Rechazaron el arresto domiciliario para Souza

En una audiencia de revisión realizada mediante sistema de videoconferencia, los jueces evaluaron y rechazaron la solicitud efectuada por Daniela Souza, defendida por Damián Dantonio, para un eventual arresto domiciliario cuando en la actualidad se encuentra alojada en la comisaría de Playa Unión.

20 ABR 2020 - 20:07 | Actualizado

Souza está condenada al encontrarse involucrada en el resonante caso denominado “El Embrujo” al ser hallada autora responsable por el delito de miembro de asociación ilícita, defraudación por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública y enriquecimiento ilícito. La pena impuesta es de cuatro años de prisión, la que fue confirmada en una resolución emitida el pasado 13 de abril por la cámara de apelaciones de Trelew.

La solicitud defensiva se basó en la existencia de la pandemia por el coronavirus citando una acordada de la cámara federal de casación penal. Invocó además el hecho de ser mujer, necesidad de asistencia familiar y condiciones carcelarias, además de exponer como antecedente la concesión a Sandro Figueroa, otro de los condenados, del arresto domiciliario.

A su turno, el fiscal general Omar Rodríguez señaló que la pandemia no resulta ser un nuevo hecho, por lo que no alcanza para hacer desaparecer los motivos que se tuvieron en cuenta al momento del dictado de prisión. Además aseveró que lo dicho por la casación penal está dirigida a jueces federales del país con el fin de disminuir factores de riesgo y responder al entorno de aquellos internos que están dentro de alguno de los grupos de vulnerabilidad, y claramente se observa que este no es el caso de Souza, quien se encuentra sola y no integra grupo de riesgo.

Recordó el doctor Rodríguez que la mencionada incumplió condiciones impuestas en su momento cuando se le había otorgado el arresto domiciliario, lo que significó la revocación de la medida para regresar a cumplir la preventiva en comisaría. Remarcó que con la confirmación de la condena por parte de la cámara penal aumenta el riesgo procesal de fuga.

Soñis, Pérez y Rolón coincidieron y reafirmaron los puntos argumentados por el Ministerio Público Fiscal e insistieron en manifestar que Souza demostró una conducta contraria a los fines de ser beneficiada con una morigeración.

Dijo el tribunal en su resolución que el doble conforme al confirmar la sentencia de condena era un dato objetivo del cuál se infiere el aumento del riesgo procesa. Como cuestión fundamental enfatizaron que la morigeración en la medida de Figueroa no tuvo nada que ver con la pandemia sino que se tuvo en cuenta oportunamente la cercanía de días para acceder al arresto domiciliario, cuestión de la cuál aún está muy lejos de obtener Daniela Souza, cuya condena se cumpliría a mediados de 2022.#

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20 ABR 2020 - 20:07

Souza está condenada al encontrarse involucrada en el resonante caso denominado “El Embrujo” al ser hallada autora responsable por el delito de miembro de asociación ilícita, defraudación por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública y enriquecimiento ilícito. La pena impuesta es de cuatro años de prisión, la que fue confirmada en una resolución emitida el pasado 13 de abril por la cámara de apelaciones de Trelew.

La solicitud defensiva se basó en la existencia de la pandemia por el coronavirus citando una acordada de la cámara federal de casación penal. Invocó además el hecho de ser mujer, necesidad de asistencia familiar y condiciones carcelarias, además de exponer como antecedente la concesión a Sandro Figueroa, otro de los condenados, del arresto domiciliario.

A su turno, el fiscal general Omar Rodríguez señaló que la pandemia no resulta ser un nuevo hecho, por lo que no alcanza para hacer desaparecer los motivos que se tuvieron en cuenta al momento del dictado de prisión. Además aseveró que lo dicho por la casación penal está dirigida a jueces federales del país con el fin de disminuir factores de riesgo y responder al entorno de aquellos internos que están dentro de alguno de los grupos de vulnerabilidad, y claramente se observa que este no es el caso de Souza, quien se encuentra sola y no integra grupo de riesgo.

Recordó el doctor Rodríguez que la mencionada incumplió condiciones impuestas en su momento cuando se le había otorgado el arresto domiciliario, lo que significó la revocación de la medida para regresar a cumplir la preventiva en comisaría. Remarcó que con la confirmación de la condena por parte de la cámara penal aumenta el riesgo procesal de fuga.

Soñis, Pérez y Rolón coincidieron y reafirmaron los puntos argumentados por el Ministerio Público Fiscal e insistieron en manifestar que Souza demostró una conducta contraria a los fines de ser beneficiada con una morigeración.

Dijo el tribunal en su resolución que el doble conforme al confirmar la sentencia de condena era un dato objetivo del cuál se infiere el aumento del riesgo procesa. Como cuestión fundamental enfatizaron que la morigeración en la medida de Figueroa no tuvo nada que ver con la pandemia sino que se tuvo en cuenta oportunamente la cercanía de días para acceder al arresto domiciliario, cuestión de la cuál aún está muy lejos de obtener Daniela Souza, cuya condena se cumpliría a mediados de 2022.#


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