Patrimonio: los lugares de Trelew que están protegidos y debemos cuidar

Algunos son espacios de uso público y muy conocidos. Otros son edificios que albergan historias que nos unen como comunidad.

24 JUN 2019 - 18:31 | Actualizado

El cuidado de los espacios públicos forma parte de las normas de convivencia social y el repudio a los hechos de vandalismo una forma de expresión para condenar las roturas o pintadas sobre los bienes que son comunes a los ciudadanos de Trelew.

Pero además existen y están en vigencia una serie de ordenanzas que tienen como fin resguardar aquellas construcciones o edificios que por su historia merecen ser respetados por la comunidad.

En algunos casos –como el Kiosko de la Plaza Independencia- son ampliamente reconocidos e incluso así sufren episodios vandálicos. Otros son inmuebles particulares que están relacionados con la historia de la ciudad, ya sea por un personaje o por algún episodio.

Hace cuatro décadas se creó la una primera comisión de evaluación del patrimonio cultural, a través de un trabajo de determinación histórico y arquitectónico de los edificios, monumento y sitios de la ciudad.

Algunos años después, a través de la ordenanza 2.316/86 para la conservación de monumentos y edificios públicos, se disponía la prohibición de “del pintado de leyendas y el pegado de carteles alusivos en los monumentos y edificios públicos de la ciudad de Trelew”.

En el año 1991 se concretó la Creación de un Registro Permanente de Edificios y Sitios de Valor Cultural, a través de la ordenanza 3980/91, mientras que otras dos normas establecieron las bases para la Comisión Ejecutora para el desarrollo del Patrimonio Cultural y Natural, además de las condiciones para la incorporación de bienes al registro del Patrimonio Histórico.

El registro, que está vigente, establece cuales son los edificios –públicos y privados- y espacios que forman parte del patrimonio, entre los que se destacan el Ex Distrito Militar; Capilla y Cementerio Moriah; Capilla Tabernacl; Estación Ferrocarril; Capilla Nazareth; Capilla Bethlehem; Molino Harinero; Kiosco del Centenario; Teatro Verdi; Salón San David; Teatro Español; Guardería Provincial; Banco de la Nación; Hotel Touring Club; Casa Parroquial; Palacio Municipal; Cine Coliseo; Puente Hendre; Plaza Independencia; Laguna Chiquichano y la escuela Nº 5, entre otros.

En total son más de 80 los lugares que forman parte del patrimonio, entre los que se destacan una importante cantidad de viviendas particulares y también algunos edificios comerciales, especialmente en la zona céntrica de la ciudad.

La legislación original fue modificada por la Ordenanza 4547/93, donde se establecen los beneficios y obligaciones que tendrán los titulares de los bienes incluidos en el registro.

La normativa establece que serán incorporados al registro “los bienes patrimoniales ubicados en áreas urbanas y rural de Trelew, que se determinen por Ordenanza, las que se fundamentarán en los dictá­menes que a tal efecto emita la Comisión Ejecutora del Programa de Conservación y Rescate del Patrimonio Cultural y Natural, la que efectuará el estudio, selección y calificación de los bienes y determinará la clasificación y puntaje que corresponda a los mismos”.

Si bien la legislación contempla incentivos tales como descuentos en impuestos y asignación de recursos en casos necesarios, también plantea una serie de obligaciones para quienes tienen a su cargo el edificio.

De acuerdo a la legislación, el estado municipal y los propietarios del inmueble deben ser firmar un “acta de compromiso” y en caso de que él o los propietarios o poseedores a título de dueño no cumplan el mismo “por alterar, modificar o demoler el bien registrado, cesarán de inmediato los beneficios de exención de los que gozaba, dando lugar al cobro del Impuesto Inmobiliario y Tasas de los ejercicios exceptuados con más las actualización y recargos moratorios corridos, y aplicación de las penalidades que corresponda”.

También establece que “el propietario que desee realizar cualquier acción sobre el bien registrado, independientemente del permiso de obra ordinaria otorgado por el Organismo técnico pertinente, deberá presentar la misma para su evaluación y aprobación a la Comisión Ejecutora del Programa de Conservación y Rescate del Patrimonio Cultural y Natural dependiente del área Municipal de Planeamiento. El criterio a tener en cuenta para la evaluación y aprobación será que la acción no altere en forma sustancia las características del bien”.

La legislación estipula además que “todo proyecto de edificación de obra nueva o modificación de la existente a realizarse en la zona delimitada por las calles: Lewis Jones, Fontana, Don Bosco y Alem, o en terrenos linderos o ubicados en la cuadra de los edificios registrados deberán ser girados para su consideración a la Comisión Ejecutora del Programa de Conservación y Rescate del Patrimonio Cultural y Natural, hasta tanto se finalicen los estudios de inventario y registro, en ejecución”.

Las más leídas

24 JUN 2019 - 18:31

El cuidado de los espacios públicos forma parte de las normas de convivencia social y el repudio a los hechos de vandalismo una forma de expresión para condenar las roturas o pintadas sobre los bienes que son comunes a los ciudadanos de Trelew.

Pero además existen y están en vigencia una serie de ordenanzas que tienen como fin resguardar aquellas construcciones o edificios que por su historia merecen ser respetados por la comunidad.

En algunos casos –como el Kiosko de la Plaza Independencia- son ampliamente reconocidos e incluso así sufren episodios vandálicos. Otros son inmuebles particulares que están relacionados con la historia de la ciudad, ya sea por un personaje o por algún episodio.

Hace cuatro décadas se creó la una primera comisión de evaluación del patrimonio cultural, a través de un trabajo de determinación histórico y arquitectónico de los edificios, monumento y sitios de la ciudad.

Algunos años después, a través de la ordenanza 2.316/86 para la conservación de monumentos y edificios públicos, se disponía la prohibición de “del pintado de leyendas y el pegado de carteles alusivos en los monumentos y edificios públicos de la ciudad de Trelew”.

En el año 1991 se concretó la Creación de un Registro Permanente de Edificios y Sitios de Valor Cultural, a través de la ordenanza 3980/91, mientras que otras dos normas establecieron las bases para la Comisión Ejecutora para el desarrollo del Patrimonio Cultural y Natural, además de las condiciones para la incorporación de bienes al registro del Patrimonio Histórico.

El registro, que está vigente, establece cuales son los edificios –públicos y privados- y espacios que forman parte del patrimonio, entre los que se destacan el Ex Distrito Militar; Capilla y Cementerio Moriah; Capilla Tabernacl; Estación Ferrocarril; Capilla Nazareth; Capilla Bethlehem; Molino Harinero; Kiosco del Centenario; Teatro Verdi; Salón San David; Teatro Español; Guardería Provincial; Banco de la Nación; Hotel Touring Club; Casa Parroquial; Palacio Municipal; Cine Coliseo; Puente Hendre; Plaza Independencia; Laguna Chiquichano y la escuela Nº 5, entre otros.

En total son más de 80 los lugares que forman parte del patrimonio, entre los que se destacan una importante cantidad de viviendas particulares y también algunos edificios comerciales, especialmente en la zona céntrica de la ciudad.

La legislación original fue modificada por la Ordenanza 4547/93, donde se establecen los beneficios y obligaciones que tendrán los titulares de los bienes incluidos en el registro.

La normativa establece que serán incorporados al registro “los bienes patrimoniales ubicados en áreas urbanas y rural de Trelew, que se determinen por Ordenanza, las que se fundamentarán en los dictá­menes que a tal efecto emita la Comisión Ejecutora del Programa de Conservación y Rescate del Patrimonio Cultural y Natural, la que efectuará el estudio, selección y calificación de los bienes y determinará la clasificación y puntaje que corresponda a los mismos”.

Si bien la legislación contempla incentivos tales como descuentos en impuestos y asignación de recursos en casos necesarios, también plantea una serie de obligaciones para quienes tienen a su cargo el edificio.

De acuerdo a la legislación, el estado municipal y los propietarios del inmueble deben ser firmar un “acta de compromiso” y en caso de que él o los propietarios o poseedores a título de dueño no cumplan el mismo “por alterar, modificar o demoler el bien registrado, cesarán de inmediato los beneficios de exención de los que gozaba, dando lugar al cobro del Impuesto Inmobiliario y Tasas de los ejercicios exceptuados con más las actualización y recargos moratorios corridos, y aplicación de las penalidades que corresponda”.

También establece que “el propietario que desee realizar cualquier acción sobre el bien registrado, independientemente del permiso de obra ordinaria otorgado por el Organismo técnico pertinente, deberá presentar la misma para su evaluación y aprobación a la Comisión Ejecutora del Programa de Conservación y Rescate del Patrimonio Cultural y Natural dependiente del área Municipal de Planeamiento. El criterio a tener en cuenta para la evaluación y aprobación será que la acción no altere en forma sustancia las características del bien”.

La legislación estipula además que “todo proyecto de edificación de obra nueva o modificación de la existente a realizarse en la zona delimitada por las calles: Lewis Jones, Fontana, Don Bosco y Alem, o en terrenos linderos o ubicados en la cuadra de los edificios registrados deberán ser girados para su consideración a la Comisión Ejecutora del Programa de Conservación y Rescate del Patrimonio Cultural y Natural, hasta tanto se finalicen los estudios de inventario y registro, en ejecución”.


NOTICIAS RELACIONADAS