Los cambios al Código Penal que se aprobarán en Chubut

Buscan agilizar las causas, avanzar en la instrumentación de las prisiones preventivas y mejorar la aplicación de los juicios abreviados. Qué paso con los casos de flagrancia.

15 SEP 2018 - 21:03 | Actualizado

Tras el trabajo de la Comisión Interpoderes entre diputados, el Poder Ejecutivo y la Justicia, finalmente el Ministerio Público Fiscal ha elevado a la Legislatura una propuesta definitiva para modificar el Código Procesal Penal. Ahora esperan que se dé la discusión en la Cámara de Diputados y se apruebe el proyecto. Buscan generar sentencias más rápidas y también realizar modificaciones sobre las preventivas, los juicios abreviados y los casos en flagrancia.

El procurador general Jorge Miquelarena, detalló cómo serán las modificaciones que impulsan, para dar una mayor agilidad al sistema judicial. “Estas propuestas de reforma pretenden más juicios y más rápidos y más sentencias”.

Sobre las prisiones preventivas, puntualizó el procurador en ciertos casos que se dan habitualmente. “Por ejemplo la prisión preventiva para personas que tienen medidas de coerción como la prohibición de acercamiento por género y la violentan. Es darle una herramienta más al juez para dictar la preventiva en esas situaciones”.

También aludió al “peligro de fuga como ingrediente para los casos en las que la persona llega al juicio en libertad, pero luego de la sentencia de primera instancia es condenado privado de la libertad. Es un riesgo inminente de fuga y debe quedar privado de la libertad”.

Otro de los debates que se da con el nuevo Código que se impulsa es sobre la cantidad de magistrados que tienen que resolver el proceso acusatorio. “Es discutir sobre los juicios unipersonales o colegiados. No tiene sentido mantener juicios colegiados con tres jueces para determinados delitos, porque de ese modo se triplica la capacidad operativa de los jueces. Es muy difícil conformar el Tribunal y se necesitan muchos jueces para un solo caso. Subiendo el techo de los juicios unipersonales, se triplicaría la cantidad de jueces, más juicios y más sentencias”.

Para aquellas situaciones que se den en flagrancia “es importante que se aplique lo que se conoce como procedimiento rápido. En no más de 30 días tendría que haber una sentencia. La prueba que se requiere es mínima al captar a quien hizo el delito infraganti y no tienen sentido los 6 meses de pruebas. Creemos que esto fracasa porque no hay un juez específico para flagrancia. Por ello pedimos que el Superior autorice un juez para los casos de flagrancia”.

En lo referido a los juicios abreviados, Miquelarena también justificó la necesidad de reformas: “Son los casos donde el imputado reconoce el hecho tal como fue descripto, con esa colaboración pretende reducción de pena, en el código esta previsto el juicio abreviado, pero en nuestro código prevé el juicio abreviado en casos que el fiscal pide 8 años o inferior y quedan afuera la gran mayoría de los homicidios. Cuando en el resto de las provincias no es así. Modificar el piso del artículo, para lograr más juicios abreviados”.

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15 SEP 2018 - 21:03

Tras el trabajo de la Comisión Interpoderes entre diputados, el Poder Ejecutivo y la Justicia, finalmente el Ministerio Público Fiscal ha elevado a la Legislatura una propuesta definitiva para modificar el Código Procesal Penal. Ahora esperan que se dé la discusión en la Cámara de Diputados y se apruebe el proyecto. Buscan generar sentencias más rápidas y también realizar modificaciones sobre las preventivas, los juicios abreviados y los casos en flagrancia.

El procurador general Jorge Miquelarena, detalló cómo serán las modificaciones que impulsan, para dar una mayor agilidad al sistema judicial. “Estas propuestas de reforma pretenden más juicios y más rápidos y más sentencias”.

Sobre las prisiones preventivas, puntualizó el procurador en ciertos casos que se dan habitualmente. “Por ejemplo la prisión preventiva para personas que tienen medidas de coerción como la prohibición de acercamiento por género y la violentan. Es darle una herramienta más al juez para dictar la preventiva en esas situaciones”.

También aludió al “peligro de fuga como ingrediente para los casos en las que la persona llega al juicio en libertad, pero luego de la sentencia de primera instancia es condenado privado de la libertad. Es un riesgo inminente de fuga y debe quedar privado de la libertad”.

Otro de los debates que se da con el nuevo Código que se impulsa es sobre la cantidad de magistrados que tienen que resolver el proceso acusatorio. “Es discutir sobre los juicios unipersonales o colegiados. No tiene sentido mantener juicios colegiados con tres jueces para determinados delitos, porque de ese modo se triplica la capacidad operativa de los jueces. Es muy difícil conformar el Tribunal y se necesitan muchos jueces para un solo caso. Subiendo el techo de los juicios unipersonales, se triplicaría la cantidad de jueces, más juicios y más sentencias”.

Para aquellas situaciones que se den en flagrancia “es importante que se aplique lo que se conoce como procedimiento rápido. En no más de 30 días tendría que haber una sentencia. La prueba que se requiere es mínima al captar a quien hizo el delito infraganti y no tienen sentido los 6 meses de pruebas. Creemos que esto fracasa porque no hay un juez específico para flagrancia. Por ello pedimos que el Superior autorice un juez para los casos de flagrancia”.

En lo referido a los juicios abreviados, Miquelarena también justificó la necesidad de reformas: “Son los casos donde el imputado reconoce el hecho tal como fue descripto, con esa colaboración pretende reducción de pena, en el código esta previsto el juicio abreviado, pero en nuestro código prevé el juicio abreviado en casos que el fiscal pide 8 años o inferior y quedan afuera la gran mayoría de los homicidios. Cuando en el resto de las provincias no es así. Modificar el piso del artículo, para lograr más juicios abreviados”.


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