Absolvieron a acusado de un crimen por legítima defensa

Tras un juicio oral y público desarrollado en la sala de la oficina judicial de Trelew, los jueces Ivana González, César Zaratiegui y Sergio Piñeda resolvieron por unanimidad absolver a Domingo Huentemil por la acusación de homicidio agravado por uso de arma de fuego, verificándose que actuó en legítima defensa.

Ivana González y Sergio Piñeda consideraron la legítima defensa.
29 AGO 2018 - 21:10 | Actualizado

El hecho abordado fue el del viernes 25 de marzo de 2016, cerca de las 19.45, cuando frente al domicilio del imputado se apersonaron Jonathan Millar y Marcos Flores, produciéndose una discusión entre los tres, tras lo cual Huentemil, se hizo de una escopeta tipo carabina efectuando tres disparos, los que provocaron heridas en Flores, y uno de ellos impactó en la humanidad de Millar, cuya grave lesión lo llevó a su muerte.
Para los magistrados están afirmadas la materialidad y autoría, derivándose la discusión hacia la calificación jurídica esgrimida por las partes. Se tuvo en cuenta las manifestaciones realizadas por el propio Huentemil a la Policía y también a allegados que atestiguaron durante el debate, pero también se acreditó que Millar y Flores atacaron en aquella jornada durante varias oportunidades el domicilio del imputado, quien se encontraba junto a una hija y un nieto. Se trata de un conflicto familiar de vieja data, que reconoce una historia de violencia recurrente y Huentemil no provocó la agresión a la que fue sometido él y sus familiares.
Recurrió el tribunal a los informes técnicos y pericias brindadas al dilucidar que finalmente quien disparó el arma, no tuvo otro modo de defensa, siendo una persona mayor de edad con evidentes problemas de salud debidamente certificados y que debió enfrentar la permanente agresión de personas mucho más jóvenes y con recursos para llevar adelante sus propósitos. Es por todo ello que el cuerpo colegiado dio como dadas las condiciones para absolver a Domingo Huentemil por el delito de homicidio, el cual se le había endilgado en forma acusatoria, debido a que opera en el hecho la legítima defensa propia y para terceros.#

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Ivana González y Sergio Piñeda consideraron la legítima defensa.
29 AGO 2018 - 21:10

El hecho abordado fue el del viernes 25 de marzo de 2016, cerca de las 19.45, cuando frente al domicilio del imputado se apersonaron Jonathan Millar y Marcos Flores, produciéndose una discusión entre los tres, tras lo cual Huentemil, se hizo de una escopeta tipo carabina efectuando tres disparos, los que provocaron heridas en Flores, y uno de ellos impactó en la humanidad de Millar, cuya grave lesión lo llevó a su muerte.
Para los magistrados están afirmadas la materialidad y autoría, derivándose la discusión hacia la calificación jurídica esgrimida por las partes. Se tuvo en cuenta las manifestaciones realizadas por el propio Huentemil a la Policía y también a allegados que atestiguaron durante el debate, pero también se acreditó que Millar y Flores atacaron en aquella jornada durante varias oportunidades el domicilio del imputado, quien se encontraba junto a una hija y un nieto. Se trata de un conflicto familiar de vieja data, que reconoce una historia de violencia recurrente y Huentemil no provocó la agresión a la que fue sometido él y sus familiares.
Recurrió el tribunal a los informes técnicos y pericias brindadas al dilucidar que finalmente quien disparó el arma, no tuvo otro modo de defensa, siendo una persona mayor de edad con evidentes problemas de salud debidamente certificados y que debió enfrentar la permanente agresión de personas mucho más jóvenes y con recursos para llevar adelante sus propósitos. Es por todo ello que el cuerpo colegiado dio como dadas las condiciones para absolver a Domingo Huentemil por el delito de homicidio, el cual se le había endilgado en forma acusatoria, debido a que opera en el hecho la legítima defensa propia y para terceros.#


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