Esquel: seis meses de prisión preventiva para Abel Marchan, acusado de matar a “Cami” Figueroa

Lo decidió este viernes el juez Martín O’Connor, a pedido de la Fiscalía. A la peluquera de Esquel la apuñalaron y ahora se sabe que también la golpearon.

25 OCT 2019 - 16:47 | Actualizado

El juez de Esquel Martin O’Connor hizo lugar este viernes al pedido de la Fiscalía y concedió la prisión preventiva de Abel Marchan, el hombre acusado de asesinar la peluquera Ruth “Cami” Figueroa, quien apareció apuñalada en su cama, mientras el presunto asesino estaba tirado en la misma habitación con heridas que, se presupone, fueron autoinfligidas.

La decisión se tomó en la audiencia de control de la detención y formalización de la investigación que se realizó en los Tribunales de Esquel, por la muerte de Figueroa, una peluquera de 44 años que fue salvajemente asesinada.

Asimismo, según pudo corroborar Jornada de fuentes de la investigación, este viernes se realizaron nuevas pericias y se levantaron más pruebas de la escena del crimen, el domicilio de Figueroa sobre la calle Brun.

Según pudo confirmar este diario, el informe forense realizado médica legista Silvana Cardinali menciona que las lesiones constatadas en el cuerpo de la víctima resultarían compatibles con algún elemento con borde y peso, cortantes con peso, y también se habrían constatado golpes con un palo de madera, entre otros.

De hecho, en el procedimiento realizado hoy por personal de la DPI de Esquel de la Policía del Chubut, secuestraron un palo de madera, una plancha, un velador de bronce y un garrote de gome. Además, dos chips de telefonía celular, una mochila, una cámara digital con memoria extraíble, un cuaderno con anotaciones varias y documentación.

Asimismo, se levantaron muestras biológicas y cabellos que serán periciados en el marco de la investigación del horrendo crimen. Todos estos requerimientos fueron realizados por la fiscal María Bottini, quien durante la audiencia pidió la prisión preventiva del imputado hasta la audiencia preliminar, cosa que fue aceptada por el juez.

Por qué quedó preso

Según la acusación fiscal, el hecho habría ocurrido en horas de la mañana en el interior de la vivienda de la calle Brun al 900. Vecinos habrían escuchado un pedido de ayuda pero al aproximarse, todo estaba en silencio y la puerta cerrada.

La fiscal Bottini y la funcionaria Cecilia Bagnato expusieron lo que se conoce hasta el momento a partir de la información obtenida en el lugar y el contacto con la médica forense luego de la realización de la autopsia. Finalmente, con participación del fiscal Fidel González, Bottini expuso los fundamentos por los que consideraba fundamental que el imputado permanezca en prisión preventiva hasta la realización de la audiencia preliminar.

El requerimiento se fundó en la necesidad de cautelar el proceso, dando posibilidad de cumplir con lo que exige la Convención de Belem do Pará, comprometiendo a los estados a sancionar la violencia de género.

La defensora Valeria Ponce pidió a los presentes el pedido de que su defendido sea tratado como inocente hasta que una sentencia firme establezca lo contrario. No tuvo cuestionamientos a la detención y, excepcionalmente, no cuestionó el dictado de prisión preventiva, aunque requirió que sea por un plazo menor al solicitado por el Ministerio Público Fiscal.

El juez O’ Connor aclaró que por el momento se está ante un sujeto inocente” y la regla es su libertad durante el proceso. Sin embargo, ante la existencia de riesgos procesales, habiendo elementos para considerar que hay probabilidad de que sea autor del hecho, podía darse la excepción a la regla de la libertad.

O’Connor entendió que la actitud del imputado luego del hecho no fue de colaborar con la investigación, por lo cual podría evadirse de la justicia, añadiendo además que las características mismas de este hecho hacen prever que un testigo podría sentirse atemorizado de declarar en caso de encontrarse el imputado en libertad.

Además consideró el deber de diligencia reforzada al que está obligado el Estado para garantizar que se sancione este tipo de violencia. Finalmente, el magistrado entendió que la medida cumple con los requisitos necesidad, racionalidad y proporcionalidad, dictando la prisión preventiva hasta la realización de la audiencia preliminar.

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25 OCT 2019 - 16:47

El juez de Esquel Martin O’Connor hizo lugar este viernes al pedido de la Fiscalía y concedió la prisión preventiva de Abel Marchan, el hombre acusado de asesinar la peluquera Ruth “Cami” Figueroa, quien apareció apuñalada en su cama, mientras el presunto asesino estaba tirado en la misma habitación con heridas que, se presupone, fueron autoinfligidas.

La decisión se tomó en la audiencia de control de la detención y formalización de la investigación que se realizó en los Tribunales de Esquel, por la muerte de Figueroa, una peluquera de 44 años que fue salvajemente asesinada.

Asimismo, según pudo corroborar Jornada de fuentes de la investigación, este viernes se realizaron nuevas pericias y se levantaron más pruebas de la escena del crimen, el domicilio de Figueroa sobre la calle Brun.

Según pudo confirmar este diario, el informe forense realizado médica legista Silvana Cardinali menciona que las lesiones constatadas en el cuerpo de la víctima resultarían compatibles con algún elemento con borde y peso, cortantes con peso, y también se habrían constatado golpes con un palo de madera, entre otros.

De hecho, en el procedimiento realizado hoy por personal de la DPI de Esquel de la Policía del Chubut, secuestraron un palo de madera, una plancha, un velador de bronce y un garrote de gome. Además, dos chips de telefonía celular, una mochila, una cámara digital con memoria extraíble, un cuaderno con anotaciones varias y documentación.

Asimismo, se levantaron muestras biológicas y cabellos que serán periciados en el marco de la investigación del horrendo crimen. Todos estos requerimientos fueron realizados por la fiscal María Bottini, quien durante la audiencia pidió la prisión preventiva del imputado hasta la audiencia preliminar, cosa que fue aceptada por el juez.

Por qué quedó preso

Según la acusación fiscal, el hecho habría ocurrido en horas de la mañana en el interior de la vivienda de la calle Brun al 900. Vecinos habrían escuchado un pedido de ayuda pero al aproximarse, todo estaba en silencio y la puerta cerrada.

La fiscal Bottini y la funcionaria Cecilia Bagnato expusieron lo que se conoce hasta el momento a partir de la información obtenida en el lugar y el contacto con la médica forense luego de la realización de la autopsia. Finalmente, con participación del fiscal Fidel González, Bottini expuso los fundamentos por los que consideraba fundamental que el imputado permanezca en prisión preventiva hasta la realización de la audiencia preliminar.

El requerimiento se fundó en la necesidad de cautelar el proceso, dando posibilidad de cumplir con lo que exige la Convención de Belem do Pará, comprometiendo a los estados a sancionar la violencia de género.

La defensora Valeria Ponce pidió a los presentes el pedido de que su defendido sea tratado como inocente hasta que una sentencia firme establezca lo contrario. No tuvo cuestionamientos a la detención y, excepcionalmente, no cuestionó el dictado de prisión preventiva, aunque requirió que sea por un plazo menor al solicitado por el Ministerio Público Fiscal.

El juez O’ Connor aclaró que por el momento se está ante un sujeto inocente” y la regla es su libertad durante el proceso. Sin embargo, ante la existencia de riesgos procesales, habiendo elementos para considerar que hay probabilidad de que sea autor del hecho, podía darse la excepción a la regla de la libertad.

O’Connor entendió que la actitud del imputado luego del hecho no fue de colaborar con la investigación, por lo cual podría evadirse de la justicia, añadiendo además que las características mismas de este hecho hacen prever que un testigo podría sentirse atemorizado de declarar en caso de encontrarse el imputado en libertad.

Además consideró el deber de diligencia reforzada al que está obligado el Estado para garantizar que se sancione este tipo de violencia. Finalmente, el magistrado entendió que la medida cumple con los requisitos necesidad, racionalidad y proporcionalidad, dictando la prisión preventiva hasta la realización de la audiencia preliminar.


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