Alan “Quaker” y Mariana Gáspari fueron condenados a 4 años y 6 meses de prisión

La Justicia entendió que usaban una pizzería para disfrazar el comercio de marihuana compactada. La causa obtuvo sentencia luego de cinco años. La banda fue desarticulada en abril de 2014 en Esquel y Trevelin. El caso fue sentrenciado por el Ttribunal Oral de Comodoro Rivadavia.

22 JUN 2019 - 20:56 | Actualizado

El Juzgado Oral Federal en lo Criminal de Comodoro Rivadavia, dictó sentencia en un caso de comercialización de drogas, cuyo principal implicado fue Alan Gáspari alias “Quaker”, junto a Mariana Gáspari. El caso es de Esquel. Ambos recibieron una pena de 4 años y 6 meses de prisión; María de los Angeles Casenave 2 años de prisión en suspenso más tareas comunitarias. Sebastián Alvarado y Mauro Gáspari fueron absueltos.

Los hechos investigados sucedieron en Esquel, y la banda quedó desbaratada en el marco de operativos simultáneos llevados a cabo por la Policía Provincial con su División Drogas, en Esquel y Trevelin.

El Tribunal de juzgamiento fue presidido por el juez Enrique Jorge Guanziroli, e integrado por la juez Nora María Teresa Cabrera de Monella y el juez Mario Gabriel Reynaldi, con la Secretaría del doctor Raúl A. Totaro.

La causa fue caratulada “Gáspari Alan Enrique, Gáspari Mariana Alejandra, Casenave María de los Ángeles, Gáspari Mauro Iván; Alvarado Sebastián Ignacio s/infracción Ley 23.737”.

El miércoles 23 de abril de 2014, la Policía Provincial, llevó a cabo varios operativos simultáneos a través de la División Drogas, en Esquel y Trevelin, que dejaron como resultado la incautación de una importante cantidad de marihuana, y elementos que hacen al fraccionamiento del estupefaciente.

Ese día, en algunas viviendas allanadas por orden del Juez Federal con asiento en Esquel, Guido Otranto, encontraron plantaciones, por lo que se dedujo que Gáspari y su banda cultivaban, fraccionaban y comercializaban.

Se realizaron 5 allanamientos, de los cuales uno fue en Trevelin, y otro procedimiento se llevó a cabo en plena calle, en Don Bosco al 500, donde los policías interceptaron un Fiat Clío en el que se transportaban dos jóvenes, uno de ellos aprehendido por tenérselo como el comercializador –Alan Gáspari-, ya que el otro habría sido un comprador.

Una pizzería de pantalla

También se hizo un allanamiento a la pizzería céntrica, en Belgrano al 500 –que al fin era utilizada de pantalla-, donde trabajaba Alan Gáspari y también lo hacía Mariana. En la mesada de la cocina encontraron restos de marihuana, recortes de cintas de embalar y una balanza, dinero, anotaciones y en el freezer un ladrillo de cannabis envuelto en cinta, y en una bolsa blanca cuatro ladrillos medianos, restos de consumos, bolsa hermética y recortes de nylon bajo el mostrador, representando 1,5 kgs..

En el domicilio de Mariana Alejandra Gáspari, en Trevelin, se incautaron dos frascos, uno con once envoltorios herméticos sellados y sustancia, y otro con marihuana, dos porros y tres papeles para armar, celulares, dinero, restos y más envoltorios de nylon con marihuana, un tallo de cannabis con flores, hojas, una planta grande en el invernadero, un tallo cortado, hojas y elementos de cultivo, superando los 3 kilos.

De la vivienda en que se vio habitar a Mariana Gáspari y visitar ocasionalmente a Mauro Gáspari, su hermano, y Sebastián Alvarado su hijo, en barrio Sudelco de Esquel, se hallaron sobre la cama una bolsa con marihuana, y debajo del colchón un frasco con ella; del mueble de TV 63 bolsas herméticas y un envoltorio.

Los jueces expusieron que los diálogos y mensajes interceptados y desencriptados, y los movimientos observados en los que intervenían, fueron compatibles con el comercio de las drogas, aunque se realizaran esporádicamente, con sus disimuladas actividades comerciales o desde sus moradas o la vía pública, y a ese fin estaban dirigidos sus afanes de cultivo.

Las intenciones, decisiones y acciones de los involucrados –se manifestó en el debate-, se orientaron consciente y deliberadamente a comerciar tóxicos al menudeo en la ciudad, y surge en forma fehaciente de los elementos de convicción témporo-espaciales que revela la situación y de movimientos y conversaciones expuestas por la investigación y el debate.

Concluyeron en que los acusados Alan “Quaker” Gáspari y Mariana Alejandra Gáspari, enlazaron sus conductas criminales de manera que caen atrapados como coautores, plenamente responsables, en el comercio de estupefacientes que penan el art. 45 del CP y 5 inc. c) de la ley 23737.

Las acusaciones

El Ministerio Público Fiscal acusó a Alan Gáspari, Mauro Iván Gáspari, Mariana Alejandra Gáspari, y a María de los Ángeles Casenave, como coautores del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, en concurso real con cultivo de plantas utilizables para producir estupefacientes, agravado por la participación de tres o más personas en forma organizada, y en el caso de los dos primeros mencionados agravado también por servirse de un menor de edad; y a Sebastián Alvarado como coautor de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, agravado por la participación de tres o más personas en forma organizada.

Planteo de nulidades

Por su parte la Defensa Particular de Alan, Mauro y Mariana Gáspari y de Casenave, planteó la nulidad de las intervenciones telefónicas anteriores al 7 de marzo de 2014, y solicitó la absolución de sus pupilos, mientras que la Defensa Pública Oficial de Alvarado, como la representante del Ministerio Público Pupilar, pidieron la absolución de su asistido, y además ésta última atacó de nulidad el pedido de pena.

Fallo

Finalmente el fallo se conoció el viernes, en el que el Tribunal Federal rechazó las nulidades articuladas, con costas. Asimismo absolvió de culpa y cargo a Sebastián Ignacio Alvarado, cesando a su respecto cualquier restricción que por el hecho se le impusiera, sin costas. También fue absuelto de culpa y cargo Mauro Iván Gáspari, cesando a su respecto cualquier restricción que por el hecho se le impusiera, sin costas.

Para María de los Ángeles Casenave, por partícipe secundaria del comercio de estupefacientes, fue condenada a dos (2) años de prisión en suspenso, en cuyo tiempo deberá fijar domicilio, someterse al cuidado del patronato, no cometer nuevos delitos y abstenerse de tener o usar armas y drogas, más 100 horas de trabajo comunitario gratuito, en una institución de bien público; multa de $ 2.000 y costas.

Coautor

Alan Enrique Gáspari, por considerarlo coautor responsable de comercio de estupefacientes prohibidos, deberá purgar 4 años y 6 meses de prisión; pagar $ 5.000 de multa, más accesorias legales y las costas.

En tanto Mariana Alejandra Gáspari, por considerarla coautora responsable de comercio de estupefacientes prohibidos, recibió una condena de 4 años y 6 meses de prisión; debe pagar $ 5.000 de multa, más accesorias legales y las costas.

Se ordenó la destrucción de la droga incautada, decomiso del dinero y objetos útiles para el delito secuestrados; y del Renault Clio en el que se movilizaban los acusados, confirmó el fallo.

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22 JUN 2019 - 20:56

El Juzgado Oral Federal en lo Criminal de Comodoro Rivadavia, dictó sentencia en un caso de comercialización de drogas, cuyo principal implicado fue Alan Gáspari alias “Quaker”, junto a Mariana Gáspari. El caso es de Esquel. Ambos recibieron una pena de 4 años y 6 meses de prisión; María de los Angeles Casenave 2 años de prisión en suspenso más tareas comunitarias. Sebastián Alvarado y Mauro Gáspari fueron absueltos.

Los hechos investigados sucedieron en Esquel, y la banda quedó desbaratada en el marco de operativos simultáneos llevados a cabo por la Policía Provincial con su División Drogas, en Esquel y Trevelin.

El Tribunal de juzgamiento fue presidido por el juez Enrique Jorge Guanziroli, e integrado por la juez Nora María Teresa Cabrera de Monella y el juez Mario Gabriel Reynaldi, con la Secretaría del doctor Raúl A. Totaro.

La causa fue caratulada “Gáspari Alan Enrique, Gáspari Mariana Alejandra, Casenave María de los Ángeles, Gáspari Mauro Iván; Alvarado Sebastián Ignacio s/infracción Ley 23.737”.

El miércoles 23 de abril de 2014, la Policía Provincial, llevó a cabo varios operativos simultáneos a través de la División Drogas, en Esquel y Trevelin, que dejaron como resultado la incautación de una importante cantidad de marihuana, y elementos que hacen al fraccionamiento del estupefaciente.

Ese día, en algunas viviendas allanadas por orden del Juez Federal con asiento en Esquel, Guido Otranto, encontraron plantaciones, por lo que se dedujo que Gáspari y su banda cultivaban, fraccionaban y comercializaban.

Se realizaron 5 allanamientos, de los cuales uno fue en Trevelin, y otro procedimiento se llevó a cabo en plena calle, en Don Bosco al 500, donde los policías interceptaron un Fiat Clío en el que se transportaban dos jóvenes, uno de ellos aprehendido por tenérselo como el comercializador –Alan Gáspari-, ya que el otro habría sido un comprador.

Una pizzería de pantalla

También se hizo un allanamiento a la pizzería céntrica, en Belgrano al 500 –que al fin era utilizada de pantalla-, donde trabajaba Alan Gáspari y también lo hacía Mariana. En la mesada de la cocina encontraron restos de marihuana, recortes de cintas de embalar y una balanza, dinero, anotaciones y en el freezer un ladrillo de cannabis envuelto en cinta, y en una bolsa blanca cuatro ladrillos medianos, restos de consumos, bolsa hermética y recortes de nylon bajo el mostrador, representando 1,5 kgs..

En el domicilio de Mariana Alejandra Gáspari, en Trevelin, se incautaron dos frascos, uno con once envoltorios herméticos sellados y sustancia, y otro con marihuana, dos porros y tres papeles para armar, celulares, dinero, restos y más envoltorios de nylon con marihuana, un tallo de cannabis con flores, hojas, una planta grande en el invernadero, un tallo cortado, hojas y elementos de cultivo, superando los 3 kilos.

De la vivienda en que se vio habitar a Mariana Gáspari y visitar ocasionalmente a Mauro Gáspari, su hermano, y Sebastián Alvarado su hijo, en barrio Sudelco de Esquel, se hallaron sobre la cama una bolsa con marihuana, y debajo del colchón un frasco con ella; del mueble de TV 63 bolsas herméticas y un envoltorio.

Los jueces expusieron que los diálogos y mensajes interceptados y desencriptados, y los movimientos observados en los que intervenían, fueron compatibles con el comercio de las drogas, aunque se realizaran esporádicamente, con sus disimuladas actividades comerciales o desde sus moradas o la vía pública, y a ese fin estaban dirigidos sus afanes de cultivo.

Las intenciones, decisiones y acciones de los involucrados –se manifestó en el debate-, se orientaron consciente y deliberadamente a comerciar tóxicos al menudeo en la ciudad, y surge en forma fehaciente de los elementos de convicción témporo-espaciales que revela la situación y de movimientos y conversaciones expuestas por la investigación y el debate.

Concluyeron en que los acusados Alan “Quaker” Gáspari y Mariana Alejandra Gáspari, enlazaron sus conductas criminales de manera que caen atrapados como coautores, plenamente responsables, en el comercio de estupefacientes que penan el art. 45 del CP y 5 inc. c) de la ley 23737.

Las acusaciones

El Ministerio Público Fiscal acusó a Alan Gáspari, Mauro Iván Gáspari, Mariana Alejandra Gáspari, y a María de los Ángeles Casenave, como coautores del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, en concurso real con cultivo de plantas utilizables para producir estupefacientes, agravado por la participación de tres o más personas en forma organizada, y en el caso de los dos primeros mencionados agravado también por servirse de un menor de edad; y a Sebastián Alvarado como coautor de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, agravado por la participación de tres o más personas en forma organizada.

Planteo de nulidades

Por su parte la Defensa Particular de Alan, Mauro y Mariana Gáspari y de Casenave, planteó la nulidad de las intervenciones telefónicas anteriores al 7 de marzo de 2014, y solicitó la absolución de sus pupilos, mientras que la Defensa Pública Oficial de Alvarado, como la representante del Ministerio Público Pupilar, pidieron la absolución de su asistido, y además ésta última atacó de nulidad el pedido de pena.

Fallo

Finalmente el fallo se conoció el viernes, en el que el Tribunal Federal rechazó las nulidades articuladas, con costas. Asimismo absolvió de culpa y cargo a Sebastián Ignacio Alvarado, cesando a su respecto cualquier restricción que por el hecho se le impusiera, sin costas. También fue absuelto de culpa y cargo Mauro Iván Gáspari, cesando a su respecto cualquier restricción que por el hecho se le impusiera, sin costas.

Para María de los Ángeles Casenave, por partícipe secundaria del comercio de estupefacientes, fue condenada a dos (2) años de prisión en suspenso, en cuyo tiempo deberá fijar domicilio, someterse al cuidado del patronato, no cometer nuevos delitos y abstenerse de tener o usar armas y drogas, más 100 horas de trabajo comunitario gratuito, en una institución de bien público; multa de $ 2.000 y costas.

Coautor

Alan Enrique Gáspari, por considerarlo coautor responsable de comercio de estupefacientes prohibidos, deberá purgar 4 años y 6 meses de prisión; pagar $ 5.000 de multa, más accesorias legales y las costas.

En tanto Mariana Alejandra Gáspari, por considerarla coautora responsable de comercio de estupefacientes prohibidos, recibió una condena de 4 años y 6 meses de prisión; debe pagar $ 5.000 de multa, más accesorias legales y las costas.

Se ordenó la destrucción de la droga incautada, decomiso del dinero y objetos útiles para el delito secuestrados; y del Renault Clio en el que se movilizaban los acusados, confirmó el fallo.


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