Pidieron juicio para el ex subjefe del Ejército de Esquel por acosar a dos jóvenes soldados

Lo acusa de amenazas coactivas a dos mujeres soldados voluntarias. La Fiscalía Federal impulsó el caso.

05 OCT 2019 - 21:30 | Actualizado

La Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia, confirmó el procesamiento del Oficial del Ejército Matías Castro Ramos, quien fuera Segundo Jefe del Regimiento de Caballería de Exploración 3 “Coraceros General Pacheco con asiento en Esquel.

El estrado judicial, pidió la elevación a juicio del caso, por los siguientes delitos que se le imputaron al militar denunciado por una soldado el año pasado: Autor de los delitos de coacción cometidos en perjuicio de dos víctimas, dos hechos que concurren de manera real entre sí, en concurso real con el delito de maltrato arbitrario, valiéndose de la autoridad militar a un subordinado cometido en perjuicio de otra víctima.

En agosto de 2018, el Juez Federal Guido Otranto llamó a declaración indagatoria al Oficial, y tras esa audiencia decidió procesarlo. Para resolver –en base al informe de la Fiscalía Federal a cargo de Silvina Avila-, se entendió respecto de los delitos de amenazas coactivas que “…se le atribuye haber manifestado frases en las que literalmente anunciaba un daño futuro, buscando obligar a las víctimas a ceder a sus insinuaciones sexuales previas…”.

La Dra. Mariela Llanquinao, abogada de la soldado voluntaria denunciante, dijo ayer a este diario que no se hizo lugar a la apelación de Castro Ramos ante la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia, y quedó confirmado su procesamiento con pedido de elevación a juicio oral.

Asimismo indicó que se le corrió traslado al defensor del militar, quien puede volver a pedir el sobreseimiento, en cumplimiento de un derecho que tiene el imputado. “Pero –recalcó confiada- hay que esperar la fecha del juicio oral y público”.

Investigación de la Fiscalía

El Juzgado Federal de Esquel, a cargo del Dr. Guido Otranto, procesó al Segundo Jefe del Regimiento de Caballería de Exploración 3 “Coraceros General Pacheco” con asiento en Esquel, el 8 de agosto del 2018.

La Fiscalía Federal de Esquel, tras la investigación, había hecho público que en virtud de los hechos denunciados el 4 de abril del año pasado en la Comisaría de la Mujer local, y que adquirieron trascendencia pública en días posteriores, se formó una instrucción preliminar que se tramitó en ese estrado federal.

Dicha instrucción tuvo por objeto investigar los hechos que habrían tenido lugar en el Regimiento de Caballería de Exploración 3 “Coraceros General Pacheco”, que fueran protagonizados por un funcionario que integra la Jefatura de la dependencia militar (fue apartado), y que tuvo como víctimas a por lo menos tres soldado voluntarias.

La Fiscalía en el mismo sentido explicó que si bien el expediente se inició con una denuncia, lo cierto es que como producto de la investigación se fueron hallando más víctimas del accionar del imputado, “por lo que el requerimiento de citación a indagatoria superó el primer escenario planteado”.

Durante el transcurso de la investigación en ese Ministerio Público Fiscal Federal, que se prolongó durante un mes, además de prueba documental, informática y de fotografías, se obtuvieron más de 30 declaraciones testimoniales, que “confirmaron los hechos denunciados”.

Los delitos imputados

Luego que prestara declaración indagatoria, el Juzgado Federal decidió el pasado martes procesar al Segundo Jefe del Regimiento de Esquel, por los siguientes delitos: Como autor de los delitos de coacción cometidos en perjuicio de dos víctimas, dos hechos que concurren de manera real entre sí, en concurso real con el delito de maltrato arbitrario, valiéndose de la autoridad militar a un subordinado cometido en perjuicio de otra víctima.

Para resolver –puntualizó el informe de la Fiscalía Federal-, se entendió respecto de los delitos de amenazas coactivas que “…se le atribuye haber manifestado frases en las que literalmente anunciaba un daño futuro buscando obligar a las víctimas a ceder a sus insinuaciones sexuales previas…”.

También se consideró “comprobado que ambas destinatarias de las amenazas son soldados voluntarias mujeres que no superan los 25 años, siendo en uno de los casos el único sostén económico de familia, y materializadas en su ámbito laboral valiéndose de la superioridad jerárquica que gozaba el imputado, como segunda autoridad del Regimiento”.

Así, se concluyó que “en este contexto, las amenazas fueron proferidas sin motivos legítimos, en forma deliberada, en un contexto de especial vulnerabilidad de las víctimas por la asimetría jerárquica referida, y por los antecedentes concretos de violencia de género materializado en insinuaciones sexuales por parte del mismo agresor, alcanzando la entidad suficiente para obligarlas –como mínimo- a tolerar un alto nivel de malestar, miedo e incertidumbre en su ámbito laboral, en algunos casos incluso consecuencias perjudiciales en su estado de salud”.

Con relación al delito de maltrato arbitrario, el fallo consideró que “no caben dudas que en el marco de un control de guardia llevado adelante por el imputado, en cumplimiento de sus funciones como Segundo Jefe del Regimiento, buscó aleccionar a la soldado voluntaria víctima, ordenándole en dos oportunidades la realización de un mismo ejercicio, con el objeto de demostrar mediante la práctica de su autoridad, las consecuencias negativas que implicaba negarse a mantener relaciones sexuales con él”.

Abuso de autoridad

El Juez Guido Otranto evaluó en su momento que “la conducta que se reprocha no radica en la orden en sí misma ni en su contenido, cuestiones que claramente el imputado se encontraba legítimamente facultado para ejercer, sino en la utilización abusiva de esa autoridad, al hacer ejecutar en dos oportunidades un mismo ejercicio que la obligaba a realizar un despliegue físico simulando una situación de combate, haciéndole ver claramente que no buscaba perfeccionar la ejecución del movimiento –como alegó el imputado en su declaración indagatoria- sino para que supiera lo que implicaba que se negara a mantener relaciones sexuales con él”

En la resolución del procesamiento del Oficial Matías Castro Ramos, el magistrado interviniente también dispuso medidas cautelares como “embargo sobre el patrimonio del imputado, prohibición de salir del país, y el mantenimiento de las medidas preventivas ya dispuestas en el marco de la Ley 26.485”.

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05 OCT 2019 - 21:30

La Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia, confirmó el procesamiento del Oficial del Ejército Matías Castro Ramos, quien fuera Segundo Jefe del Regimiento de Caballería de Exploración 3 “Coraceros General Pacheco con asiento en Esquel.

El estrado judicial, pidió la elevación a juicio del caso, por los siguientes delitos que se le imputaron al militar denunciado por una soldado el año pasado: Autor de los delitos de coacción cometidos en perjuicio de dos víctimas, dos hechos que concurren de manera real entre sí, en concurso real con el delito de maltrato arbitrario, valiéndose de la autoridad militar a un subordinado cometido en perjuicio de otra víctima.

En agosto de 2018, el Juez Federal Guido Otranto llamó a declaración indagatoria al Oficial, y tras esa audiencia decidió procesarlo. Para resolver –en base al informe de la Fiscalía Federal a cargo de Silvina Avila-, se entendió respecto de los delitos de amenazas coactivas que “…se le atribuye haber manifestado frases en las que literalmente anunciaba un daño futuro, buscando obligar a las víctimas a ceder a sus insinuaciones sexuales previas…”.

La Dra. Mariela Llanquinao, abogada de la soldado voluntaria denunciante, dijo ayer a este diario que no se hizo lugar a la apelación de Castro Ramos ante la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia, y quedó confirmado su procesamiento con pedido de elevación a juicio oral.

Asimismo indicó que se le corrió traslado al defensor del militar, quien puede volver a pedir el sobreseimiento, en cumplimiento de un derecho que tiene el imputado. “Pero –recalcó confiada- hay que esperar la fecha del juicio oral y público”.

Investigación de la Fiscalía

El Juzgado Federal de Esquel, a cargo del Dr. Guido Otranto, procesó al Segundo Jefe del Regimiento de Caballería de Exploración 3 “Coraceros General Pacheco” con asiento en Esquel, el 8 de agosto del 2018.

La Fiscalía Federal de Esquel, tras la investigación, había hecho público que en virtud de los hechos denunciados el 4 de abril del año pasado en la Comisaría de la Mujer local, y que adquirieron trascendencia pública en días posteriores, se formó una instrucción preliminar que se tramitó en ese estrado federal.

Dicha instrucción tuvo por objeto investigar los hechos que habrían tenido lugar en el Regimiento de Caballería de Exploración 3 “Coraceros General Pacheco”, que fueran protagonizados por un funcionario que integra la Jefatura de la dependencia militar (fue apartado), y que tuvo como víctimas a por lo menos tres soldado voluntarias.

La Fiscalía en el mismo sentido explicó que si bien el expediente se inició con una denuncia, lo cierto es que como producto de la investigación se fueron hallando más víctimas del accionar del imputado, “por lo que el requerimiento de citación a indagatoria superó el primer escenario planteado”.

Durante el transcurso de la investigación en ese Ministerio Público Fiscal Federal, que se prolongó durante un mes, además de prueba documental, informática y de fotografías, se obtuvieron más de 30 declaraciones testimoniales, que “confirmaron los hechos denunciados”.

Los delitos imputados

Luego que prestara declaración indagatoria, el Juzgado Federal decidió el pasado martes procesar al Segundo Jefe del Regimiento de Esquel, por los siguientes delitos: Como autor de los delitos de coacción cometidos en perjuicio de dos víctimas, dos hechos que concurren de manera real entre sí, en concurso real con el delito de maltrato arbitrario, valiéndose de la autoridad militar a un subordinado cometido en perjuicio de otra víctima.

Para resolver –puntualizó el informe de la Fiscalía Federal-, se entendió respecto de los delitos de amenazas coactivas que “…se le atribuye haber manifestado frases en las que literalmente anunciaba un daño futuro buscando obligar a las víctimas a ceder a sus insinuaciones sexuales previas…”.

También se consideró “comprobado que ambas destinatarias de las amenazas son soldados voluntarias mujeres que no superan los 25 años, siendo en uno de los casos el único sostén económico de familia, y materializadas en su ámbito laboral valiéndose de la superioridad jerárquica que gozaba el imputado, como segunda autoridad del Regimiento”.

Así, se concluyó que “en este contexto, las amenazas fueron proferidas sin motivos legítimos, en forma deliberada, en un contexto de especial vulnerabilidad de las víctimas por la asimetría jerárquica referida, y por los antecedentes concretos de violencia de género materializado en insinuaciones sexuales por parte del mismo agresor, alcanzando la entidad suficiente para obligarlas –como mínimo- a tolerar un alto nivel de malestar, miedo e incertidumbre en su ámbito laboral, en algunos casos incluso consecuencias perjudiciales en su estado de salud”.

Con relación al delito de maltrato arbitrario, el fallo consideró que “no caben dudas que en el marco de un control de guardia llevado adelante por el imputado, en cumplimiento de sus funciones como Segundo Jefe del Regimiento, buscó aleccionar a la soldado voluntaria víctima, ordenándole en dos oportunidades la realización de un mismo ejercicio, con el objeto de demostrar mediante la práctica de su autoridad, las consecuencias negativas que implicaba negarse a mantener relaciones sexuales con él”.

Abuso de autoridad

El Juez Guido Otranto evaluó en su momento que “la conducta que se reprocha no radica en la orden en sí misma ni en su contenido, cuestiones que claramente el imputado se encontraba legítimamente facultado para ejercer, sino en la utilización abusiva de esa autoridad, al hacer ejecutar en dos oportunidades un mismo ejercicio que la obligaba a realizar un despliegue físico simulando una situación de combate, haciéndole ver claramente que no buscaba perfeccionar la ejecución del movimiento –como alegó el imputado en su declaración indagatoria- sino para que supiera lo que implicaba que se negara a mantener relaciones sexuales con él”

En la resolución del procesamiento del Oficial Matías Castro Ramos, el magistrado interviniente también dispuso medidas cautelares como “embargo sobre el patrimonio del imputado, prohibición de salir del país, y el mantenimiento de las medidas preventivas ya dispuestas en el marco de la Ley 26.485”.


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