Crimen de Ovejero: condena de 14 años fue confirmada

En la sede de los tribunales penales de Comodoro Rivadavia, la Cámara Penal local comunicó su resolución en relación a la impugnación de sentencia planteada por la defensa de Juliana Uribe por el homicidio de Samuel Ovejero.

La Cámara penal comodorense confirmó, por mayoría, la condena.
01 DIC 2019 - 21:44 | Actualizado

El tribunal resolvió por mayoría, integrada por los jueces Guillermo Müller y Daniel Pintos, con la disidencia del juez Martín Zachino, no hacer lugar a la impugnación ordinaria interpuesta por la defensa de Uribe y confirmar en todas sus partes la sentencia condenatoria a 14 años de prisión, haciendo reserva del caso Federal.

Los jueces de Cámara, compuesto por la mayoría de Müller y Pintos, en su sentencia expresaron que la defensa de Uribe en la impugnación “insistió con los planteos efectuados al tribunal de juicio y éste no es un nuevo juicio, sino que es un juicio al juicio”.

Las críticas al pronunciamiento del tribunal de primera instancia deben ser expuestas y demostradas, se debe explicar la valoración de la prueba que omitió ponderar y a que otra conclusión debió arribar el tribunal. Entendiendo los jueces de Cámara que en los votos del tribunal de primera instancia “se realizó una consideración integral de la prueba, sin contradicciones, ni incongruencias”.

No formuló la defensa una queja del voto de cada juez. La perspectiva de género y el supuesto de legítima defensa propia ha sido descartada por el tribunal para el caso. La relación de Uribe y Ovejero no tenía características de violencia de género; y que no existían antecedentes que permitan valorar la sumisión, cosificación del hombre hacia la mujer. Existen pruebas directas que despojan la legítima defensa en la ausencia de coherencia externa e interna en la declaración de Uribe y quedó descartado que Ovejero agrediera a la imputada”, sostuvieron.

El voto en minoría de Zachino resolvió hacer lugar parcialmente a lo propuesto por la defensa y declarar a Uribe autora responsable del delito de homicidio calificado, cometido con exceso en la legítima defensa y dispuso que se realice un reenvío del caso para una nueva cesura de pena, señaló un parte de la Fiscalía.

Juliana Uribe en primera instancia fue condenada por unanimidad a la pena de 14 años de prisión luego de haber sido declarada penalmente responsable del delito de “homicidio agravado por el vínculo, mediando circunstancias extraordinarias de atenuación”.

El homicidio de Samuel Ovejero sucedió el 29 de julio de 2017, cuando la víctima Samuel Ovejero se encontraba en compañía de la imputada, con la cual mantenía una relación de pareja, Juliana Uribe, junto a un menor, en el interior de un automóvil e iniciaron una discusión por la devolución de una camioneta. Allí, Uribe tomó un cuchillo y le asestó al menos tres puñaladas a Ovejero, una de ellas en el tórax que le perforó el ventrículo derecho del corazón, le cortó la sien y dos dedos.

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La Cámara penal comodorense confirmó, por mayoría, la condena.
01 DIC 2019 - 21:44

El tribunal resolvió por mayoría, integrada por los jueces Guillermo Müller y Daniel Pintos, con la disidencia del juez Martín Zachino, no hacer lugar a la impugnación ordinaria interpuesta por la defensa de Uribe y confirmar en todas sus partes la sentencia condenatoria a 14 años de prisión, haciendo reserva del caso Federal.

Los jueces de Cámara, compuesto por la mayoría de Müller y Pintos, en su sentencia expresaron que la defensa de Uribe en la impugnación “insistió con los planteos efectuados al tribunal de juicio y éste no es un nuevo juicio, sino que es un juicio al juicio”.

Las críticas al pronunciamiento del tribunal de primera instancia deben ser expuestas y demostradas, se debe explicar la valoración de la prueba que omitió ponderar y a que otra conclusión debió arribar el tribunal. Entendiendo los jueces de Cámara que en los votos del tribunal de primera instancia “se realizó una consideración integral de la prueba, sin contradicciones, ni incongruencias”.

No formuló la defensa una queja del voto de cada juez. La perspectiva de género y el supuesto de legítima defensa propia ha sido descartada por el tribunal para el caso. La relación de Uribe y Ovejero no tenía características de violencia de género; y que no existían antecedentes que permitan valorar la sumisión, cosificación del hombre hacia la mujer. Existen pruebas directas que despojan la legítima defensa en la ausencia de coherencia externa e interna en la declaración de Uribe y quedó descartado que Ovejero agrediera a la imputada”, sostuvieron.

El voto en minoría de Zachino resolvió hacer lugar parcialmente a lo propuesto por la defensa y declarar a Uribe autora responsable del delito de homicidio calificado, cometido con exceso en la legítima defensa y dispuso que se realice un reenvío del caso para una nueva cesura de pena, señaló un parte de la Fiscalía.

Juliana Uribe en primera instancia fue condenada por unanimidad a la pena de 14 años de prisión luego de haber sido declarada penalmente responsable del delito de “homicidio agravado por el vínculo, mediando circunstancias extraordinarias de atenuación”.

El homicidio de Samuel Ovejero sucedió el 29 de julio de 2017, cuando la víctima Samuel Ovejero se encontraba en compañía de la imputada, con la cual mantenía una relación de pareja, Juliana Uribe, junto a un menor, en el interior de un automóvil e iniciaron una discusión por la devolución de una camioneta. Allí, Uribe tomó un cuchillo y le asestó al menos tres puñaladas a Ovejero, una de ellas en el tórax que le perforó el ventrículo derecho del corazón, le cortó la sien y dos dedos.


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