Confirmaron la prisión de un condenado por abuso sexual

Un tribunal de control de la prisión preventiva compuesto por los jueces de Comodoro Rivadavia, Gladys Olavarría y Mariano Nicosia resolvió mantener la prisión preventiva que pesa sobre Pantaleón Bustamante, condenado a 8 años de prisión por abuso sexual con acceso carnal, agravado por la condicición de guardador de la víctima en dos hechos.

31 JUL 2018 - 21:23 | Actualizado

La decisión de los magistrados se produjo en el marco de una audiencia de control hasta que la sentencia quede firme por el recurso extraordinario de la defensa, y que su estado de inocencia aún prevalece.

Sin embargo la situación procesal que atraviesa la causa, con doble conforme, la gravedad del hecho y la entidad de la pena abonan el peligro de fuga. Los argumentos del defensor no son lo suficientemente sólidos para derribar los de la Fiscalía, sostuvieron los jueces. Existe un riesgo procesal objetivo, una pena alta y el estado del proceso no permite sustituir la prisión preventiva por otra medida, detalló un informe de la Fiscalía de esa urbe petrolera chubutense.

Resumen

En un primer momento desde la Fiscalía se hizo un resumen del trámite del caso cuando el 30 de enero se realizó una audiencia de control de la prisión preventiva, como la presente.

El año pasado se resolvió luego de un debate la responsabilidad penal del imputado Pantaleón Bustamante por “abuso sexual con acceso carnal, dos hechos en concurso real, agravado por la situación de guarda”. Luego de una instancia de nulidad del debate y la sentencia, intervino la Cámara penal local que confirmó dicha sentencia de responsabilidad, parcialmente, con fecha 5 de julio de 2017.

Había quedado pendiente la audiencia de imposición de pena, la Cámara remite al tribunal de juicio las actuaciones para que se realice la audiencia de imposición de pena. En dicha audiencia se lo condenó a la pena de 8 años de prisión.

A la fecha se encuentra a resolver un recurso extraordinario interpuesto por la defensa del condenado; y ya se ha realizado la correspondiente audiencia ante la Sala en lo Penal del Superior Tribunal de Justicia provincial.

Entendieron los acusadores públicos que de acuerdo a estos antecedentes se ha dado el doble conforme en la causa y lo único que resta por resolver es esta impugnación de la defensa.

Respecto del mantenimiento de la prisión preventiva que pesa sobre Bustamante ya que se mantienen las condiciones por las cuales se les confirmó la medida en enero del presente año.

Solicitaron la continuidad de la medida de coerción hasta que la sentencia quede firme, para asegurar la aplicación de la Ley penal. Recordaron que la pena impuesta por el tribunal de juicio luego fue confirmada por un tribunal superior.

Entendieron que la medida de coerción que pesa en su contra es insustituible por el peligro de fuga y la entidad de la pena impuesta.

El defensor se refirió al principio de inocencia que rige hasta que la sentencia quede firme, en el presente caso la sentencia no se encuentra firme, entonces rige el principio de inocencia, argumentó. Se ha interpuesto un recurso extraordinario ante el Superior Tribunal de Justicia de la provincia y aún no hay condena firme.

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31 JUL 2018 - 21:23

La decisión de los magistrados se produjo en el marco de una audiencia de control hasta que la sentencia quede firme por el recurso extraordinario de la defensa, y que su estado de inocencia aún prevalece.

Sin embargo la situación procesal que atraviesa la causa, con doble conforme, la gravedad del hecho y la entidad de la pena abonan el peligro de fuga. Los argumentos del defensor no son lo suficientemente sólidos para derribar los de la Fiscalía, sostuvieron los jueces. Existe un riesgo procesal objetivo, una pena alta y el estado del proceso no permite sustituir la prisión preventiva por otra medida, detalló un informe de la Fiscalía de esa urbe petrolera chubutense.

Resumen

En un primer momento desde la Fiscalía se hizo un resumen del trámite del caso cuando el 30 de enero se realizó una audiencia de control de la prisión preventiva, como la presente.

El año pasado se resolvió luego de un debate la responsabilidad penal del imputado Pantaleón Bustamante por “abuso sexual con acceso carnal, dos hechos en concurso real, agravado por la situación de guarda”. Luego de una instancia de nulidad del debate y la sentencia, intervino la Cámara penal local que confirmó dicha sentencia de responsabilidad, parcialmente, con fecha 5 de julio de 2017.

Había quedado pendiente la audiencia de imposición de pena, la Cámara remite al tribunal de juicio las actuaciones para que se realice la audiencia de imposición de pena. En dicha audiencia se lo condenó a la pena de 8 años de prisión.

A la fecha se encuentra a resolver un recurso extraordinario interpuesto por la defensa del condenado; y ya se ha realizado la correspondiente audiencia ante la Sala en lo Penal del Superior Tribunal de Justicia provincial.

Entendieron los acusadores públicos que de acuerdo a estos antecedentes se ha dado el doble conforme en la causa y lo único que resta por resolver es esta impugnación de la defensa.

Respecto del mantenimiento de la prisión preventiva que pesa sobre Bustamante ya que se mantienen las condiciones por las cuales se les confirmó la medida en enero del presente año.

Solicitaron la continuidad de la medida de coerción hasta que la sentencia quede firme, para asegurar la aplicación de la Ley penal. Recordaron que la pena impuesta por el tribunal de juicio luego fue confirmada por un tribunal superior.

Entendieron que la medida de coerción que pesa en su contra es insustituible por el peligro de fuga y la entidad de la pena impuesta.

El defensor se refirió al principio de inocencia que rige hasta que la sentencia quede firme, en el presente caso la sentencia no se encuentra firme, entonces rige el principio de inocencia, argumentó. Se ha interpuesto un recurso extraordinario ante el Superior Tribunal de Justicia de la provincia y aún no hay condena firme.


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