Comodoro Rivadavia: baleó a su expareja por celos y seguirá detenido

Un tribunal de control conformado por los jueces de Comodoro Rivadavia, Miguel Caviglia y Jorge Odorisio resolvió mantener la prisión preventiva que viene sufriendo E.D.M. hasta que la sentencia condenatoria en su contra pase en calidad de cosa juzgada, o bien dentro de seis meses como lo marca la Ley.

E.D.M. continuará preso a pesar que la condena no esté firme por el STJ.
08 MAY 2019 - 21:44 | Actualizado

La decisión de los magistrados se produjo en el marco de una audiencia de control de la prisión preventiva de oficio en relación al ilícito acontecido el 10 de agosto de 2017 en el barrio “Los Tres Pinos” de esa ciudad que tiene como condenado a E.D.M. por haberle descerrajado al menos un balazos a su expareja.

La representante de Fiscalía, Natalia Gómez solicitó que se mantenga la prisión preventiva que viene cumpliendo el condenado hasta que se resuelva la consulta ante el Superior Tribunal de Justicia; en tanto que el defensor Guillermo Iglesias no cuestionó dicho pedido.

En un primer momento, Gómez realizó un repaso de la causa que se inicia con la audiencia de control de detención el 11 de agosto de 2017 por el hecho acontecido el día anterior luego de la cual se le dictó la prisión preventiva al imputado hasta la audiencia preliminar.

Sigue preso

En esta audiencia se resolvió elevar la causa a juicio y mantener la prisión preventiva de E.D.M. hasta el debate. Luego del cual se obtuvo una sentencia condenatoria de 13 años y 4 meses de prisión en contra del E.D.M. al ser declarado penalmente responsable de tentativa de homicidio agravado por el uso de arma de fuego.

Esta sentencia de primer grado fue impugnada por el entonces defensor ante la Cámara Penal local que hizo lugar parcialmente a la impugnación y redujo la condena a 13 años de prisión. Así el pasado 4 de abril la causa fue elevada en consulta, por el monto alto de la pena, ante el Pleno del Superior Tribunal de Justicia de la provincia, en esta instancia se encuentra el trámite.

Por todo lo cual solicitó se mantenga la prisión preventiva sobre E.D.M. ya que la causa tiene doble conforme y el peligro de fuga se hace más latente en esta etapa; requiriendo la misma hasta que se resuelva la consulta o bien dentro de 6 meses, lo que se cumpla primero, informó un comunicado oficial de la Fiscalía.

Iglesias no cuestionó el pedido de la funcionaria, quitándole el contradictoria a la audiencia y expresando que “a nivel de las resoluciones que se han dictado son inobjetables” y que lo único que podría generar algún cambio en el Superior sería que “la Cámara debería haber ordenado un nuevo juicio de cesura con la nueva escala penal y no lo hizo”.

El hecho juzgado

El hecho juzgado aconteció el 10 de agosto de 2017, entre las 1.30 y las 4.25 cuando la víctima D.A.G.L. se encontraba en su domicilio sito en calle Código 3111 al 500, del barrio Los Tres Pinos de Comodoro Rivadavia, junto a su pareja, E. D. M., con quien convivía hace aproximadamente ocho años y los cuatro hijos de la pareja, que se encontraban durmiendo. En tales circunstancias, el imputado comenzó a increpar a su pareja, exigiéndole que le diga el nombre de la persona que días antes le había enviado un mensaje de texto.

Al no tener respuesta, E.D.M. se dirigió a una habitación y regresó con un arma de fuego, y mostrándosela a su pareja le dijo: “ésta es la que va a decidir si vos vivís o no, ahora yo tengo el mando”, tras lo cual apuntó con el arma a la cara y la cabeza de la víctima, exigiendo que le diga quién le había mandado el mensaje.

Ante la negativa de la víctima, E.D.M., con claras intenciones de darle muerte, la empujó contra la pared, le apoyó el arma en el abdomen, y efectuó al menos un disparo que ingresó por la zona paraumbilical y salió por la cresta ilíaca derecha, provocando tres lesiones que no pusieron en peligro la vida, con un tiempo de incapacidad laboral estimado en menos de treinta días.#

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E.D.M. continuará preso a pesar que la condena no esté firme por el STJ.
08 MAY 2019 - 21:44

La decisión de los magistrados se produjo en el marco de una audiencia de control de la prisión preventiva de oficio en relación al ilícito acontecido el 10 de agosto de 2017 en el barrio “Los Tres Pinos” de esa ciudad que tiene como condenado a E.D.M. por haberle descerrajado al menos un balazos a su expareja.

La representante de Fiscalía, Natalia Gómez solicitó que se mantenga la prisión preventiva que viene cumpliendo el condenado hasta que se resuelva la consulta ante el Superior Tribunal de Justicia; en tanto que el defensor Guillermo Iglesias no cuestionó dicho pedido.

En un primer momento, Gómez realizó un repaso de la causa que se inicia con la audiencia de control de detención el 11 de agosto de 2017 por el hecho acontecido el día anterior luego de la cual se le dictó la prisión preventiva al imputado hasta la audiencia preliminar.

Sigue preso

En esta audiencia se resolvió elevar la causa a juicio y mantener la prisión preventiva de E.D.M. hasta el debate. Luego del cual se obtuvo una sentencia condenatoria de 13 años y 4 meses de prisión en contra del E.D.M. al ser declarado penalmente responsable de tentativa de homicidio agravado por el uso de arma de fuego.

Esta sentencia de primer grado fue impugnada por el entonces defensor ante la Cámara Penal local que hizo lugar parcialmente a la impugnación y redujo la condena a 13 años de prisión. Así el pasado 4 de abril la causa fue elevada en consulta, por el monto alto de la pena, ante el Pleno del Superior Tribunal de Justicia de la provincia, en esta instancia se encuentra el trámite.

Por todo lo cual solicitó se mantenga la prisión preventiva sobre E.D.M. ya que la causa tiene doble conforme y el peligro de fuga se hace más latente en esta etapa; requiriendo la misma hasta que se resuelva la consulta o bien dentro de 6 meses, lo que se cumpla primero, informó un comunicado oficial de la Fiscalía.

Iglesias no cuestionó el pedido de la funcionaria, quitándole el contradictoria a la audiencia y expresando que “a nivel de las resoluciones que se han dictado son inobjetables” y que lo único que podría generar algún cambio en el Superior sería que “la Cámara debería haber ordenado un nuevo juicio de cesura con la nueva escala penal y no lo hizo”.

El hecho juzgado

El hecho juzgado aconteció el 10 de agosto de 2017, entre las 1.30 y las 4.25 cuando la víctima D.A.G.L. se encontraba en su domicilio sito en calle Código 3111 al 500, del barrio Los Tres Pinos de Comodoro Rivadavia, junto a su pareja, E. D. M., con quien convivía hace aproximadamente ocho años y los cuatro hijos de la pareja, que se encontraban durmiendo. En tales circunstancias, el imputado comenzó a increpar a su pareja, exigiéndole que le diga el nombre de la persona que días antes le había enviado un mensaje de texto.

Al no tener respuesta, E.D.M. se dirigió a una habitación y regresó con un arma de fuego, y mostrándosela a su pareja le dijo: “ésta es la que va a decidir si vos vivís o no, ahora yo tengo el mando”, tras lo cual apuntó con el arma a la cara y la cabeza de la víctima, exigiendo que le diga quién le había mandado el mensaje.

Ante la negativa de la víctima, E.D.M., con claras intenciones de darle muerte, la empujó contra la pared, le apoyó el arma en el abdomen, y efectuó al menos un disparo que ingresó por la zona paraumbilical y salió por la cresta ilíaca derecha, provocando tres lesiones que no pusieron en peligro la vida, con un tiempo de incapacidad laboral estimado en menos de treinta días.#


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