La actividad portuaria no cumplirá con el aislamiento

Según el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), emitido por la Presidencia de la Nación, la actividad en los puertos se vincula a la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca, actividades consideradas como impostergables.

20 MAR 2020 - 14:31 | Actualizado

El Gobierno de la Provincia, a través de la Administración Portuaria de Puerto Madryn (APPM), informó que "de acuerdo a lo indicado en el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) promulgado ayer, 19 de marzo de 2020, las actividades operativas portuarias están comprendidas dentro de las excepciones".

Al respecto, autoridades portuarias explicaron que "tal como se indica en el artículo 6° del Decreto de Necesidad y Urgencia, quedan exceptuadas del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio y de la prohibición de circular, las personas afectadas a las actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia y sus desplazamientos deberán limitarse al estricto cumplimiento de esas actividades y servicios”.

"Las actividades portuarias se ven comprendidas en los siguientes apartados: actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca y actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior” detallaron desde la Administración.

Actividades portuarias

Asimismo, se informó que "se realiza la descarga de dos buques poteros en los sitios 5 y 6 del Muelle Almirante Storni, está operando un buque containero en el sitio 3, que lleva entre otras cosas lana y langostino de exportación y se espera para la tarde de hoy el ingreso de un buque mercante para realizar carga de aluminio".

Cabe mencionar que "en todos estos casos las actividades se llevan adelante cumpliendo con los controles sanitarios que se venían realizando para preservar de esta manera la salud de la comunidad portuaria y en general".

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20 MAR 2020 - 14:31

El Gobierno de la Provincia, a través de la Administración Portuaria de Puerto Madryn (APPM), informó que "de acuerdo a lo indicado en el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) promulgado ayer, 19 de marzo de 2020, las actividades operativas portuarias están comprendidas dentro de las excepciones".

Al respecto, autoridades portuarias explicaron que "tal como se indica en el artículo 6° del Decreto de Necesidad y Urgencia, quedan exceptuadas del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio y de la prohibición de circular, las personas afectadas a las actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia y sus desplazamientos deberán limitarse al estricto cumplimiento de esas actividades y servicios”.

"Las actividades portuarias se ven comprendidas en los siguientes apartados: actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca y actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior” detallaron desde la Administración.

Actividades portuarias

Asimismo, se informó que "se realiza la descarga de dos buques poteros en los sitios 5 y 6 del Muelle Almirante Storni, está operando un buque containero en el sitio 3, que lleva entre otras cosas lana y langostino de exportación y se espera para la tarde de hoy el ingreso de un buque mercante para realizar carga de aluminio".

Cabe mencionar que "en todos estos casos las actividades se llevan adelante cumpliendo con los controles sanitarios que se venían realizando para preservar de esta manera la salud de la comunidad portuaria y en general".


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