Esquel: lo condenaron por abusar de una niña de seis años

La jueza de Esquel, Fenanda Révori condenó a un individuo mayor de edad a la pena de tres años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo luego que se le comprobara un abuso sexual simple sobre una niña de seis años en esa ciudad.

05 JUN 2019 - 21:47 | Actualizado

El condenado pertenece al círculo familiar íntimo de la niña y quedaba a su cargo cuando el padre salía a trabajar. En el juicio logró probarse que el relato de la menor sobre una situación con connotación sexual efectivamente ocurrió.

La magistrada ponderó la incidencia positiva que tuvo la actitud del papá de la víctima para la investigación y para que la afectación psicológica no tuviera un impacto mayor. El hecho fue llevado a juicio por la fiscal María Bottini, en tanto que la defensa estuvo a cargo del defensor público, Marcos Ponce.

El relato de la única testigo, la propia víctima, superó sin dificultad el examen pericial. “En los casos de abuso sexual intrafamiliar resulta exigencia ineludible el escrutinio estricto o riguroso sobre la consistencia y congruencia del relato del afectado, la univocidad de los signos detectados por los profesionales, el contexto y la circunstancia del suceso enrostrado y la eficacia demostrativa del testimonio de terceros en ponderación con la versión del acusado”, introdujo la jueza, indicó un parte de Fiscalía.

El análisis se complementó con las pericias psicológicas, que hallaron indicios del abuso.

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05 JUN 2019 - 21:47

El condenado pertenece al círculo familiar íntimo de la niña y quedaba a su cargo cuando el padre salía a trabajar. En el juicio logró probarse que el relato de la menor sobre una situación con connotación sexual efectivamente ocurrió.

La magistrada ponderó la incidencia positiva que tuvo la actitud del papá de la víctima para la investigación y para que la afectación psicológica no tuviera un impacto mayor. El hecho fue llevado a juicio por la fiscal María Bottini, en tanto que la defensa estuvo a cargo del defensor público, Marcos Ponce.

El relato de la única testigo, la propia víctima, superó sin dificultad el examen pericial. “En los casos de abuso sexual intrafamiliar resulta exigencia ineludible el escrutinio estricto o riguroso sobre la consistencia y congruencia del relato del afectado, la univocidad de los signos detectados por los profesionales, el contexto y la circunstancia del suceso enrostrado y la eficacia demostrativa del testimonio de terceros en ponderación con la versión del acusado”, introdujo la jueza, indicó un parte de Fiscalía.

El análisis se complementó con las pericias psicológicas, que hallaron indicios del abuso.


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