Turista provocó daños y tras conciliación tuvo que pagar

El hecho ocurrió en Las Grutas, donde un visitante deberá abonar la totalidad de los daños ocasionados en una vidriera.

24 ENE 2020 - 13:38 | Actualizado

Un turista deberá abonar íntegramente la totalidad de los daños causados en un local comercial, tras destruir una vidriera a golpes con una banqueta. La conciliación se dio en menos de doce horas y se basó en los principios del Código de Procedimiento que fomenta la solución del conflicto entre las partes mediante métodos alternativos.

El hecho sucedió en la noche del miércoles, cuando el imputado quien resulta ser mayor de edad, tomó una banqueta y golpeó la vidriera del local comercial, produciendo graves daños en la misma. El ataque habría tenido como motivo, que desde el negocio se negaron a venderle bebidas alcoholicas al sujeto, quien en primera instancia se fue del lugar pero volvió alrededor de una hora después provocando los destrozos descriptos.

Al lugar arribó personal policial que procedió a demorarlo y trasladarlo a la Unidad Policial del balneario, mientras que fiscal Paula Rodriguez Frandsen, de guardia por la feria judicial, inció actuaciones por el delito de daño.

Ayer por la mañana, la representante del Ministerio Público se entrevistó con el comerciante quien manifestó que su intención era que el sujeto abone los gastos de reparación de la vidriera que ascendían en $ 14.500

El defensor oficial Carlos Borzack, asistió al imputado y también mantuvo entrevistas con el damnificado favoreciendo de esta forma que los mismos lleguen a un entendimiento evitando un litigio mediante la aplicación de un criterio de oportunidad.

El turista se comprometió a abonar integrante el valor de la reparación y el comerciante dio el visto bueno para dar por finalizada la acción penal en contra, resolviendo la situación en menos de doce horas desde el hecho hasta la conciliación.

¿Qué prevé el Código Procesal Penal?

El artículo 14° de la Ley 5.020, prevé la solución de los conflictos entre la víctima y el imputado como uno de los objetivos principales del proceso penal.

La norma prevé que “los jueces y fiscales procurarán la solución del conflicto primario surgido a consecuencia del hecho, a fin de contribuir a restablecer la armonía entre sus protagonistas y la paz social”.

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24 ENE 2020 - 13:38

Un turista deberá abonar íntegramente la totalidad de los daños causados en un local comercial, tras destruir una vidriera a golpes con una banqueta. La conciliación se dio en menos de doce horas y se basó en los principios del Código de Procedimiento que fomenta la solución del conflicto entre las partes mediante métodos alternativos.

El hecho sucedió en la noche del miércoles, cuando el imputado quien resulta ser mayor de edad, tomó una banqueta y golpeó la vidriera del local comercial, produciendo graves daños en la misma. El ataque habría tenido como motivo, que desde el negocio se negaron a venderle bebidas alcoholicas al sujeto, quien en primera instancia se fue del lugar pero volvió alrededor de una hora después provocando los destrozos descriptos.

Al lugar arribó personal policial que procedió a demorarlo y trasladarlo a la Unidad Policial del balneario, mientras que fiscal Paula Rodriguez Frandsen, de guardia por la feria judicial, inció actuaciones por el delito de daño.

Ayer por la mañana, la representante del Ministerio Público se entrevistó con el comerciante quien manifestó que su intención era que el sujeto abone los gastos de reparación de la vidriera que ascendían en $ 14.500

El defensor oficial Carlos Borzack, asistió al imputado y también mantuvo entrevistas con el damnificado favoreciendo de esta forma que los mismos lleguen a un entendimiento evitando un litigio mediante la aplicación de un criterio de oportunidad.

El turista se comprometió a abonar integrante el valor de la reparación y el comerciante dio el visto bueno para dar por finalizada la acción penal en contra, resolviendo la situación en menos de doce horas desde el hecho hasta la conciliación.

¿Qué prevé el Código Procesal Penal?

El artículo 14° de la Ley 5.020, prevé la solución de los conflictos entre la víctima y el imputado como uno de los objetivos principales del proceso penal.

La norma prevé que “los jueces y fiscales procurarán la solución del conflicto primario surgido a consecuencia del hecho, a fin de contribuir a restablecer la armonía entre sus protagonistas y la paz social”.


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