Esquel: Manoseó a una joven, le robó el celular y cumplirá condena

Guido Ezequiel Vargas fue investigado por tres hechos. Un hurto, un daño y, el más grave, un abuso sexual. El acusado admitió su responsabilidad en los hechos, pero no hubo acuerdo sobre la pena. A ese respecto se realizó un debate. Ayer se conoció en Esquel la sentencia condenatoria.

20 MAR 2019 - 21:19 | Actualizado

El juez Martín O’ Connor analizó las evidencias presentadas y la procedencia del acuerdo, previo a homologarlo e ingresar al pormenorizado análisis de la pena. La meticulosidad de la sentencia permite conocer en detalle el método utilizado por el magistrado para establecer el monto que a su criterio resultó más justo para el caso concreto.

El hecho principal ocurrió el 30 de marzo de 2018. La policía tomó intervención a raíz de un llamado al 101 efectuado por vecinos del barrio 100 viviendas. Daban cuenta de que una vecina había tenido que huir de su casa en ropa interior, pues un joven ingresó (pasada la medianoche) con intención de violarla, la había tocado en sus pechos y sujetado mientras le verbalizaba vulgarmente sus deseos por mantener un enlace sexual, según la Fiscalía de Esquel. La mujer pudo zafarse y salir a la calle en ropa interior. Necesitó de la ayuda de los vecinos que le dieron una bata para cubrirse y avisaron al personal policial. Antes de darse a la fuga, Vargas se apoderó del celular de la víctima.

La mujer pudo decir quién era el autor, además un vecino lo observó trepando por el techo y saltando a la calle. Poco después fue aprehendido.

Para establecer la pena el juez consideró en primer término que “el abuso sexual haya tenido lugar en el propio domicilio de la víctima, mediando una irrupción clandestina con escalamiento de una reja, de noche, mientras la víctima dormía, sola, pinta un cuadro contextual de enorme gravedad para el tipo penal básico de abuso sexual”.

El acusado estaba alcoholizado al momento del hecho y, si bien su estado no bastó para quitarle responsabilidad penal, “disminuyó los frenos inhibitorios, reduciendo el reproche penal que debe realizarse”. También disminuyó la pena la falta de antecedentes penales.

El monto de la pena de tres años, siete meses y quince días de prisión, se compuso con lo fijado para los otros dos delitos por los que fue a juicio: hurto y daño, se informó por medio de una gacetilla de la Fiscalía.#

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20 MAR 2019 - 21:19

El juez Martín O’ Connor analizó las evidencias presentadas y la procedencia del acuerdo, previo a homologarlo e ingresar al pormenorizado análisis de la pena. La meticulosidad de la sentencia permite conocer en detalle el método utilizado por el magistrado para establecer el monto que a su criterio resultó más justo para el caso concreto.

El hecho principal ocurrió el 30 de marzo de 2018. La policía tomó intervención a raíz de un llamado al 101 efectuado por vecinos del barrio 100 viviendas. Daban cuenta de que una vecina había tenido que huir de su casa en ropa interior, pues un joven ingresó (pasada la medianoche) con intención de violarla, la había tocado en sus pechos y sujetado mientras le verbalizaba vulgarmente sus deseos por mantener un enlace sexual, según la Fiscalía de Esquel. La mujer pudo zafarse y salir a la calle en ropa interior. Necesitó de la ayuda de los vecinos que le dieron una bata para cubrirse y avisaron al personal policial. Antes de darse a la fuga, Vargas se apoderó del celular de la víctima.

La mujer pudo decir quién era el autor, además un vecino lo observó trepando por el techo y saltando a la calle. Poco después fue aprehendido.

Para establecer la pena el juez consideró en primer término que “el abuso sexual haya tenido lugar en el propio domicilio de la víctima, mediando una irrupción clandestina con escalamiento de una reja, de noche, mientras la víctima dormía, sola, pinta un cuadro contextual de enorme gravedad para el tipo penal básico de abuso sexual”.

El acusado estaba alcoholizado al momento del hecho y, si bien su estado no bastó para quitarle responsabilidad penal, “disminuyó los frenos inhibitorios, reduciendo el reproche penal que debe realizarse”. También disminuyó la pena la falta de antecedentes penales.

El monto de la pena de tres años, siete meses y quince días de prisión, se compuso con lo fijado para los otros dos delitos por los que fue a juicio: hurto y daño, se informó por medio de una gacetilla de la Fiscalía.#


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