La Cámara de Comodoro ordenó reabrir el Caso Maldonado y su familia pide por expertos

Revocó el archivo del expediente y también el sobreseimiento del único gendarme que habían imputado. Y le pidió al juez Gustavo Lleral que se investigue si hubo abandono de persona.

Artesano. La muerte de Maldonado sigue generando novedades.
06 SEP 2019 - 21:06 | Actualizado

La Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia resolvió reabrir la causa que había archivado el juez Gustavo Lleral por la muerte de Santiago Maldonado, ocurrida aguas del río Chubut en 2017. Además, descartó que haya existido el delito de desaparición forzada de persona, pero dejó abierta la posibilidad de que uno o más gendarmes –como así también algún miembro de la comunidad mapuche- hayan abandonado a Maldonado en las aguas del río Chubut.

“Consideramos que se investigó una única hipótesis delictiva –aquí definitivamente descartada- sin que haya sido objeto de valoración y pronunciamiento algún posible nexo causal entre cualquier omisión de personal de Gendarmería o de quienes se introdujeron en el río con Maldonado”.

Con esas palabras, en un fallo de 15 páginas al que accedió el portal de noticias Infobae, la Cámara ordenó reabrir la investigación por la muerte del artesano para determinar si los efectivos de Gendarmería cometieron el delito de abandono de persona.

En una decisión judicial de alto impacto, la Cámara resolvió revocar la resolución del juez federal de Rawson, Gustavo Lleral, y le ordenó avanzar con una serie de medidas de prueba tendientes a determinar con precisión las circunstancias en que se produjo la muerte de Maldonado. En el mismo fallo, la Cámara revocó el sobreseimiento del gendarme Emmanuel Echazú.

Maldonado desapareció el 1 de agosto de 2017 durante un procedimiento realizado por personal de Gendarmería para desalojar la Ruta 40.

Los camaristas Javier Leal de Ibarra, Aldo Suárez y Hebe Corchuelo de Huberman sostuvieron que la investigación judicial de primera instancia se dividió en dos etapas. Una se llevó adelante durante la búsqueda de Maldonado y la segunda se inició a partir de la aparición de su cuerpo el 17 de octubre. En el escrito, cuestionaron al juez Lleral por no haber avanzado sobre otras hipótesis que no fueran la desaparición forzada.

En este escenario, Verónica Heredia, abogada de la familia Maldonado, ayer dijo en el programa “El Observador” en FM Tiempo Esquel, que “fuimos notificados” de la resolución de la Cámara.

Remarcó que se revoca en especial “la afirmación de Lleral de que Santiago falleció solo sin que nadie lo viera. Quedó claro que no fue así, y la Cámara admite que en la autopsia quedaron un montón de dudas y de preguntas específicas que realizamos en torno a la misma”.

Planteó Heredia que en la conclusión de la autopsia no se dice la data de la muerte, dato fundamental; y no indica ni como, ni cuándo ni donde falleció Santiago, y la Cámara está admitiendo que no se dilucidan esas preguntas.

Explicó que la Cámara reconoce que fue una muerte traumática, “en un contexto de violencia desplegado por agentes del Estado, que debe ser investigado, lo que nos posiciona en el punto cero. Hay que investigar qué hizo Gendarmería el 31 de julio y el 1º de agosto de 2017, y las circunstancias en las que murió”.

La abogada subrayó que es una causa cuyo proceso se desarrolló en el Juzgado Federal de Esquel, y recordó que después de la recusación de Guido Otranto pasó al juez Lleral de Rawson. “Tampoco va a poder continuar con la causa, por lo que nos falta un juez o una jueza imparcial”.

Adelantó Heredia que Sergio Maldonado se encuentra ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, pidiendo conformar un grupo de expertos independientes para investigar.

Hizo hincapié también en que revocaron el sobreseimiento del gendarme Echazú para que sea investigado, y sostuvo que si bien la Cámara descarta la desaparición forzada de Santiago, es contradictorio porque se admite que la autopsia no pudo contestar muchas cuestiones, y hay varios testigos que faltan declarar.

En este marco Heredia recalcó que se ordena que se le tome nuevamente declaración a Lucas Pilquimán, porque “el juez Lleral impidió que estuviéramos presentes en ese momento”. También serán citados los peritos que hicieron la autopsia, por las contradicciones del informe.

“Tenemos que empezar de nuevo porque nos faltó la imparcialidad de la investigación, y el admitir que estábamos ante una muerte en un contexto de despliegue de fuerzas del Estado”, afirmó la abogada.

La Cámara además ordenó poner nuevamente en consideración el accionar de la Gendarmería, y se ordenó una “reconstrucción virtual” de los hechos con la participación de todas las partes.

Emmanuel Echazú había sido sobreseído por el delito de “desaparición forzada de personas”. Pero, para la Cámara de Apelaciones, si bien quedó descartada esa hipótesis, no se completó la investigación hacia otras figuras graves como la del “abandono de personas”.

Entre otros aspectos, sugiere el Tribunal “una representación de lo ocurrido de manera interactiva, permitiendo así verificar cual pudo haber sido el campo visual de quienes percibieron que Santiago Maldonado se encontraba agazapado en el río”. El fallo ordenó al juez Leral avanzar con una serie de medidas de prueba, tendientes a determinar con precisión las circunstancias en que se produjo la muerte.

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Artesano. La muerte de Maldonado sigue generando novedades.
06 SEP 2019 - 21:06

La Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia resolvió reabrir la causa que había archivado el juez Gustavo Lleral por la muerte de Santiago Maldonado, ocurrida aguas del río Chubut en 2017. Además, descartó que haya existido el delito de desaparición forzada de persona, pero dejó abierta la posibilidad de que uno o más gendarmes –como así también algún miembro de la comunidad mapuche- hayan abandonado a Maldonado en las aguas del río Chubut.

“Consideramos que se investigó una única hipótesis delictiva –aquí definitivamente descartada- sin que haya sido objeto de valoración y pronunciamiento algún posible nexo causal entre cualquier omisión de personal de Gendarmería o de quienes se introdujeron en el río con Maldonado”.

Con esas palabras, en un fallo de 15 páginas al que accedió el portal de noticias Infobae, la Cámara ordenó reabrir la investigación por la muerte del artesano para determinar si los efectivos de Gendarmería cometieron el delito de abandono de persona.

En una decisión judicial de alto impacto, la Cámara resolvió revocar la resolución del juez federal de Rawson, Gustavo Lleral, y le ordenó avanzar con una serie de medidas de prueba tendientes a determinar con precisión las circunstancias en que se produjo la muerte de Maldonado. En el mismo fallo, la Cámara revocó el sobreseimiento del gendarme Emmanuel Echazú.

Maldonado desapareció el 1 de agosto de 2017 durante un procedimiento realizado por personal de Gendarmería para desalojar la Ruta 40.

Los camaristas Javier Leal de Ibarra, Aldo Suárez y Hebe Corchuelo de Huberman sostuvieron que la investigación judicial de primera instancia se dividió en dos etapas. Una se llevó adelante durante la búsqueda de Maldonado y la segunda se inició a partir de la aparición de su cuerpo el 17 de octubre. En el escrito, cuestionaron al juez Lleral por no haber avanzado sobre otras hipótesis que no fueran la desaparición forzada.

En este escenario, Verónica Heredia, abogada de la familia Maldonado, ayer dijo en el programa “El Observador” en FM Tiempo Esquel, que “fuimos notificados” de la resolución de la Cámara.

Remarcó que se revoca en especial “la afirmación de Lleral de que Santiago falleció solo sin que nadie lo viera. Quedó claro que no fue así, y la Cámara admite que en la autopsia quedaron un montón de dudas y de preguntas específicas que realizamos en torno a la misma”.

Planteó Heredia que en la conclusión de la autopsia no se dice la data de la muerte, dato fundamental; y no indica ni como, ni cuándo ni donde falleció Santiago, y la Cámara está admitiendo que no se dilucidan esas preguntas.

Explicó que la Cámara reconoce que fue una muerte traumática, “en un contexto de violencia desplegado por agentes del Estado, que debe ser investigado, lo que nos posiciona en el punto cero. Hay que investigar qué hizo Gendarmería el 31 de julio y el 1º de agosto de 2017, y las circunstancias en las que murió”.

La abogada subrayó que es una causa cuyo proceso se desarrolló en el Juzgado Federal de Esquel, y recordó que después de la recusación de Guido Otranto pasó al juez Lleral de Rawson. “Tampoco va a poder continuar con la causa, por lo que nos falta un juez o una jueza imparcial”.

Adelantó Heredia que Sergio Maldonado se encuentra ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, pidiendo conformar un grupo de expertos independientes para investigar.

Hizo hincapié también en que revocaron el sobreseimiento del gendarme Echazú para que sea investigado, y sostuvo que si bien la Cámara descarta la desaparición forzada de Santiago, es contradictorio porque se admite que la autopsia no pudo contestar muchas cuestiones, y hay varios testigos que faltan declarar.

En este marco Heredia recalcó que se ordena que se le tome nuevamente declaración a Lucas Pilquimán, porque “el juez Lleral impidió que estuviéramos presentes en ese momento”. También serán citados los peritos que hicieron la autopsia, por las contradicciones del informe.

“Tenemos que empezar de nuevo porque nos faltó la imparcialidad de la investigación, y el admitir que estábamos ante una muerte en un contexto de despliegue de fuerzas del Estado”, afirmó la abogada.

La Cámara además ordenó poner nuevamente en consideración el accionar de la Gendarmería, y se ordenó una “reconstrucción virtual” de los hechos con la participación de todas las partes.

Emmanuel Echazú había sido sobreseído por el delito de “desaparición forzada de personas”. Pero, para la Cámara de Apelaciones, si bien quedó descartada esa hipótesis, no se completó la investigación hacia otras figuras graves como la del “abandono de personas”.

Entre otros aspectos, sugiere el Tribunal “una representación de lo ocurrido de manera interactiva, permitiendo así verificar cual pudo haber sido el campo visual de quienes percibieron que Santiago Maldonado se encontraba agazapado en el río”. El fallo ordenó al juez Leral avanzar con una serie de medidas de prueba, tendientes a determinar con precisión las circunstancias en que se produjo la muerte.


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