Se trata de las Letes, Lecaps, Lelink y Lecer mencionados en el artículo primero del Decreto 596/2019.
El mecanismo de pago, informado a la agencia NA por la AFIP, será el siguiente:
- El contribuyente ordenará la transferencia desde la plataforma donde opera sus títulos a la AFIP.
- La Caja de Valores informará los bonos electrónicos generados.
- La AFIP procesará los bonos electrónicos recibidos.
- El contribuyente visualizará el crédito de estos bonos en la cuenta tributaria y los utilizará para pagar la deuda de aportes y contribuciones de seguridad social.
Desde del 15 de septiembre y hasta el 30 de noviembre de este año se podrán ordenar transferencias de bonos a la AFIP.
Se trata de las Letes, Lecaps, Lelink y Lecer mencionados en el artículo primero del Decreto 596/2019.
El mecanismo de pago, informado a la agencia NA por la AFIP, será el siguiente:
- El contribuyente ordenará la transferencia desde la plataforma donde opera sus títulos a la AFIP.
- La Caja de Valores informará los bonos electrónicos generados.
- La AFIP procesará los bonos electrónicos recibidos.
- El contribuyente visualizará el crédito de estos bonos en la cuenta tributaria y los utilizará para pagar la deuda de aportes y contribuciones de seguridad social.
Desde del 15 de septiembre y hasta el 30 de noviembre de este año se podrán ordenar transferencias de bonos a la AFIP.