Concejal de Madryn quiere prohibir fumar en la playa

Es María Eugenia Domínguez, del bloque de Juntos por el Cambio. Tiene un proyecto de ordenanza para que se cree el programa “Playa Libre de Humo”. Quieren poner recipientes especiales y sólo se podrá fumar en 5 metros a la redonda.

Domínguez explicó la propuesta presentada para ser tratada en la comisión de Ecología y Medio Ambiente.
11 ENE 2020 - 20:33 | Actualizado

La iniciativa fue impulsada por María Eugenia Domínguez y apunta a generar conciencia en el uso del cigarrillo y no afectar a los consumidores pasivos ni al medio ambiente.

“El humo de tabaco tiene más de 7000 sustancias tóxicas que constantemente son liberadas al aire que todos respiramos incluyendo monóxido de carbono. La combustión también produce dióxido de carbono contribuyendo al aumento del efecto invernadero” dijo la edil.

Asimismo, expresó que “dos de cada tres colillas son tiradas al suelo, siendo estas la mayor causa de basura en el mundo, y muchas veces van a parar al mar, contaminándolo y causando la muerte de fauna marina”.

Junto a ello, Domínguez precisó que “fumar provoca serias (y muchas de ellas irreversibles) enfermedades que pueden afectar también a los fumadores pasivos” de allí la propuesta presentada que será analizada y evaluada en la comisión de Ecología y Medio Ambiente.

La iniciativa apunta a la creación del programa “Playa Libre de Humo” cuya finalidad es la regulación de los aspectos relativos al consumo del tabaco en el sector playa del ejido municipal de Puerto Madryn, a los fines de la prevención y asistencia de la salud pública de sus residentes y visitantes.

Libre de humo

La iniciativa fija en su artículo segundo “establézcase que en todas las Unidades Turísticas otorgadas en concesión por el Departamento Ejecutivo Municipal y a lo largo de toda la zona costera ubicada dentro del ejido municipal y áreas naturales protegidas, deberán colocarse carteles que indiquen “Playa Libre de Humo”.

Para que ello ocurra el proyecto prevé que se disponga que “dentro de la superficie de playa se deberá instalar por lo menos un recipiente acorde para depositar las colillas de cigarrillos cada 50 metros. Los fumadores sólo podrán ejercitar ese hábito dentro de un radio de cinco metros de los recipientes mencionados, destinado exclusivamente a tal efecto, no pudiendo ser utilizado para otros usos. Todas las colillas de cigarrillo, cualquiera sea su tamaño ó características, deberán ser depositadas en los recipientes antes indicados”.

Por su parte, contempla que la autoridad de constatación, aplicación e infracción de la norma sea la Dirección de Inspección General en conjunto con la Secretaría de Ecología y Protección Ambiental de la Municipalidad de Puerto Madryn.

En paralelo a ello se prevé que el Departamento Ejecutivo coordine “con distintas instituciones u ONGS, acciones para concientizar sobre las problemáticas que causa el tabaco, así como también la provisión de los cestos y cartelería”.

Concientizar

Junto a ello, las diferentes áreas del municipio deberán implementar “una campaña de concientización, ya sea a través de cartelería, en la página web oficial de la Municipalidad de Puerto Madryn, medios televisivos, radiales y/o cualquier otro medio de comunicación, como así también deberá velar por la amplia difusión de las disposiciones de la ordenanza”.

La legisladora María Eugenia Domínguez aclaró que el proyecto no apunta a la prohibición de fumar en la playa si no que la misma apunta a “concientizar la necesidad de llevar adelante políticas de medio ambiente y del cuidado de la salud, realizando un cambio cultural progresivo y que por tal requiere su tiempo de adaptación”. Por tal motivo, puntualizó que la el cumplimiento de lo previsto en el proyecto “será progresivo, disponiendo del primer año desde su entrada en vigencia para su plena difusión y campaña de concientización”. Transcurrido los primeros 12 meses de vigencia de la norma se “incurrirá en infracción toda aquella persona que ejercite el hábito de fumar fuera del sector delimitado” contemplando que “dicha falta dará lugar a la confección del Acta de Constatación correspondiente por parte de los inspectores municipales de la Dirección de Inspección General y la Secretaría de ecología y Protección ambiental, conforme el procedimiento establecido que se encuentra en ejercicio para las demás infracciones”.

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11 ENE 2020 - 20:33

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“El humo de tabaco tiene más de 7000 sustancias tóxicas que constantemente son liberadas al aire que todos respiramos incluyendo monóxido de carbono. La combustión también produce dióxido de carbono contribuyendo al aumento del efecto invernadero” dijo la edil.

Asimismo, expresó que “dos de cada tres colillas son tiradas al suelo, siendo estas la mayor causa de basura en el mundo, y muchas veces van a parar al mar, contaminándolo y causando la muerte de fauna marina”.

Junto a ello, Domínguez precisó que “fumar provoca serias (y muchas de ellas irreversibles) enfermedades que pueden afectar también a los fumadores pasivos” de allí la propuesta presentada que será analizada y evaluada en la comisión de Ecología y Medio Ambiente.

La iniciativa apunta a la creación del programa “Playa Libre de Humo” cuya finalidad es la regulación de los aspectos relativos al consumo del tabaco en el sector playa del ejido municipal de Puerto Madryn, a los fines de la prevención y asistencia de la salud pública de sus residentes y visitantes.

Libre de humo

La iniciativa fija en su artículo segundo “establézcase que en todas las Unidades Turísticas otorgadas en concesión por el Departamento Ejecutivo Municipal y a lo largo de toda la zona costera ubicada dentro del ejido municipal y áreas naturales protegidas, deberán colocarse carteles que indiquen “Playa Libre de Humo”.

Para que ello ocurra el proyecto prevé que se disponga que “dentro de la superficie de playa se deberá instalar por lo menos un recipiente acorde para depositar las colillas de cigarrillos cada 50 metros. Los fumadores sólo podrán ejercitar ese hábito dentro de un radio de cinco metros de los recipientes mencionados, destinado exclusivamente a tal efecto, no pudiendo ser utilizado para otros usos. Todas las colillas de cigarrillo, cualquiera sea su tamaño ó características, deberán ser depositadas en los recipientes antes indicados”.

Por su parte, contempla que la autoridad de constatación, aplicación e infracción de la norma sea la Dirección de Inspección General en conjunto con la Secretaría de Ecología y Protección Ambiental de la Municipalidad de Puerto Madryn.

En paralelo a ello se prevé que el Departamento Ejecutivo coordine “con distintas instituciones u ONGS, acciones para concientizar sobre las problemáticas que causa el tabaco, así como también la provisión de los cestos y cartelería”.

Concientizar

Junto a ello, las diferentes áreas del municipio deberán implementar “una campaña de concientización, ya sea a través de cartelería, en la página web oficial de la Municipalidad de Puerto Madryn, medios televisivos, radiales y/o cualquier otro medio de comunicación, como así también deberá velar por la amplia difusión de las disposiciones de la ordenanza”.

La legisladora María Eugenia Domínguez aclaró que el proyecto no apunta a la prohibición de fumar en la playa si no que la misma apunta a “concientizar la necesidad de llevar adelante políticas de medio ambiente y del cuidado de la salud, realizando un cambio cultural progresivo y que por tal requiere su tiempo de adaptación”. Por tal motivo, puntualizó que la el cumplimiento de lo previsto en el proyecto “será progresivo, disponiendo del primer año desde su entrada en vigencia para su plena difusión y campaña de concientización”. Transcurrido los primeros 12 meses de vigencia de la norma se “incurrirá en infracción toda aquella persona que ejercite el hábito de fumar fuera del sector delimitado” contemplando que “dicha falta dará lugar a la confección del Acta de Constatación correspondiente por parte de los inspectores municipales de la Dirección de Inspección General y la Secretaría de ecología y Protección ambiental, conforme el procedimiento establecido que se encuentra en ejercicio para las demás infracciones”.


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