SENASA formalizó la obligatoriedad de uso del “Sistema Pesca”

Es una herramienta de carga de datos estadísticos para el sector pesquero. La Resolución 26/2019 ratifica su uso, con el fin de agilizar y mejorar el control higiénico-sanitario.

18 ENE 2019 - 14:20 | Actualizado

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) aprobó mediante la Resolución 26/2019 la implementación del Sistema Pesca, ratificando la obligatoriedad del uso del sistema para todos los establecimientos pesqueros terrestres habilitados.
 
El “Sistema Pesca” facilita el proceso de carga de los ingresos, producción y egresos de materias primas y productos de la pesca frescos, en proceso o procesados, sean de cultivo o captura, provengan de ríos, lagos y/o lagunas, con un criterio unificado y en carácter de declaración jurada.
 
El cumplimiento obligatorio por parte de las empresas debe realizarse en base al contenido de la documentación que ampara los movimientos y existencias de la mercadería, permitiendo entonces la trazabilidad de los alimentos producidos a lo largo de la cadena.
 
De esta manera, se consolida una herramienta que permite optimizar el seguimiento y control de operaciones de cada establecimiento, y la adopción de medidas correctivas ante desvíos o hallazgos que puedan representar un riesgo para los consumidores.
 
Para mayor información comunicarse con la Coordinación General de Pesca y Acuicultura al correo electrónico pesca@senasa.gob.ar o por teléfono al 0800-999-2386.
 

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18 ENE 2019 - 14:20

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) aprobó mediante la Resolución 26/2019 la implementación del Sistema Pesca, ratificando la obligatoriedad del uso del sistema para todos los establecimientos pesqueros terrestres habilitados.
 
El “Sistema Pesca” facilita el proceso de carga de los ingresos, producción y egresos de materias primas y productos de la pesca frescos, en proceso o procesados, sean de cultivo o captura, provengan de ríos, lagos y/o lagunas, con un criterio unificado y en carácter de declaración jurada.
 
El cumplimiento obligatorio por parte de las empresas debe realizarse en base al contenido de la documentación que ampara los movimientos y existencias de la mercadería, permitiendo entonces la trazabilidad de los alimentos producidos a lo largo de la cadena.
 
De esta manera, se consolida una herramienta que permite optimizar el seguimiento y control de operaciones de cada establecimiento, y la adopción de medidas correctivas ante desvíos o hallazgos que puedan representar un riesgo para los consumidores.
 
Para mayor información comunicarse con la Coordinación General de Pesca y Acuicultura al correo electrónico pesca@senasa.gob.ar o por teléfono al 0800-999-2386.
 


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