Educación lo echó por su pasado como "poliladron" pero el Superior le dio la razón

Pablo D´Horta fue parte de la banda del célebre atraco fallido al cajero de Puerto Pirámides. Reconoció su culpa y cumplió su pena. Quedó libre y tuvo un destacado trabajo docente. Pero el Ministerio lo exoneró. El caso llegó a los ministros, que le dieron la razón y lo habilitaron para trabajar en el aula.

02 MAR 2019 - 20:58 | Actualizado

Por Rolando Tobarez / Twitter: @rtobarez

El Superior Tribunal de Justicia rechazó una apelación del Ministerio de Educación y de esta forma Pablo Damián D´Horta, el expolicía que fue parte del intento de robo a un cajero automático en Puerto Pirámides, podrá seguir dando clases en la Escuela Politécnica 703 de Puerto Madryn.

Los ministros Alejandro Panizzi y Mario Vivas explicaron que como D´Horta no reclamaba dinero no había presupuesto en juego, ya que su cargo docente igual debía ser cubierto. Declararon “inadmisible” el recurso del Estado provincial, que pagará las costas.

El 2 de agosto de 2011 el hombre fue parte del intento de robo. Tuvo prisión preventiva. Era suboficial de la Policía y fue exonerado de la fuerza en 2012. En noviembre de 2011 fue condenado y en junio de 2013 quedó libre.

En octubre de 2013 fue designado suplente para un cargo docente en la materia “Procesos productivos” en la Politécnica. Es Técnico Electromecánico. Por su desempeño le otorgaron más horas, siempre como suplente o provisorio. Al ser exonerado ya tenía 42 horas cátedras en diferentes asignaturas.

Pagó

D´Horta explicó que en su momento no apeló su condena “porque reconoció su error y eligió pagar su culpa”. Tuvo una pena de dos años y cuatro meses de prisión efectiva. Se dio por cumplida por el tiempo que pasó en preventiva y domiciliaria.

Como el resto de la banda apeló, hubo un fallo definitivo del STJ en junio de 2015. El Ministerio fue notificado y le inició un sumario administrativo por violación al Estatuto Docente.

En 2017, el Decreto 1.095 lo exoneró del Ministerio. D´Horta promovió un amparo contra la Provincia al considerar violado su derecho a trabajar. Aclaró que el delito y la condena eran anteriores a su ingreso a Educación, y que su desempeño laboral fue “intachable”.

Pero según el sumario, su desempeño como maestro no era relevante para la investigación. “Se lo acusó de perjudicar la moral, afectar el decoro de la función o el prestigio de la administración. Fue llamativo que se le aplicaran normas administrativas por hechos cometidos mucho antes de estar sujeto a ellas”.

D´Horta repasó lo que llamó su “actuación de excelencia”: obtuvo licencias de programas informáticos para uso del alumnado; remodeló el taller; gestionó donaciones de vehículos para prácticas de desarmado y de estaciones de trabajo; actualizó el inventario de herramientas; reparó la totalidad de las máquinas que estaban en desuso; creó el “Aula de diseño 3d” que imprimió la primera mano ortopédica gratuita.

En los conceptos anuales del director de la Escuela sus calificaciones raramente bajaron de 9, con un 10 en laboriosidad, aptitud para con los docentes y directivos, puntualidad y asistencia, concepto, cultura general, etcétera.

Sanción automática

Según su amparo, el decreto de exoneración nunca explicó cómo la condena penal en su contra podía afectar el prestigio de la Politécnica o ser “moralmente incompatible” con su trabajo. El sumario se limitó a aplicarle una sanción gravísima y automática. No era docente al momento del robo.

D´Horta consideró “un contrasentido” que el Estado por un lado promueva el derecho a la reinserción pero por el otro “trunque esa posibilidad con trabas que impone a los que pretenden reincorporarse como miembros productivos de la sociedad”. El decreto rompía su derecho a trabajar. “Es una clarísima falta de proporción entre el hecho y la sanción”.

Una jueza declaró nula e inconstitucional la exoneración. El Ministerio reclamó pero la Cámara de Apelaciones de Madryn confirmó la postura de D´Horta, reincorporándolo al aula. Coincidieron con que lo habían echado ignorando su buen desempeño docente ni explicando cómo influyó su prontuario. La exoneración es la máxima sanción disciplinaria pero necesita una explicación sólida.

“Del análisis del legajo y de la declaración de los testigos se advierte su idoneidad, compromiso, dedicación, innovación y actitud proactiva en la función docente”, dice el fallo de segunda instancia.

El Ministerio no demostró qué relación había entre el Caso Pirámides y su trabajo docente. “Debió exponer cómo su conducta pasada afectaría el prestigio de la institución docente”. No se puede transformar de la nada un antecedente por delito en un impedimento para la función pública. La exoneración automática era inconstitucional ya que se ignoró la “idoneidad, compromiso y buen desempeño” que evidenció D´Horta con sus alumnos. “La autoridad debió verificar el peligro que representaba para el normal desempeño de la función pública”.

Máxima instancia

Educación apeló al STJ. El procurador general Jorge Miquelarena dictaminó que el caso no perjudicaba al erario. Sea quien sea el docente, igual habría que pagar esas horas cátedra o el cargo.

El Superior coincidió con este dictamen: D´Horta nunca reclamó salarios caídos ni indemnización, sólo seguir trabajando en la Politécnica. Darle la razón no implica un detrimento económico para el Estado porque no hay patrimonio público en juego.

D´Horta ganó el caso pero esta semana no dará clases. Es que debe esperar que se notifique a la cartera educativa y el fallo se haga efectivo.

“Los pibes me esperan y fueron mi mayor apoyo psicológico. Siempre me preguntaron cuándo volvía”, le dijo a este diario el exuniformado, con entusiasmo.#

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02 MAR 2019 - 20:58

Por Rolando Tobarez / Twitter: @rtobarez

El Superior Tribunal de Justicia rechazó una apelación del Ministerio de Educación y de esta forma Pablo Damián D´Horta, el expolicía que fue parte del intento de robo a un cajero automático en Puerto Pirámides, podrá seguir dando clases en la Escuela Politécnica 703 de Puerto Madryn.

Los ministros Alejandro Panizzi y Mario Vivas explicaron que como D´Horta no reclamaba dinero no había presupuesto en juego, ya que su cargo docente igual debía ser cubierto. Declararon “inadmisible” el recurso del Estado provincial, que pagará las costas.

El 2 de agosto de 2011 el hombre fue parte del intento de robo. Tuvo prisión preventiva. Era suboficial de la Policía y fue exonerado de la fuerza en 2012. En noviembre de 2011 fue condenado y en junio de 2013 quedó libre.

En octubre de 2013 fue designado suplente para un cargo docente en la materia “Procesos productivos” en la Politécnica. Es Técnico Electromecánico. Por su desempeño le otorgaron más horas, siempre como suplente o provisorio. Al ser exonerado ya tenía 42 horas cátedras en diferentes asignaturas.

Pagó

D´Horta explicó que en su momento no apeló su condena “porque reconoció su error y eligió pagar su culpa”. Tuvo una pena de dos años y cuatro meses de prisión efectiva. Se dio por cumplida por el tiempo que pasó en preventiva y domiciliaria.

Como el resto de la banda apeló, hubo un fallo definitivo del STJ en junio de 2015. El Ministerio fue notificado y le inició un sumario administrativo por violación al Estatuto Docente.

En 2017, el Decreto 1.095 lo exoneró del Ministerio. D´Horta promovió un amparo contra la Provincia al considerar violado su derecho a trabajar. Aclaró que el delito y la condena eran anteriores a su ingreso a Educación, y que su desempeño laboral fue “intachable”.

Pero según el sumario, su desempeño como maestro no era relevante para la investigación. “Se lo acusó de perjudicar la moral, afectar el decoro de la función o el prestigio de la administración. Fue llamativo que se le aplicaran normas administrativas por hechos cometidos mucho antes de estar sujeto a ellas”.

D´Horta repasó lo que llamó su “actuación de excelencia”: obtuvo licencias de programas informáticos para uso del alumnado; remodeló el taller; gestionó donaciones de vehículos para prácticas de desarmado y de estaciones de trabajo; actualizó el inventario de herramientas; reparó la totalidad de las máquinas que estaban en desuso; creó el “Aula de diseño 3d” que imprimió la primera mano ortopédica gratuita.

En los conceptos anuales del director de la Escuela sus calificaciones raramente bajaron de 9, con un 10 en laboriosidad, aptitud para con los docentes y directivos, puntualidad y asistencia, concepto, cultura general, etcétera.

Sanción automática

Según su amparo, el decreto de exoneración nunca explicó cómo la condena penal en su contra podía afectar el prestigio de la Politécnica o ser “moralmente incompatible” con su trabajo. El sumario se limitó a aplicarle una sanción gravísima y automática. No era docente al momento del robo.

D´Horta consideró “un contrasentido” que el Estado por un lado promueva el derecho a la reinserción pero por el otro “trunque esa posibilidad con trabas que impone a los que pretenden reincorporarse como miembros productivos de la sociedad”. El decreto rompía su derecho a trabajar. “Es una clarísima falta de proporción entre el hecho y la sanción”.

Una jueza declaró nula e inconstitucional la exoneración. El Ministerio reclamó pero la Cámara de Apelaciones de Madryn confirmó la postura de D´Horta, reincorporándolo al aula. Coincidieron con que lo habían echado ignorando su buen desempeño docente ni explicando cómo influyó su prontuario. La exoneración es la máxima sanción disciplinaria pero necesita una explicación sólida.

“Del análisis del legajo y de la declaración de los testigos se advierte su idoneidad, compromiso, dedicación, innovación y actitud proactiva en la función docente”, dice el fallo de segunda instancia.

El Ministerio no demostró qué relación había entre el Caso Pirámides y su trabajo docente. “Debió exponer cómo su conducta pasada afectaría el prestigio de la institución docente”. No se puede transformar de la nada un antecedente por delito en un impedimento para la función pública. La exoneración automática era inconstitucional ya que se ignoró la “idoneidad, compromiso y buen desempeño” que evidenció D´Horta con sus alumnos. “La autoridad debió verificar el peligro que representaba para el normal desempeño de la función pública”.

Máxima instancia

Educación apeló al STJ. El procurador general Jorge Miquelarena dictaminó que el caso no perjudicaba al erario. Sea quien sea el docente, igual habría que pagar esas horas cátedra o el cargo.

El Superior coincidió con este dictamen: D´Horta nunca reclamó salarios caídos ni indemnización, sólo seguir trabajando en la Politécnica. Darle la razón no implica un detrimento económico para el Estado porque no hay patrimonio público en juego.

D´Horta ganó el caso pero esta semana no dará clases. Es que debe esperar que se notifique a la cartera educativa y el fallo se haga efectivo.

“Los pibes me esperan y fueron mi mayor apoyo psicológico. Siempre me preguntaron cuándo volvía”, le dijo a este diario el exuniformado, con entusiasmo.#


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