En el primer día hábil de 2019 y a través de un decreto, el Gobierno fijó derechos de exportación del 12% a las exportaciones de servicio, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020.
"Manifestamos lo inconducente de la aplicación de este impuesto, ya que no solo perjudica las decisiones de exportar e invertir de las empresas de esta industria, sino que no va de la mano con los objetivos de crecimiento y desarrollo que nos ha comunicado el propio Gobierno para el software", sostuvo la entidad empresaria.
En un comunicado, la Cámara señaló además que este gravamen es "regresivo, ya que de continuarse con la aplicación de los derechos de exportación se desalentará la generación de divisas, ralentizando las tasas de crecimiento del 16% anual en exportaciones que ha demostrado nuestro sector en los últimos doce años".
La Casa Rosada dispuso que las prestaciones de servicios realizadas en el país, cuya utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el exterior, serán consideradas como si se tratara de mercaderías.
En esta medida están involucrados los servicios de software, profesionales y de consultoría que se prestan en Argentina para ser utilizados en otros países.
En el primer día hábil de 2019 y a través de un decreto, el Gobierno fijó derechos de exportación del 12% a las exportaciones de servicio, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020.
"Manifestamos lo inconducente de la aplicación de este impuesto, ya que no solo perjudica las decisiones de exportar e invertir de las empresas de esta industria, sino que no va de la mano con los objetivos de crecimiento y desarrollo que nos ha comunicado el propio Gobierno para el software", sostuvo la entidad empresaria.
En un comunicado, la Cámara señaló además que este gravamen es "regresivo, ya que de continuarse con la aplicación de los derechos de exportación se desalentará la generación de divisas, ralentizando las tasas de crecimiento del 16% anual en exportaciones que ha demostrado nuestro sector en los últimos doce años".
La Casa Rosada dispuso que las prestaciones de servicios realizadas en el país, cuya utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el exterior, serán consideradas como si se tratara de mercaderías.
En esta medida están involucrados los servicios de software, profesionales y de consultoría que se prestan en Argentina para ser utilizados en otros países.