La medida comenzará a regir a partir de este martes con la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución General número 4357, adelantaron a Télam fuentes de la dependencia oficial.
En la actualidad este impuesto puede ser abonado a través de transferencia electrónica, débito automático en cuenta o tarjeta de crédito o a través de cajero automático, entre otras opciones.
Desde este martes se sumará la adhesión directa al débito automático sin necesidad de realizar trámites en los bancos.
El monotributista podrá adherirse al débito automático para el pago mensual de esa obligación a través del "Nuevo Portal para Monotributistas". Con solo dos clicks y el número del CBU, el contribuyente podrá cumplir con este trámite virtual.
El objetivo es facilitar e incentivar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales a los contribuyentes, señalaron en la AFIP.
La medida comenzará a regir a partir de este martes con la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución General número 4357, adelantaron a Télam fuentes de la dependencia oficial.
En la actualidad este impuesto puede ser abonado a través de transferencia electrónica, débito automático en cuenta o tarjeta de crédito o a través de cajero automático, entre otras opciones.
Desde este martes se sumará la adhesión directa al débito automático sin necesidad de realizar trámites en los bancos.
El monotributista podrá adherirse al débito automático para el pago mensual de esa obligación a través del "Nuevo Portal para Monotributistas". Con solo dos clicks y el número del CBU, el contribuyente podrá cumplir con este trámite virtual.
El objetivo es facilitar e incentivar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales a los contribuyentes, señalaron en la AFIP.