El Poder Judicial administrará los bienes decomisados en causas que afectan al erario público

Los ministros del Superior Tribunal, Mario Vivas, Alejandro Panizzi y Miguel Donnet, junto al Procurador General Jorge Miquelarena, resolvieron a través de una acordada que, en el marco de un proceso penal, aquellos bienes de cualquier naturaleza, por los que en virtud de su competencia, el Ministerio Público Fiscal haya requerido y obtenido su decomiso en favor del Estado Provincial, quedarán bajo administración y disposición exclusiva del Superior Tribunal de Justicia de Chubut.

09 OCT 2019 - 19:15 | Actualizado

Tomando como base lo establecido en la Ley II N°33, se dispuso que la asignación o destino de los bienes referidos, ya sea en carácter provisional o definitivo, será resuelta en cada caso, previa anuencia del Procurador General, por el Pleno del Superior Tribunal.

Quedó establecido que luego de la asignación o destino de los bienes decomisados, en la forma prevista en el artículo anterior, deberá tornar intervención el Sr. Administrador General quien podrá establecer, por vía de Resoluciones Administrativas Generales, la reglamentación necesaria que haga al seguimiento y más eficaz cumplimiento de lo resuelto.

Por último, se resolvió que los datos de los bienes decomisados puestos bajo administración y disposición exclusiva del Poder Judicial del Chubut, se publicarán en la página web institucional del Poder Judicial, resguardando, únicamente, la identidad de sus posibles titulares. Cuando corresponda, se anexará a la publicación el acto jurídico.

En los considerandos de la acordada, los altos funcionarios del Poder Judicial remarcaron que, la problemática que constituye la actividad delictiva y la necesidad de enfrentar el flagelo de los delitos que afectan al erario público, hacen imprescindible instrumentar políticas de estado consistentes, coordinadas, efectivas y permanentes en el tiempo.

Los ministros de la Corte y el Procurador General indicaron que el abordaje del delito con medidas eficaces de este tipo reduce el impacto negativo que éste provoca en la sociedad, especialmente en los casos de delincuencia organizada y de corrupción que degrada las instituciones de la Provincia, en particular la administración pública. Y enfatizaron que “con medidas como las que se adoptan relacionadas a la recuperación de activos que se obtienen de actividades de carácter delictivo, se beneficia directamente a la población”.

Remarcaron que la custodia y el mantenimiento de bienes de ese origen requieren la adopción de medidas que implican, en definitiva, erogaciones públicas y que, por lo tanto, resulta de toda justicia asignarle a estos bienes una finalidad de utilidad pública de modo tal que, a la par de asegurarse su conservación, toda la sociedad se beneficie de ellos.

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09 OCT 2019 - 19:15

Tomando como base lo establecido en la Ley II N°33, se dispuso que la asignación o destino de los bienes referidos, ya sea en carácter provisional o definitivo, será resuelta en cada caso, previa anuencia del Procurador General, por el Pleno del Superior Tribunal.

Quedó establecido que luego de la asignación o destino de los bienes decomisados, en la forma prevista en el artículo anterior, deberá tornar intervención el Sr. Administrador General quien podrá establecer, por vía de Resoluciones Administrativas Generales, la reglamentación necesaria que haga al seguimiento y más eficaz cumplimiento de lo resuelto.

Por último, se resolvió que los datos de los bienes decomisados puestos bajo administración y disposición exclusiva del Poder Judicial del Chubut, se publicarán en la página web institucional del Poder Judicial, resguardando, únicamente, la identidad de sus posibles titulares. Cuando corresponda, se anexará a la publicación el acto jurídico.

En los considerandos de la acordada, los altos funcionarios del Poder Judicial remarcaron que, la problemática que constituye la actividad delictiva y la necesidad de enfrentar el flagelo de los delitos que afectan al erario público, hacen imprescindible instrumentar políticas de estado consistentes, coordinadas, efectivas y permanentes en el tiempo.

Los ministros de la Corte y el Procurador General indicaron que el abordaje del delito con medidas eficaces de este tipo reduce el impacto negativo que éste provoca en la sociedad, especialmente en los casos de delincuencia organizada y de corrupción que degrada las instituciones de la Provincia, en particular la administración pública. Y enfatizaron que “con medidas como las que se adoptan relacionadas a la recuperación de activos que se obtienen de actividades de carácter delictivo, se beneficia directamente a la población”.

Remarcaron que la custodia y el mantenimiento de bienes de ese origen requieren la adopción de medidas que implican, en definitiva, erogaciones públicas y que, por lo tanto, resulta de toda justicia asignarle a estos bienes una finalidad de utilidad pública de modo tal que, a la par de asegurarse su conservación, toda la sociedad se beneficie de ellos.


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