En medio de la presión, la Corte Suprema declaró "inhábiles" los días que quedan de marzo

El gremio de judiciales que lidera Julio Piumato anunció que a partir de mañana realizará un paro de actividades hasta tanto la Corte Suprema "decrete la feria", en el marco de la emergencia sanitaria por el coronavirus.

16 MAR 2020 - 11:58 | Actualizado

La Corte Suprema de la Nación declaró días “inhábiles” para el Poder Judicial de la Nación desde hoy hasta el 31 de marzo próximo, como medida para prevenir la propagación del coronavirus, pero aclaró que en ese período se mantendrán las prestaciones mínimas a cargo de magistrados y funcionarios que no se encuentren dentro de los grupos de riesgo.

La decisión tomada hoy por el máximo tribunal incluye la suspensión de atención al público -no habrá vencimientos- y la aplicación de una licencia “excepcional” y “con goce haberes” para “todos aquellos magistrados, funcionarios y empleados mayores de 65 años o que padezcan enfermedades que los hagan más vulnerables al virus Covid -19”.

Además estableció que “en los tribunales y dependencias judiciales en las cuales haya existido la presencia de una persona afectada con diagnóstico de la enfermedad o ‘caso sospechoso’” en los términos del decreto 260/2020 de Poder Ejecutivo Nacional (PEN) “se dispondrá una licencia excepcional, con goce de haberes, respecto de todos los magistrados, funcionarios y empleados”.

En ese caso “corresponderá disponer el cierre del tribunal”, consignó la Acordada 4/2020, firmada esta tarde por el presidente de la Corte Carlos Rosenkrantz y los ministros Elena Highton, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti.

A través de la acordada, se dispuso que “los tribunales aseguren una prestación mínima del servicio de justicia” durante ese plazo, cuya cobertura estará “prioritariamente” a cargo de magistrados y funcionarios que no se encuentren dentro de los grupos de riesgos” que menciona el documento.

También mandó el “otorgamiento de una licencia especial”, con goce de haberes, a “los padres, madres, tutores o adoptantes a cargo de menores de edad” que concurran a establecimientos educativos de nivel secundario, primario y en guarderías o jardines maternales mientras en los misma “rija la suspensión de clases”.

La Corte tomó la decisión ante un informe de la comisión creada días atrás para el seguimiento y control de la situación epidemiológica conformada por autoridades del Cuerpo Médico Forense, la Obra Social del Poder Judicial de la Nación y el departamento de Medicina Preventiva y Laboral del máximo tribunal.

La comisión recomendó a la Corte adoptar las medidas tendientes a “elaborar un progresivo plan de contención infectológica para el funcionamiento del Poder Judicial de la Nación”.

“Para afrontar las medidas que demande la emergencia sanitaria en el ámbito del Poder Judicial de la Nación” la Corte dispuso “la afectación inicial de 40.000.000 de pesos “en la medida en que sean habilitadas las modificaciones presupuestarias por parte de la Jefatura de Ministros del PEN.

La Acordada 4/2020, aclaró que la declaración de días inhábiles es “sin perjuicio de la validez de los actos procesales cumplidos o que se cumplan” en ese lapso.

Ordenó, además, que “a partir del 18 de marzo de 2020, todas las presentaciones que se realicen en el ámbito de la Justicia Nacional y Federal serán completamente en formato digital a través del IEJ (Identificación Electrónica Digital) registrada en cada una de las causas y tendrán el valor de una declaración jurada.

16 MAR 2020 - 11:58

La Corte Suprema de la Nación declaró días “inhábiles” para el Poder Judicial de la Nación desde hoy hasta el 31 de marzo próximo, como medida para prevenir la propagación del coronavirus, pero aclaró que en ese período se mantendrán las prestaciones mínimas a cargo de magistrados y funcionarios que no se encuentren dentro de los grupos de riesgo.

La decisión tomada hoy por el máximo tribunal incluye la suspensión de atención al público -no habrá vencimientos- y la aplicación de una licencia “excepcional” y “con goce haberes” para “todos aquellos magistrados, funcionarios y empleados mayores de 65 años o que padezcan enfermedades que los hagan más vulnerables al virus Covid -19”.

Además estableció que “en los tribunales y dependencias judiciales en las cuales haya existido la presencia de una persona afectada con diagnóstico de la enfermedad o ‘caso sospechoso’” en los términos del decreto 260/2020 de Poder Ejecutivo Nacional (PEN) “se dispondrá una licencia excepcional, con goce de haberes, respecto de todos los magistrados, funcionarios y empleados”.

En ese caso “corresponderá disponer el cierre del tribunal”, consignó la Acordada 4/2020, firmada esta tarde por el presidente de la Corte Carlos Rosenkrantz y los ministros Elena Highton, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti.

A través de la acordada, se dispuso que “los tribunales aseguren una prestación mínima del servicio de justicia” durante ese plazo, cuya cobertura estará “prioritariamente” a cargo de magistrados y funcionarios que no se encuentren dentro de los grupos de riesgos” que menciona el documento.

También mandó el “otorgamiento de una licencia especial”, con goce de haberes, a “los padres, madres, tutores o adoptantes a cargo de menores de edad” que concurran a establecimientos educativos de nivel secundario, primario y en guarderías o jardines maternales mientras en los misma “rija la suspensión de clases”.

La Corte tomó la decisión ante un informe de la comisión creada días atrás para el seguimiento y control de la situación epidemiológica conformada por autoridades del Cuerpo Médico Forense, la Obra Social del Poder Judicial de la Nación y el departamento de Medicina Preventiva y Laboral del máximo tribunal.

La comisión recomendó a la Corte adoptar las medidas tendientes a “elaborar un progresivo plan de contención infectológica para el funcionamiento del Poder Judicial de la Nación”.

“Para afrontar las medidas que demande la emergencia sanitaria en el ámbito del Poder Judicial de la Nación” la Corte dispuso “la afectación inicial de 40.000.000 de pesos “en la medida en que sean habilitadas las modificaciones presupuestarias por parte de la Jefatura de Ministros del PEN.

La Acordada 4/2020, aclaró que la declaración de días inhábiles es “sin perjuicio de la validez de los actos procesales cumplidos o que se cumplan” en ese lapso.

Ordenó, además, que “a partir del 18 de marzo de 2020, todas las presentaciones que se realicen en el ámbito de la Justicia Nacional y Federal serán completamente en formato digital a través del IEJ (Identificación Electrónica Digital) registrada en cada una de las causas y tendrán el valor de una declaración jurada.


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