El Gobierno impone nuevas condiciones para exportar gas

El Gobierno aprobó hoy un nuevo procedimiento para la autorización de exportaciones de gas natural, que de ahora en más deberán ajustarse "a los principios de transparencia, no discriminación e interés público".

22 AGO 2018 - 9:32 | Actualizado

 


    A la vez, aclaró que las autorizaciones, "cualquiera fuere su clase, serán otorgadas en la medida que, y quedarán condicionadas a que, no se afecte la seguridad del abastecimiento del mercado interno".

   Según el texto oficial, para "ordenar" el régimen de exportaciones, "se consideraran operaciones de exportaciones de corto y largo plazo, firmes e interrumpibles, y exportaciones estivales e intercambios operativos, en cualquiera de los casos, siempre condicionadas a la seguridad del abastecimiento interno".

   "La información que se presente a los efectos de la solicitud de autorización de exportación tendrá carácter público, de forma tal que los posibles demandantes de gas natural en el mercado interno, los interesados en realizar inversiones en transporte y distribución y las autoridades competentes, puedan conocer de manera adecuada y veraz todos los aspectos relevantes", de acuerdo con la resolución.

   Además, resaltó que por las circunstancias expuestas, y transcurridos casi 20 años del dictado de la Resolución N° 299 del 14 de julio de 1998 de la ex Secretaría de Energía, "amerita de la emisión de una normativa moderna, que contemple e instaure un nuevo régimen para las exportaciones de gas natural".

   Energía justificó esta decisión al señalar que "es necesario crear un régimen expeditivo de otorgamiento de permisos de exportación, en tanto el solicitante haya proporcionado la información suficiente para el análisis de su factibilidad".

   Por ese motivo, el Ministerio consideró esencial "contar con un procedimiento administrativo transparente y no discriminatorio, que asegure a los consumidores internos la posibilidad de adquirir el gas natural propuesto para la exportación".

 

 

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22 AGO 2018 - 9:32

 


    A la vez, aclaró que las autorizaciones, "cualquiera fuere su clase, serán otorgadas en la medida que, y quedarán condicionadas a que, no se afecte la seguridad del abastecimiento del mercado interno".

   Según el texto oficial, para "ordenar" el régimen de exportaciones, "se consideraran operaciones de exportaciones de corto y largo plazo, firmes e interrumpibles, y exportaciones estivales e intercambios operativos, en cualquiera de los casos, siempre condicionadas a la seguridad del abastecimiento interno".

   "La información que se presente a los efectos de la solicitud de autorización de exportación tendrá carácter público, de forma tal que los posibles demandantes de gas natural en el mercado interno, los interesados en realizar inversiones en transporte y distribución y las autoridades competentes, puedan conocer de manera adecuada y veraz todos los aspectos relevantes", de acuerdo con la resolución.

   Además, resaltó que por las circunstancias expuestas, y transcurridos casi 20 años del dictado de la Resolución N° 299 del 14 de julio de 1998 de la ex Secretaría de Energía, "amerita de la emisión de una normativa moderna, que contemple e instaure un nuevo régimen para las exportaciones de gas natural".

   Energía justificó esta decisión al señalar que "es necesario crear un régimen expeditivo de otorgamiento de permisos de exportación, en tanto el solicitante haya proporcionado la información suficiente para el análisis de su factibilidad".

   Por ese motivo, el Ministerio consideró esencial "contar con un procedimiento administrativo transparente y no discriminatorio, que asegure a los consumidores internos la posibilidad de adquirir el gas natural propuesto para la exportación".

 

 


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