Sarmiento: lo condenaron por querer asesinar a su expareja

Se trata de Martín Napal, que en mayo del año pasado atacó con un cuchillo a Johana Terán, haciéndole perder un embarazo. El miércoles se debatirá la pena que recibirá.

03 JUN 2019 - 21:34 | Actualizado

Por unanimidad, un tribunal integrado por los jueces Daniel Pérez, Jorge Novarino y María Tolomei condenó a Martin Napal por los delitos de homicidio, en grado de tentativa y hurto en un hecho que sucedió en Río Mayo en mayo del año pasado y fue víctima su expareja, Yohana Terán, que perdió un embarazo de 25 semanas.

Napal fue condenado por ser autor penalmente responsable del delito de tentativa de homicidio, doblemente agravado, por haber mantenido una relación de pareja con la víctima y por alevosía, en concurso ideal, con aborto preterintencional. Sin embargo resultó absuelto por aplicación del beneficio de la duda respecto de la imputación por hurto simple.

A su vez, las autoridades judiciales, convocaron a las partes a la audiencia de debate de la pena. Este acto judicial tendrá lugar este miércoles a las 9 en la sala de audiencias de la Oficina Judicial de Sarmiento, indicó una gacetilla de la Fiscalía.

El caso

El hecho que investigó la Fiscalía, ocurrió a las 8 del sábado 19 de mayo del año pasado, en la vivienda 2 de la calle Rafael De La Fuente de Rio Mayo. En esa ocasión, Yohana Terán -embarazada de aproximadamente 25 semanas- se encontraba durmiendo junto a su hija de 2 años, en la cama de abajo, de una cucheta. En la habitación también se encontraba su otro hijo, de 5 años.

En ese marco los investigadores señalaron que Napal aprovechó esa situación de indefensión e intentó matar a Yohana Terán. La apuñaló por la espalda, entre el tórax y el abdomen, del lado izquierdo. Para concretar el ataque utilizó un cuchillo de 33 centímetros de largo.

Asimismo, informaron que la víctima logró despertarse y comenzó a gritar: “Mamá, mamá sácame el chuchillo, sácame el cuchillo”. La madre de Yohana llegó inmediatamente y le quitó el puñal que tenía clavado en la espalda.

Napal se escapó por la misma ventana, que abrió para ingresar a la casa de su expareja.

Como consecuencia del brutal ataque, la víctima fue llevada de urgencia al Hospital Regional de Comodoro Rivadavia. Allí, los médicos le realizaron intervenciones quirúrgicas para realizarle una cesárea -el feto estaba sin vida- extirparle el útero y el bazo. A raíz de estas operaciones Yohana perdió la capacidad de engendrar. Quedó hospitalizada en terapia intensiva, en grave estado y con riesgo de vida.

La Fiscalía aseguró que Martín Napal conocía el estado de embarazo de Yohana Terán ya que ella se lo había comunicado. También se supo que la pareja se había distanciado y se veían esporádicamente.

Con respecto a las características de la relación, se indicó que el acusado tenía una personalidad celotipica. También se señaló que Napal sospechaba que la niña que esperaba la víctima no era su hija biológica.

También los acusadores, mencionaron que en los años 2016 y 2017, otras dos mujeres presentaron denuncias contra el acusado. En esos casos las víctimas manifestaron que Napal no aceptaba la finalización de esas relaciones afectivas. En consecuencia desobedecía las órdenes judiciales de prohibición de contacto, emitidas por el juez civil de Sarmiento.

Asimismo, la fiscal Andrea Vázquez confirmó que un informe del Equipo Técnico Multidisciplinario (ETM), diagnosticó al procesado como una persona de conducta transgresora, según se informó.

Enterate de las noticias de POLICIALES a través de nuestro newsletter

Anotate para recibir las noticias más importantes de esta sección.

Te podés dar de baja en cualquier momento con un solo clic.
03 JUN 2019 - 21:34

Por unanimidad, un tribunal integrado por los jueces Daniel Pérez, Jorge Novarino y María Tolomei condenó a Martin Napal por los delitos de homicidio, en grado de tentativa y hurto en un hecho que sucedió en Río Mayo en mayo del año pasado y fue víctima su expareja, Yohana Terán, que perdió un embarazo de 25 semanas.

Napal fue condenado por ser autor penalmente responsable del delito de tentativa de homicidio, doblemente agravado, por haber mantenido una relación de pareja con la víctima y por alevosía, en concurso ideal, con aborto preterintencional. Sin embargo resultó absuelto por aplicación del beneficio de la duda respecto de la imputación por hurto simple.

A su vez, las autoridades judiciales, convocaron a las partes a la audiencia de debate de la pena. Este acto judicial tendrá lugar este miércoles a las 9 en la sala de audiencias de la Oficina Judicial de Sarmiento, indicó una gacetilla de la Fiscalía.

El caso

El hecho que investigó la Fiscalía, ocurrió a las 8 del sábado 19 de mayo del año pasado, en la vivienda 2 de la calle Rafael De La Fuente de Rio Mayo. En esa ocasión, Yohana Terán -embarazada de aproximadamente 25 semanas- se encontraba durmiendo junto a su hija de 2 años, en la cama de abajo, de una cucheta. En la habitación también se encontraba su otro hijo, de 5 años.

En ese marco los investigadores señalaron que Napal aprovechó esa situación de indefensión e intentó matar a Yohana Terán. La apuñaló por la espalda, entre el tórax y el abdomen, del lado izquierdo. Para concretar el ataque utilizó un cuchillo de 33 centímetros de largo.

Asimismo, informaron que la víctima logró despertarse y comenzó a gritar: “Mamá, mamá sácame el chuchillo, sácame el cuchillo”. La madre de Yohana llegó inmediatamente y le quitó el puñal que tenía clavado en la espalda.

Napal se escapó por la misma ventana, que abrió para ingresar a la casa de su expareja.

Como consecuencia del brutal ataque, la víctima fue llevada de urgencia al Hospital Regional de Comodoro Rivadavia. Allí, los médicos le realizaron intervenciones quirúrgicas para realizarle una cesárea -el feto estaba sin vida- extirparle el útero y el bazo. A raíz de estas operaciones Yohana perdió la capacidad de engendrar. Quedó hospitalizada en terapia intensiva, en grave estado y con riesgo de vida.

La Fiscalía aseguró que Martín Napal conocía el estado de embarazo de Yohana Terán ya que ella se lo había comunicado. También se supo que la pareja se había distanciado y se veían esporádicamente.

Con respecto a las características de la relación, se indicó que el acusado tenía una personalidad celotipica. También se señaló que Napal sospechaba que la niña que esperaba la víctima no era su hija biológica.

También los acusadores, mencionaron que en los años 2016 y 2017, otras dos mujeres presentaron denuncias contra el acusado. En esos casos las víctimas manifestaron que Napal no aceptaba la finalización de esas relaciones afectivas. En consecuencia desobedecía las órdenes judiciales de prohibición de contacto, emitidas por el juez civil de Sarmiento.

Asimismo, la fiscal Andrea Vázquez confirmó que un informe del Equipo Técnico Multidisciplinario (ETM), diagnosticó al procesado como una persona de conducta transgresora, según se informó.


NOTICIAS RELACIONADAS