Con esta decisión quedó firme esta sentencia, y se ratifica lo actuado por la comuna y por los ediles que aprobaron la ordenanza del canje.
Los camaristas resolvieron que “la presentación en análisis no pudo demostrar la definitividad del decisorio recurrido, tal como se requiere para habilitar la instancia de la casación intentada que corresponde declarar la inadmisibilidad del recurso extraordinario de casación planteado por la parte actora”.
La Cámara manifestó que “la recurrente no ha podido demostrar, tal como lo requiere la procedencia del recurso intentado, que la sentencia impugnada le vede su posibilidad de incoar su pretensión mediante una acción de conocimiento o que la misma no exista”.
Con esta decisión quedó firme esta sentencia, y se ratifica lo actuado por la comuna y por los ediles que aprobaron la ordenanza del canje.
Los camaristas resolvieron que “la presentación en análisis no pudo demostrar la definitividad del decisorio recurrido, tal como se requiere para habilitar la instancia de la casación intentada que corresponde declarar la inadmisibilidad del recurso extraordinario de casación planteado por la parte actora”.
La Cámara manifestó que “la recurrente no ha podido demostrar, tal como lo requiere la procedencia del recurso intentado, que la sentencia impugnada le vede su posibilidad de incoar su pretensión mediante una acción de conocimiento o que la misma no exista”.