Sin embargo, ordenó un cambio de calificación que aliviará sensiblemente su situación. Es que la exdirigente había sido castigada con 4 años de prisión efectiva por el delito de “incendio” de la sede de la empresa. Los camaristas Florencio Minatta, Adrián Barrios y Alejandro Defranco consideraron en cambio que el delito es “daño”. Con esta modificación la pena no superará el año de prisión en suspenso.
Cabe aclarar que la figura de “incendio” implica haber puesto en peligro la seguridad pública; la figura de “daño”, menos gravosa, sólo castiga la destrucción de patrimonio.
El fallo se leyó al mediodía en el sexto piso de los tribunales de Trelew. El encargado fue Minatta, que tras repetir la parte dispositiva de la sentencia explicó los efectos de ahora en más. Como la pena es menor, la Cámara anuló la decisión del juez Fabio Monti y ordenó el “inmediato reenvío” para una nueva discusión sobre la sanción.
La decisión de la instancia superior causó cierto desconcierto en las partes y en la misma involucrada: el defensor Luis López Salaberry y el actual presidente de la Cooperativa, Daniel Ap Iwan. El primero pidió leer el fallo aunque admitió su sorpresa por el cambio de calificación. “Mi defensa se basó en el delito de incendio que le imputaron, y no en el daño que aparece ahora”, deslizó ante Jornada. Estudiará los fundamentos para saber si escribirá una apelación.
En el caso de Ap Iwan, se notó desánimo ante la chance concreta de que Bortagaray no sea encarcelada. Cabe recordar que la acusación pública estuvo a cargo del fiscal Marcos Nápoli. Ayer no pudo estar presente debido a una nueva audiencia del Caso Revelación, en la Oficina Judicial de Rawson.#
Sin embargo, ordenó un cambio de calificación que aliviará sensiblemente su situación. Es que la exdirigente había sido castigada con 4 años de prisión efectiva por el delito de “incendio” de la sede de la empresa. Los camaristas Florencio Minatta, Adrián Barrios y Alejandro Defranco consideraron en cambio que el delito es “daño”. Con esta modificación la pena no superará el año de prisión en suspenso.
Cabe aclarar que la figura de “incendio” implica haber puesto en peligro la seguridad pública; la figura de “daño”, menos gravosa, sólo castiga la destrucción de patrimonio.
El fallo se leyó al mediodía en el sexto piso de los tribunales de Trelew. El encargado fue Minatta, que tras repetir la parte dispositiva de la sentencia explicó los efectos de ahora en más. Como la pena es menor, la Cámara anuló la decisión del juez Fabio Monti y ordenó el “inmediato reenvío” para una nueva discusión sobre la sanción.
La decisión de la instancia superior causó cierto desconcierto en las partes y en la misma involucrada: el defensor Luis López Salaberry y el actual presidente de la Cooperativa, Daniel Ap Iwan. El primero pidió leer el fallo aunque admitió su sorpresa por el cambio de calificación. “Mi defensa se basó en el delito de incendio que le imputaron, y no en el daño que aparece ahora”, deslizó ante Jornada. Estudiará los fundamentos para saber si escribirá una apelación.
En el caso de Ap Iwan, se notó desánimo ante la chance concreta de que Bortagaray no sea encarcelada. Cabe recordar que la acusación pública estuvo a cargo del fiscal Marcos Nápoli. Ayer no pudo estar presente debido a una nueva audiencia del Caso Revelación, en la Oficina Judicial de Rawson.#