs S.L:/C/ Horacio Lengo  Nº 18/CP 29006, Málaga/SPAIN/Batch No.: F170523A/Mfg. Dt.:  2020/05".


 
"Se trata de productos no autorizados por esta Administración,  la DVS considera que no se puede asegurar que éstos cumplan con  los requisitos mínimos sanitarios y con las exigencias que  permiten garantizar la calidad, seguridad y eficacia de estos  tipos de productos médicos", explicó la autoridad reguladora en  los considerandos de la medida. 
 

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18 MAY 2018 - 11:45

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió este viernes la comercialización de algunos productos médicos y todos los de una panificadora de la localidad de El Hoyo, en Chubut, por infringir varias normas del Código Alimentario Argentino (CAA).

En la disposición 4922/2018, publicada este viernes en el Boletín Oficial, la Anmat dispuso, a raíz de una serie de actuaciones del Departamento Provincial de Bromatología de la provincia del Chubut, la baja del establecimiento, por lo que se  procedió al decomiso de cualquier producto marca Marcos y Majo.
     
Los productos son los siguientes:

   -Facturas surtidas, Registro Nacional de Productos Alimenticios  (RNPA) N° 07-004082, marca: Marcos.
   -Masa para pizza con tomate (prepizza- pizzeta), RNPA N° 0-7004083, marca: Marcos.
   -Pan con salvado, RNPA N° 07-004084, marca: Marcos.
   -Pan rallado, RNPA N° 07-004085, marca: Marcos.
   -Pan, RNPA N° 07-004087, marca: Marcos.
   -Pan con grasa, RNPA N° 07-004088, marca: Marcos.
   -Pan con grasa, RNPA N° 07-005028, marca: Majo.
   -Pan, RNPA N° 07-005029, marca: Majo.
   -Pan rallado, RNPA N° 07-005030, marca: Majo; pan con salvado,  RNPA N° 07-005031, marca: Majo.
   -Masa para pizza-prepizza-pizzeta, RNPA N° 07-005032, marca:  Majo.
   -Facturas surtidas, RNPA N° 07-005033, marca: Majo.
   
Todos estos productos eran elaborados por el establecimiento Panificadora Marcos, Registro Nacional de Establecimiento (RNE) N° 07-000400, como asimismo todo otro producto elaborado por ese establecimiento.

Según el organismo nacional, se encuentran en infracción de una serie de artículos del Código Alimentario Argentino (CAA) ya que carecen de autorizaciones de producto y de establecimiento, están falsamente rotulados y no se elaboran en el lugar declarado, resultando ser  en consecuencia ilegales.



Medicamentos
   
También, a través de la disposición 4923/2018, la Anmat prohibió el uso, comercialización y distribución de los siguientes artículos médicos: "OPTIOL FOLD / Hydrophilic Acrylic Foldable Intraocular  lens (Sterile)/ Acrylic Foldable Intraocular lens with 360° PCO  Barrier Optics/ BEMEDIS E. K Breitewiesen 4, 75210 Keltern,  GERMANY/ Batch Nº F170523A/ Mfg Dt.: 2017/06/Exp. Dt.: 2020/05";  OPTIOL ENVU/ / Hydrophilic Acrylic Foldable Intraocular lens  (Sterile)/ Negative Aspheric Aberration Free IOL with 360° PCO  Barrier Optics/ CMC Medical Devices & Drugs S.L:/C/ Horacio Lengo  Nº 18/CP 29006, Málaga/SPAIN/Batch No.: F170523A/Mfg. Dt.:  2020/05".


 
"Se trata de productos no autorizados por esta Administración,  la DVS considera que no se puede asegurar que éstos cumplan con  los requisitos mínimos sanitarios y con las exigencias que  permiten garantizar la calidad, seguridad y eficacia de estos  tipos de productos médicos", explicó la autoridad reguladora en  los considerandos de la medida. 
 


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