Madryn: Sastre presenta amparo contra Cammesa

El intendente de Puerto Madryn, Ricardo Sastre, a través de la Asesoría Letrada de ese municipio, presentará un amparo ante la Justicia Federal de Rawson para que la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico “se abstenga de acciones que perjudiquen a los vecinos”. La distribuidora de energía calificó ahora a Servicoop como “moroso crónico” y cualquier acción de castigo, recaerá sobre la gente.

05 MAY 2019 - 17:59 | Actualizado

Si bien es una medida que tranquilamente habría podido adoptar Servicoop, será el municipio quien actúe a través de su Asesoría Letrada.

Sin esperas

“No podemos esperar a que esto surja de las autoridades de Servicoop. Como poder concedente debemos garantizar el funcionamiento óptimo de los servicios básicos a los vecinos. Pretendemos que la Cooperativa y la distribuidora puedan arribar a un acuerdo, pero en medio debemos defender a los vecinos e impedir que estas acciones de castigo recaigan sobre ellos”, indicó el intendente.

Dentro de la presentación, se detalla en cuanto a los objetivos: “Vengo en legal tiempo y forma a interponer formal acción de amparo contra CAMMESA, con domicilio en Avenida Madero 942, primer piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a fin de que ordene a la demandada no disponga o deje sin efecto, si ya lo hubiere hecho, la calificación de ‘distribuidor moroso crónico’ de la Cooperativa Local, con las sabidas consecuencias que de ello se desprendería absteniéndose de aplicar la ‘baja tensión’ y/o cualquier otra medida de restricción en el suministro de energía y/o cualquier otra sanción que pueda recaer sobre la ciudad. Digo la ciudad ya que de aplicar sanción alguna a la Cooperativa, como la baja o disminución de tensión, afectaría a los usuarios de Madryn, a la ciudad toda en forma directa”, indica Sastre.

Detalles

Solicitó mediante el amparo presentado “la declaración de inconstitucionalidad de toda norma en la que se pretenda escudar un comportamiento semejante, por los argumentos de hecho y de derecho que abajo se desarrollarán, por afectar el suministro de un servicio esencial como el de energía eléctrica con gravísimas consecuencias para todos los usuarios de servicios públicos provistos por esta Entidad en la ciudad de Puerto Madryn”.

Se sabe que podrán verse afectados, por ejemplo dentro de la ciudad, centros de salud, personas electro dependientes, fuerzas de seguridad, servicios básicos de distribución de combustible, bancos, alumbrado público, y demás.

Dentro del amparo hay links de notas de 2011 de medios locales, que refieren al caos de la cooperativa en aquel año ante la reducción de potencia en la distribución de CAMMESA a Servicoop y de ésta a la ciudad. “Las acciones denunciadas resultan violatorias de los derechos de rango constitucional consagrados en los artículos 14, 16, 17, 19 y 42 de la Constitución Nacional y artículos 2, 5, 11 del Pacto Internacional de Derechos Sociales, Económicos y Culturales, y demás normas de rango constitucional citadas a lo largo de esta presentación”.

Conclusión

Se solicita en el amparo que “se ordene como medida cautelar que CAMMESA se abstenga de aplicar la interrupción y/ suspensión y/o reducción ‘baja de tensión’ de demanda/provisión de energía y/o la de cualquier otra medida que implique una interrupción o disminución del suministro eléctrico despachado a la Cooperativa local, hasta tanto exista un pronunciamiento definitivo en el presente pleito, toda vez que la voracidad con la que actúa el demandado amenaza con dejar a la ciudad de Puerto Madryn sin energía eléctrica en forma inminente”.

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05 MAY 2019 - 17:59

Si bien es una medida que tranquilamente habría podido adoptar Servicoop, será el municipio quien actúe a través de su Asesoría Letrada.

Sin esperas

“No podemos esperar a que esto surja de las autoridades de Servicoop. Como poder concedente debemos garantizar el funcionamiento óptimo de los servicios básicos a los vecinos. Pretendemos que la Cooperativa y la distribuidora puedan arribar a un acuerdo, pero en medio debemos defender a los vecinos e impedir que estas acciones de castigo recaigan sobre ellos”, indicó el intendente.

Dentro de la presentación, se detalla en cuanto a los objetivos: “Vengo en legal tiempo y forma a interponer formal acción de amparo contra CAMMESA, con domicilio en Avenida Madero 942, primer piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a fin de que ordene a la demandada no disponga o deje sin efecto, si ya lo hubiere hecho, la calificación de ‘distribuidor moroso crónico’ de la Cooperativa Local, con las sabidas consecuencias que de ello se desprendería absteniéndose de aplicar la ‘baja tensión’ y/o cualquier otra medida de restricción en el suministro de energía y/o cualquier otra sanción que pueda recaer sobre la ciudad. Digo la ciudad ya que de aplicar sanción alguna a la Cooperativa, como la baja o disminución de tensión, afectaría a los usuarios de Madryn, a la ciudad toda en forma directa”, indica Sastre.

Detalles

Solicitó mediante el amparo presentado “la declaración de inconstitucionalidad de toda norma en la que se pretenda escudar un comportamiento semejante, por los argumentos de hecho y de derecho que abajo se desarrollarán, por afectar el suministro de un servicio esencial como el de energía eléctrica con gravísimas consecuencias para todos los usuarios de servicios públicos provistos por esta Entidad en la ciudad de Puerto Madryn”.

Se sabe que podrán verse afectados, por ejemplo dentro de la ciudad, centros de salud, personas electro dependientes, fuerzas de seguridad, servicios básicos de distribución de combustible, bancos, alumbrado público, y demás.

Dentro del amparo hay links de notas de 2011 de medios locales, que refieren al caos de la cooperativa en aquel año ante la reducción de potencia en la distribución de CAMMESA a Servicoop y de ésta a la ciudad. “Las acciones denunciadas resultan violatorias de los derechos de rango constitucional consagrados en los artículos 14, 16, 17, 19 y 42 de la Constitución Nacional y artículos 2, 5, 11 del Pacto Internacional de Derechos Sociales, Económicos y Culturales, y demás normas de rango constitucional citadas a lo largo de esta presentación”.

Conclusión

Se solicita en el amparo que “se ordene como medida cautelar que CAMMESA se abstenga de aplicar la interrupción y/ suspensión y/o reducción ‘baja de tensión’ de demanda/provisión de energía y/o la de cualquier otra medida que implique una interrupción o disminución del suministro eléctrico despachado a la Cooperativa local, hasta tanto exista un pronunciamiento definitivo en el presente pleito, toda vez que la voracidad con la que actúa el demandado amenaza con dejar a la ciudad de Puerto Madryn sin energía eléctrica en forma inminente”.


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