Un fallo de la jueza de Familia María Marta Nieto ordenó el levantamiento del paro docente llevado a cabo en Comodoro Rivadavia y Rada Tilly. La resolución fue luego de un recurso presentado por un grupo de padres que reclamaban por el derecho a la educación de sus hijos, teniendo en cuenta la cantidad de días de clase perdidos por las medidas de fuerza. En caso de no cumplir lo dictaminado, se podría proceder a la sanción a través de una multa.
De este modo, se dio lugar a la presentación de la Oficina de Derechos y Garantías de la Niñez, Adolescencia y Familia en representación de todos los niños, niñas y adolescentes que se encuentran inscriptos, canal por donde se presentó el recurso.
Por otra parte, la jueza de Comodoro exhorta el Ministerio de Educación a presentar un plan que contemple los reclamos gremiales que se están dando en el marco de la mesa de negociación.
En la parte resolutiva, el primer punto establece “hacer lugar a la Medida Cautelar solicitada por la Oficina de Derechos y Garantías de la Niñez, Adolescencia y Familia, acompañada por la Asesoría de Familia de Comodoro Rivadavia y en consecuencia disponer como medida innovativa la prohibición de suspender el dictado de clases con motivo en medidas de fuerza adoptadas gremialmente, en los tres niveles educativos, inicial, primario y secundario, de todos los establecimientos educativos de la ciudad de Comodoro Rivadavia y Rada Tilly, debiendo los docentes cesar en las medidas de fuerza cualquiera sea su modalidad, que impidan la normal prestación del servicio de educación, bajo apercibimiento de imponer sanciones pecuniarias o de otra índole a fin de vencer la resistencia a su cumplimiento”.
En segundo lugar, la presente medida cautelar se encontrará vigente durante el tiempo que demore el proceso principal de amparo, hasta su resolución definitiva.
A la vez, se exhorta al Poder Ejecutivo y al Ministerio de Educación para que en un término de VEINTE (20) DÍAS HÁBILES informe a este Juzgado, respecto de las medidas a adoptar en lo inmediato y a mediano plazo, para revertir la situación lesiva al derecho a la educación de los niños, niñas y adolescentes de esta ciudad, que contemplen los reclamos gremiales de público conocimiento, como asimismo, el resultado de la conciliación obligatoria en proceso, bajo apercibimiento de imponer sanciones pecuniarias o de otra índole a fin de vencer la resistencia a su cumplimiento”.
Asimismo “ordenar al Ministerio de Educación de la Provincia de Chubut, que disponga las gestiones que sean necesarias a fin de que desde cada Dirección de los Establecimientos Educativos, nivel inicial, primario y secundario, de la ciudad de Comodoro Rivadavia y Rada Tilly, se notifique personalmente a todos los docentes la presente resolución, en el término de 3 días de recibida la rogatoria”.#
Un fallo de la jueza de Familia María Marta Nieto ordenó el levantamiento del paro docente llevado a cabo en Comodoro Rivadavia y Rada Tilly. La resolución fue luego de un recurso presentado por un grupo de padres que reclamaban por el derecho a la educación de sus hijos, teniendo en cuenta la cantidad de días de clase perdidos por las medidas de fuerza. En caso de no cumplir lo dictaminado, se podría proceder a la sanción a través de una multa.
De este modo, se dio lugar a la presentación de la Oficina de Derechos y Garantías de la Niñez, Adolescencia y Familia en representación de todos los niños, niñas y adolescentes que se encuentran inscriptos, canal por donde se presentó el recurso.
Por otra parte, la jueza de Comodoro exhorta el Ministerio de Educación a presentar un plan que contemple los reclamos gremiales que se están dando en el marco de la mesa de negociación.
En la parte resolutiva, el primer punto establece “hacer lugar a la Medida Cautelar solicitada por la Oficina de Derechos y Garantías de la Niñez, Adolescencia y Familia, acompañada por la Asesoría de Familia de Comodoro Rivadavia y en consecuencia disponer como medida innovativa la prohibición de suspender el dictado de clases con motivo en medidas de fuerza adoptadas gremialmente, en los tres niveles educativos, inicial, primario y secundario, de todos los establecimientos educativos de la ciudad de Comodoro Rivadavia y Rada Tilly, debiendo los docentes cesar en las medidas de fuerza cualquiera sea su modalidad, que impidan la normal prestación del servicio de educación, bajo apercibimiento de imponer sanciones pecuniarias o de otra índole a fin de vencer la resistencia a su cumplimiento”.
En segundo lugar, la presente medida cautelar se encontrará vigente durante el tiempo que demore el proceso principal de amparo, hasta su resolución definitiva.
A la vez, se exhorta al Poder Ejecutivo y al Ministerio de Educación para que en un término de VEINTE (20) DÍAS HÁBILES informe a este Juzgado, respecto de las medidas a adoptar en lo inmediato y a mediano plazo, para revertir la situación lesiva al derecho a la educación de los niños, niñas y adolescentes de esta ciudad, que contemplen los reclamos gremiales de público conocimiento, como asimismo, el resultado de la conciliación obligatoria en proceso, bajo apercibimiento de imponer sanciones pecuniarias o de otra índole a fin de vencer la resistencia a su cumplimiento”.
Asimismo “ordenar al Ministerio de Educación de la Provincia de Chubut, que disponga las gestiones que sean necesarias a fin de que desde cada Dirección de los Establecimientos Educativos, nivel inicial, primario y secundario, de la ciudad de Comodoro Rivadavia y Rada Tilly, se notifique personalmente a todos los docentes la presente resolución, en el término de 3 días de recibida la rogatoria”.#