Prolongan medidas de protección para víctimas de Violencia de Género

El Superior Tribunal de Justicia del Chubut amplió la duración de la suspensión de plazos de medidas cautelares hasta el 10 de mayo.

27 ABR 2020 - 11:59 | Actualizado

Por una decisión del Superior Tribunal de Justicia del Chubut se prorrogó hasta el 10 de mayo de 2020, la suspensión de plazos fijados judicialmente en los supuestos de medidas cautelares o medidas de protección de personas en el marco de procesos de Violencia Familiar o de Género.

Lo hizo a través del Acuerdo Plenario Nª 4875/2020, suscripto por los ministros Mario Vivas y Alejandro Panizzi, el día 26 de abril.

Quedan exceptuados de la medida, los casos en donde el Juez o la Jueza de la causa entienda lo contrario, y así lo disponga en el caso concreto, ya sea a pedido de la víctima, de la Asesoría de Familia o que considere necesario dictar medidas distintas a las vigentes en ese momento.

Los Jueces de Familia deberán comunicar esta novedad a las Comisarías de la Mujer y autoridades policiales de la Provincia de Chubut, como asimismo a los demás organismos integrantes del Sistema de Protección de Derechos.

Considerandos

En los considerandos de la medida, los ministros subrayan que, en este contexto de aislamiento social a causa de la pandemia de COVID-19, es necesario y obligatorio continuar con las medidas de protección en favor de las víctimas de Violencia Familiar y de Género, atento a las condiciones y/o situaciones de vulnerabilidad a las que pudieran estar expuestas.

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27 ABR 2020 - 11:59

Por una decisión del Superior Tribunal de Justicia del Chubut se prorrogó hasta el 10 de mayo de 2020, la suspensión de plazos fijados judicialmente en los supuestos de medidas cautelares o medidas de protección de personas en el marco de procesos de Violencia Familiar o de Género.

Lo hizo a través del Acuerdo Plenario Nª 4875/2020, suscripto por los ministros Mario Vivas y Alejandro Panizzi, el día 26 de abril.

Quedan exceptuados de la medida, los casos en donde el Juez o la Jueza de la causa entienda lo contrario, y así lo disponga en el caso concreto, ya sea a pedido de la víctima, de la Asesoría de Familia o que considere necesario dictar medidas distintas a las vigentes en ese momento.

Los Jueces de Familia deberán comunicar esta novedad a las Comisarías de la Mujer y autoridades policiales de la Provincia de Chubut, como asimismo a los demás organismos integrantes del Sistema de Protección de Derechos.

Considerandos

En los considerandos de la medida, los ministros subrayan que, en este contexto de aislamiento social a causa de la pandemia de COVID-19, es necesario y obligatorio continuar con las medidas de protección en favor de las víctimas de Violencia Familiar y de Género, atento a las condiciones y/o situaciones de vulnerabilidad a las que pudieran estar expuestas.


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