Caso Rojas: piden cambio de calificación para Donnini

La defensa del taxista acusado del crimen de la estudiante de abogacía elevaron al STJ el pedido para modificar la calificación y la pena

30 OCT 2018 - 12:56 | Actualizado

Se llevó a cabo en el edificio del Superior Tribunal de Justicia, la audiencia de impugnación extraordinaria presentada por la Defensa de Dante Donnini, condenado a prisión perpetua por el crimen de la joven estudiante de abogacía, Diana Rojas.
 
La Cámara Penal de Puerto Madryn, integrada por los Dres. Rafael Luchelli, Claudia Trincheri y Leonardo Pitcovski, ratificaron el fallo contra el taxista por considerarlo autor material de femicidio y homicidio criminis causae. Ahora, el abogado Martin Castro, pidió que se modifique la calificación del hecho a homicidio simple.
 
Al exponer ante el tribunal integrado por los Dres. Mario Vivas, Alejandro Panizzi y Miguel Ángel Donnet, la defensa cuestionó el fallo de los camaristas por considerar que arribaron a un fallo arbitrario e ilógico, basado solo en conjeturas, con errónea valoración de la prueba e incorrecta aplicación de la ley penal.
  
Castro adujo que no existen pruebas fehacientes que acrediten que el crimen se haya cometido con un móvil de abuso sexual, enfatizó que no se encontraron muestras de ADN de Donnini en ninguna prenda de la víctima y que las pericias psicológicas realizadas al condenado no evidencian que tenga una patología sexual.
 
Con respecto a la condena por femicidio, el abogado de Donnini indicó que el crimen se produjo por una manifestación violenta pero sin advertirse la existencia de un contexto de género o patriarcal y aseveró que quedó comprobado en el juicio que el taxista no tiene un componente psicológico misógino.
 
El abogado de la familia Rojas, Carlos Villada, dijo en primer lugar que “la queja no es autosuficiente porque adolece de un elemento primordial: el hecho no está descripto, la defensa dice que los jueces se equivocaron pero no explica de qué manera ocurrieron los hechos”.
 
Luego, manifestó que en el juicio quedó acreditado claramente que “hubo un rapto, un ataque a la víctima y que Donnini mató para lograr su impunidad, porque sabía perfectamente que Diana lo iba a denunciar”.
 
Con respecto a la calificación de femicidio, Villada sostuvo que “el homicida utilizó un arma blanca, la llevó a un lugar lejano, no le dio chances de escapar ni de pedir de ayuda, se valió de una situación dominante, sometiéndola y cosificándola”. Agregó que “Donnini tuvo dominio absoluto del acto, la sojuzgó, la llevó a un descampado para abusarla y la mató. Toda la violencia ejercida constituye un femicidio”.
 
Ahora, el Superior Tribunal de Justicia, será el encargado de resolver sobre las cuestiones planteadas.
 

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30 OCT 2018 - 12:56

Se llevó a cabo en el edificio del Superior Tribunal de Justicia, la audiencia de impugnación extraordinaria presentada por la Defensa de Dante Donnini, condenado a prisión perpetua por el crimen de la joven estudiante de abogacía, Diana Rojas.
 
La Cámara Penal de Puerto Madryn, integrada por los Dres. Rafael Luchelli, Claudia Trincheri y Leonardo Pitcovski, ratificaron el fallo contra el taxista por considerarlo autor material de femicidio y homicidio criminis causae. Ahora, el abogado Martin Castro, pidió que se modifique la calificación del hecho a homicidio simple.
 
Al exponer ante el tribunal integrado por los Dres. Mario Vivas, Alejandro Panizzi y Miguel Ángel Donnet, la defensa cuestionó el fallo de los camaristas por considerar que arribaron a un fallo arbitrario e ilógico, basado solo en conjeturas, con errónea valoración de la prueba e incorrecta aplicación de la ley penal.
  
Castro adujo que no existen pruebas fehacientes que acrediten que el crimen se haya cometido con un móvil de abuso sexual, enfatizó que no se encontraron muestras de ADN de Donnini en ninguna prenda de la víctima y que las pericias psicológicas realizadas al condenado no evidencian que tenga una patología sexual.
 
Con respecto a la condena por femicidio, el abogado de Donnini indicó que el crimen se produjo por una manifestación violenta pero sin advertirse la existencia de un contexto de género o patriarcal y aseveró que quedó comprobado en el juicio que el taxista no tiene un componente psicológico misógino.
 
El abogado de la familia Rojas, Carlos Villada, dijo en primer lugar que “la queja no es autosuficiente porque adolece de un elemento primordial: el hecho no está descripto, la defensa dice que los jueces se equivocaron pero no explica de qué manera ocurrieron los hechos”.
 
Luego, manifestó que en el juicio quedó acreditado claramente que “hubo un rapto, un ataque a la víctima y que Donnini mató para lograr su impunidad, porque sabía perfectamente que Diana lo iba a denunciar”.
 
Con respecto a la calificación de femicidio, Villada sostuvo que “el homicida utilizó un arma blanca, la llevó a un lugar lejano, no le dio chances de escapar ni de pedir de ayuda, se valió de una situación dominante, sometiéndola y cosificándola”. Agregó que “Donnini tuvo dominio absoluto del acto, la sojuzgó, la llevó a un descampado para abusarla y la mató. Toda la violencia ejercida constituye un femicidio”.
 
Ahora, el Superior Tribunal de Justicia, será el encargado de resolver sobre las cuestiones planteadas.
 


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