Jueza Mirta Moreno: “La regla general es que debemos permanecer en casa”

"La única forma de prevención y control es evitar el aglomeramiento", dijo la jueza que obligó al Gobierno provincial a derogar las resoluciones del ministro Massoni y a adecuarse a las disposiciones del Gobierno nacional.

20 ABR 2020 - 20:19 | Actualizado

La jueza Mirta del Valle Moreno aseguró este lunes que la resolución judicial que tomó respecto a los hábeas corpus presentados por organismos nacionales y provinciales no modifica en nada el cumplimiento que deben guardar los ciudadanos sobre el aislamiento preventivo y obligatorio dictado por el Gobierno nacional.

“La regla básica es que debemos permanecer en nuestras casas porque hay un riesgo mayor, que es la posibilidad de contraer un virus y la única forma de prevención y control es evitar el aglomeramiento; para eso hay un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que es el 297 y sus modificatorios en cuanto a la ampliación de plazos legales sobre la obligación de permanecer en aislamiento” dijo la jueza.

Sobre el planteo que tuvo que analizar, indicó que tanto el hábeas corpus presentado por la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación como por la Defensa Pública provincial y organizaciones locales, “cuestionaron la forma en la cual se venía llevando adelante el control del aislamiento, lo que atacaba era la razonabilidad del proceder policial” y no la vigilancia del cumplimiento del aislamiento en sí.

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20 ABR 2020 - 20:19

La jueza Mirta del Valle Moreno aseguró este lunes que la resolución judicial que tomó respecto a los hábeas corpus presentados por organismos nacionales y provinciales no modifica en nada el cumplimiento que deben guardar los ciudadanos sobre el aislamiento preventivo y obligatorio dictado por el Gobierno nacional.

“La regla básica es que debemos permanecer en nuestras casas porque hay un riesgo mayor, que es la posibilidad de contraer un virus y la única forma de prevención y control es evitar el aglomeramiento; para eso hay un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que es el 297 y sus modificatorios en cuanto a la ampliación de plazos legales sobre la obligación de permanecer en aislamiento” dijo la jueza.

Sobre el planteo que tuvo que analizar, indicó que tanto el hábeas corpus presentado por la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación como por la Defensa Pública provincial y organizaciones locales, “cuestionaron la forma en la cual se venía llevando adelante el control del aislamiento, lo que atacaba era la razonabilidad del proceder policial” y no la vigilancia del cumplimiento del aislamiento en sí.


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